Como sabes, Hacienda publica anualmente unas tablas en las que establece los precios medios para los vehículos de segunda mano vendidos en España, en función de la edad de los mismos.
Estas tablas, se pueden aplicar para el pago del impuesto de matriculación de un vehículo de segunda mano, pero hay varias reducciones que puedes (y deberías) aplicar para pagar lo menos posible. Sigue leyendo y te cuento cómo calcularlo.
En este artículo aprenderás:
- Cómo calcular el impuesto de matriculación
- Qué descuentos puedes aplicar en los coches importados
- Cómo realizar la reducción proporcional de los impuestos
- Calcular cómo aplicar estas reducciones en la práctica y ahorrar en el impuesto
¿Qué es el impuesto de matriculación?
El impuesto de matriculación, que oficialmente se llama Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte o IEDMT, es un impuesto que tienes que pagar cuando a un coche se le asigna una matricula española.
Es un impuesto que ha ido cambiando con el tiempo y que actualmente depende de las emisiones de CO2 del vehículo. Cuando se vende un coche nuevo y se matricula en España, el concesionario gestionará por nosotros el pago de ese impuesto.
En ventas posteriores de un coche ya matriculado en España, no será necesario pagar este impuesto de nuevo ya que el coche ya tiene matrícula española.
Impuesto de matriculación en coches importados
Pero cuando importas un coche del extranjero, al no haber estado matriculado en España, tendrás que pagar el impuesto de matriculación, y puede llegar a ser una cantidad considerable.
Ojo que hay un «o», es decir, que si por ejemplo tiene 3 años pero 3.000 km ¡tendrá la consideración de vehículo nuevo!
Para poder calcular el impuesto, es necesario saber las emisiones de CO2 homologadas del coche, así como la base imponible.
Con las emisiones podrás consultar qué «epígrafe» de la ley te aplica. Cada epígrafe, tiene establecido un porcentaje de impuesto a pagar. Aunque hay unos tipos generales a nivel nacional, ten en cuenta que al igual que en el ITP, las Comunidades Autónomas pueden decidir variar el tipo del impuesto (normalmente al alza).
La base imponible del coche, es el valor de mercado, y puede ser el del contrato de compraventa o el de las tablas que anualmente publica Hacienda (lo que tú decidas) (Puedes usar nuestra calculadora de la valoración de Hacienda para conocer el valor en tablas).
Si has encontrado tu vehículo en las tablas, puedes usar esa valoración o la del contrato de compraventa, siendo recomendable que uses la de las tablas, ya que Hacienda no va a aceptar un valor menor al de las tablas sin «discutírtelo» y si el del contrato de compraventa es mayor, pagarás más impuestos.
¿Qué pasa si mi vehículo no está en tablas?
Recuerda que algunas Comunidades Autónomas han publicado tablas adicionales para vehículos industriales, furgonetas, quads, etc.
Si vives en alguna de estas comunidades, revisa también esas tablas porque si tu vehículo estuviera recogido, podrías aplicar también las reducciones.
En el artículo sobre valoración de vehículos para Hacienda tienes enlaces a varias de estas tablas.
Si no has encontrado el vehículo en ninguna de las tablas, no hay mucho más que puedas hacer, y te tocará aplicar el importe real de la factura o contrato de compraventa.
Un poco de «historia»
Las tablas se usan para la valoración de los coches de segunda mano que se venden en España, por lo que llevan implícitos los impuestos que se pagaron en España en el momento de compra del coche, es decir, si cuando se matriculó los impuestos hubieran sido mayores, el precio al que se vendería actualmente de segunda mano debería ser también mayor y viceversa.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictaminó en reiteradas ocasiones que deben tratarse de la misma forma los vehículos usados importados que los vehículos nuevos matriculados en el interior del país.
El espíritu de la norma es: Si el valor en tablas de Hacienda es para vehículos que ya han pagado el impuesto de matriculación, para un coche no matriculado ¿No se debería usarse un valor menor para calcular el impuesto de matriculación?
En Diciembre de 2008, España se dio por aludida y modificó la legislación para incluir una minoración sobre el valor de las tablas que cumpliera con la jurisprudencia de la UE.
Debido a esto, en el caso de los vehículos importados, la legislación permite que restes de la valoración de las tablas la parte proporcional de los impuestos indirectos que pagó el vehículo (básicamente IVA e impuesto de matriculación).
Es importante que comprendas a qué se refiere la ley con «proporcional», ya que es clave para aplicar la reducción y es una duda que surge con bastante frecuencia:
Como los coches van perdiendo valor con el tiempo, si al comprarlo se pagaron 4.000 € de impuestos, no puedes directamente restar esos 4.000 € del precio del coche, sino que al igual que le ha pasado al coche, hay que considerar que esos impuestos también se han ido «depreciando».
Como calcular el valor del coche
Los impuestos que hay que pagar al comprar un coche en España han ido cambiando con el tiempo, por lo que lo primero que tienes que hacer es averiguar la fecha de primera matriculación del vehículo en el país de origen.
En la mayoría los países, esta fecha suele estar en la documentación original del vehículo.
Una vez sepas cuando fue matriculado ese vehículo por primera vez, tienes que averiguar cuántos impuestos se hubieran pagado en España si el coche se hubiera comprado y matriculado aquí.
¿Qué IVA había en España?
Esta es la parte más sencilla de calcular. Una vez sepas la fecha de matriculación, tienes que buscar qué IVA se aplicaba en España en ese momento. Te pongo una tabla resumen de las fechas en las que ha cambiado el IVA en España para que no tengas que buscar:
Evolución del tipo General del IVA en España
Fecha | Tipo |
---|---|
01/01/1986 | 12,00% |
01/01/1992 | 13,00% |
01/08/1992 | 15,00% |
01/01/1995 | 16,00% |
01/07/2010 | 18,00% |
01/09/2012 | 21,00% |
Qué impuesto de matriculación había en España
El impuesto de matriculación en España, también ha ido variando con el tiempo, aunque es más complicado hacer un resumen completo porque depende de muchos factores (tipo de vehículo, cilindrada, emisiones, y por supuesto la fecha de matriculación).
El impuesto de matriculación es un impuesto especial, y por lo tanto está recogido en la Ley 38/1992.
A modo de resumen, los cambios más significativos del impuesto son:
- Enero 1993: Se paga un porcentaje dependiendo de la cilindrada.
- Enero 2008: Se paga un porcentaje dependiendo de las emisiones de CO2 del vehículo.
Mi recomendación es que accedas al artículo 70 de la Ley que es donde viene determinado el porcentaje a pagar por este impuesto.
En la parte de abajo del artículo verás un listado con todas las modificaciones que ha tenido ese artículo, así que tienes que seleccionar la que corresponda con la fecha de matriculación original del vehículo.
Esto lo puedes encontrar en las «disposiciones transitorias» que encontrarás al final de cada ley «modificativa»
Como te he contado, las Comunidades Autónomas pueden modificar este impuesto, y algunas como Andalucía, Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Extremadura, Murcia o Comunidad Valencia lo han hecho.
¿Qué pasa con las CCAA que hubieran subido el importe? La ley establece que el tipo a aplicar es el tipo «que habría sido exigible en el momento de la primera matriculación y en el ámbito territorial en que ahora se vaya a matricular en España ese medio de transporte»
Con lo que si vas a matricularlo en una Comunidad Autónoma que haya modificado el impuesto, tendrás buscar en la legislación de la Comunidad Autónoma para ver qué impuesto de matriculación había que pagar en esa fecha…
Cómo calcular la base imponible en coches importados
La ley indica que hay que calcularla usando esta ecuación:
Aunque pueda parecer complicado, en realidad es sencillo y sólo hay que hacer unas pocas operaciones.
- BI es la base imponible que usarás para calcular cuánto tienes que pagar de impuesto, así que cuanto más pequeña sea, menos pagarás.
- VM es el valor de mercado, que viene a ser el valor en tablas de Hacienda (con el coeficiente corrector por la edad ya aplicado)
- El tipo IVA y tipo IEDMT son los dos valores que has calculado en el apartado anterior.
Está base imponible la multiplicarás por el tipo del impuesto de matriculación que hay a día de hoy en tu Comunidad Autónoma para las emisiones de CO2 que tiene tu coche.
Como estas cosas se suelen entender mejor con un ejemplo, voy a ello:
Ejemplo de cálculo de la base imponible en un coche de importación
Lo primero es calcular la valoración del vehículo en tablas. Supongamos que obtienes una valoración de 10.000 €
Ese es el importe sobre el que tendrías que pagar el impuesto de matriculación si el coche lo hubieras comprado en España, pero al haberlo comprado en el extranjero, puedes reducir esa cantidad con los impuestos que se hubieran pagado en España.
Imagina que el vehículo que quieres importar hubiera tenido que pagar si se hubiera matriculado en España cuando era nuevo los siguientes impuestos:
IVA: 21 % = 21/100 = 0,21
IEDMT: 14,75 % = 14,75/100 = 0,1475
Aplicando la formula obtienes:
BI = 10.000 / (1+0,21+0,1475)
Recuerda que hay que calcular primero lo que está entre paréntesis, con lo que la base imponible quedará:
BI = 10.000 / 1,3575 = 7366,48 €
Si el tipo del impuesto de matriculación siguiera siendo del 14,75 %, te habrás ahorrado casi 400 € de impuesto de matriculación, por lo que no es ninguna tontería.
Evidentemente, cuanto más caro sea el coche, mayor será el ahorro.
Ojo con los gestores «olvidadizos»
He visto casos en los que se contrata la matriculación a un gestor, y este se «olvida» de aplicar este descuento al hacer el presupuesto al cliente.
Cuando realiza el trámite con Hacienda, le vuelve de manera repentina la memoria y lo tramita con descuento, pero se le vuelve a «olvidar» transferir este ahorro a su cliente.
Conclusión
Si has llegado hasta aquí, estoy seguro de que te ha quedado cómo calcular la base imponible para el cálculo del impuesto de matriculación, y cómo descontando los impuestos, puedes reducir los impuestos a pagar.
Como has visto, la diferencia entre aplicar o no la reducción es muy significativa, pudiendo pagar hasta un 48 % menos de impuesto de matriculación.
¿Qué te ha parecido? ¿Alguna duda?
Hola, querría matrícular un vehículo que no aparece en las tablas de hacienda. El precio de la factura de compra es de 37.000€ y el valor de CO2 es del 14.75% (Madrid). Que precio debería de pagar? Muchas gracias
Hola Julio,
el descuento lo puedes aplicar sólo cuando el vehículo está en tablas, si tienes la mala suerte de que no esté en tablas (ni siquiera en las de algunas de las Comunidades Autónomas), te tocará hacerlo sobre el precio de la factura.
Quieres decir Jaime que si no sale en las tablas tiene que pagar el 14,75% de 37.000€????
Por que creo que sale unos 5457,5€
Y eso me parece un rono absoluto.
Hola Raúl,
si has pagado o vas a pagar por el vehículo 37.000€, tendrías que pagar el 14,75% de esa cantidad por el impuesto de matriculación.
Si se lo compras a una persona física, tendrás que pagar además el ITP, que es otro pico.
Estoy de acuerdo contigo en que la carga fiscal sobre los coches es muy alta, probablemente por lo fácil que son de «fiscalizar».
Buenos dias , tengo una duda , tengo que matricular un vehiculo de holanda, fecha primera matricula 2009, valor en tablas 1680 euros, haciendo el calculo de la formula:
bi=1680/1+0.18+0.1475 =186 ,149c02
si el valor del iva en 2009 en españa era de 16% , y en 2010 18%, es asi la formula a aplicar , o tengo que calcularlo de otra forma?
y si el vehiculo no tiene c02, se aplica el mayor de tablas , NO ?
por ultimo , si es con factura de compra , para calcular el impuesto de circulacion, me voy a tablas o al valor de la factura ?
Hola Silvia,
si cuando el coche se matriculó en España el IVA era del 16%, deberías aplicar el 16 y no el 18% en la fórmula.
Si el vehículo no tiene certificadas emisiones de CO2, hay que aplicar el tipo máximo por emisiones de CO2, pero no creo que sea tu caso ya que entiendo que debería aparecer en el Certificado de Conformidad.
Para el impuesto de matriculación, deberías poder usar tablas o factura, según lo que prefieras, aunque la fórmula sólo puedes usarla si usas las tablas.
Muchísimas gracias por tu respuesta.
Con respecto al C02 no aparece en la ficha reducida , es un vehículo que proviene de Holanda.
Hola Silvia,
¿por qué tiene ficha reducida y no certificado de conformidad? ¿Ha llegado a Holanda importado de fuera de la UE?
Buenas tardes , he aplicado en alguna matriculación la fórmula de la minoración, tal como dice en el artículo , pero donde podría encontrarla en la ley , por si algún día , me requieren de donde saco la fórmula ?
Está en el propio BOE donde se publican cada año las tablas de Hacienda
Hola
He comprado un vehículo procedente de Lituania con fecha de 1 matriculación 8 de enero de 2020
Con fecha 4 de enero de 2021 se matriculó en España
La Gestoria me ha calculado el valor a pagar de la siguiente forma
Valor en tablas / 1,26 * 4,75 %
Me ha llegado una reclamación de Hacienda indicando que me corresponde pagar
Valor en tablas * 4,75 %
Es esto correcto ?
Muchas Gracias
Hola Alberto,
no tengo datos para calcular cómo ha llegado la gestoría al 1,26, aunque parece razonable para un 21% de IVA y el 4,75% de IEDMT.
Si el vehículo tenía más de 6.000 km, creo que lo correcto es lo que ha aplicado la gestoría.
Si el vehículo tiene menos de un año no se le aplica
porcentaje de depreciación.
Esto es así seguro? Creía que solo cuando tenían la condición de nuevos (3 meses o 6.000 kms) y no encuentro información clara al respecto. Un saludo
Hola Mario,
te respondo en el otro comentario
Hola quiero comprar una autocarAvana en la península y traerla a canarias, que dua tengo que pagar el de la factura ? O me valorarán en la tabla, si fuera en tabla al ser de 2008 su valoración sería 2618 , de esa valoración se pagaría el 11,5 %? Gracias
Hola Jose,
la reducción del impuesto de matriculación es para vehículos no matriculados en España. La autocaravana entiendo que ya está en la matriculada en la península, por lo que no te aplicaría.
Para el cálculo del IGIC, entiendo que tendrías que pagar el valor de tablas (que normalmente no suelen estar en tablas) o el valor de contrato. De cabeza me suena que había uno o dos tipos de IGIC para vehículos, aunque es una operación que nunca he hecho.
Si se la has comprado a un particular, tendrás que pagar también el ITP.
Hola, compre un Hyundai Genesis 3.8 V6 GDI en 2015 nuevo en Barcelona.
En 2019 me mude a Finlandia y lo importe. La matricula espñola fue dada de baja.
Ahora queiro regresar a España y llevar el coche, tengo que pagar el impuesto de matriculacion otra vez? Una vez que el coche ya fue matriculado en España? Gracias y saludos.
Hola Claudia,
el impuesto se paga por la primera matriculación del vehículo en España, y probablemente estarías exenta de pagarlo. El trámite se llama «Rehabilitación de vehículos en situación de baja definitiva«, pero te recomendaría que antes de hacerlo, lo comentaras con la DGT para asegurarte de que cumples todos los requisitos.
Existe también una exención al impuesto por cambio de residencia, que se aplica con más frecuencia. Tienes que cumplir una serie de condiciones (grosso modo es haber tenido el coche durante seis meses y no venderlo en 12 meses) que imagino que en tu caso cumplirás. Puedes consultar las condiciones en el apartado 1.n) del artículo 66 de la ley 38/1992.
Hola,
acabo de comprar un coche en Alemania, de 11/2017. Según las tablas el valor es de 18.088€ . Emisiones 131mg. Entiendo un 21% de IVA y 4,75% impuesto de matriculación para calcular la deducción.
Otra cosa , a día de hoy se sigue pagando según emisiones? Tengo entendido que ahora el modelo 576 va en función de motorización.
Gracias
Hola Carlos,
si vives en una Comunidad Autónoma que no ha modificado los tipos, sería correcto.
Se sigue pagando por emisiones, pero a principio de año ha entrado en vigor un cambio para que las emisiones a considerar sean las del ciclo WLTP (que es más exigente) en vez de las del antiguo NEDC, por lo que puede que saltes de «escalón».
Buenas noches, me gustaria comprar un coche americano en Alemania pero no sale en tablas aquí , el coche cuesta 45000, que debería ańadir de más?
Gracias
Hola Delbrin,
depende de varios factores: emisiones del coche, Comunidad Autónoma donde residas, si el vendedor es particular o empresa, etc. Como orientación, en el peor de los casos estarías en torno a un 22%.
Hola Jaime, que tal. Tendría una duda respecto al impuesto de matriculación de una moto que tengo pensado en importar de Alemania (entiendo que tener dos ruedas en vez de cuatro no lo hace diferente). Estamos hablando de un vehículo de unos 20-22 años de antigüedad de los cuales desconozco su % emisiones y creo que no está tabulado ni es un dato accesible con ninguna búsqueda en internet.
Que se hace en estos casos? Se va al máximo de 14,75%, tiene que hacer la medición un tercero?
Gracias de antemano, un saludo.
Hola Miguel,
en el caso de las motos, la valoración que hace la DGT es por cilindrada.
En el caso de no poder acreditar las emisiones, se va al máximo, que aunque en general es del 14,75%, en algunas CCAA puede ser un poco más.
Hola buenas
Soy autónomo compré furgoneta matrículado 2017 en Alemania para trabajar de mudanza y mercancía es primera vez compré mi puede explicar cuánto tengo que pagar impuesto de circulación de Hacienda IEDMT bueno no sé puede explicar un poco como y cuánto tengo que pagar
Hola Shakeel,
es lo que explicamos en el artículo.
Hola.
Compre una autocaravana de importación hace 2 años y ahora hacienda me dice que esta mal hecho el impuesto de matriculación y me pide más dinero. Quien debería pagar ese dinero el compra venta al que se la compre o yo?. En su momento le había pagado ya 500 euros mas por la diferencia entre el impuesto entre comunidades.
Gracias
Hola Pablo,
si como parece le compraste la autocaravana matriculada y puesta a tu nombre, tendrían que pagarlo ellos. Háblalo con ellos para ver si se hacen cargo «por las buenas».
HOLA VIVO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA COMO SE QUE PORCENTAJE TIENE DE REDUCCION Y COMO SACAR POR EJEMPLO UN MINI COOPER SD DEL AÑO 2012 VALOR EN HACIENDA POR AÑOS 5472 X EL 4,75 DE C02 ME SALE HA PAGAR 259 EUROS
Hola Jose,
como se explica en el artículo, tendrías que restar de la valoración de Hacienda los impuestos que hubiera pagado en España
Buenas tardes,
Mi pregunta va en el sentido de si hoy sigue siendo mas barato comprar un coche de segunda mano en Belgica (donde estoy viviendo) o Alemania, como era hace no tanto tiempo.
Pense que al vivir aqui podria bajar a Espanya en un coche de segunda mano, venderlo y luego volver en tren o avion, pero me he encontrado los mismos precios, practicamente exactos, en las webs tradicionales. Si hay que sumar la matricula temporal y el seguro para bajarlo, y la matriculacion permanente, se pierde dinero, al menos en lo que he visto.
Quiza exista algun circuito de venta que no he sabido ver y ahi si se pueda hacer algo. Agradezco indicaciones.
Gracias de antemano,
Hola Gabriel,
la verdad es que depende un poco del coche que decidas importar, pero en los coches más «normales» no suele haber diferencia.
Lo que si suele pasar es que hay más «surtido» en el extranjero y con mejores equipamientos.
Buenas Jaime, excelentes aportaciones,
Tengo una duda siguiendo el hilo del mensaje, al querer comprar coche que no esta en las tablas.
(Julio dice:
6 abril, 2021 a las 12:17 pm
Hola, querría matrícular un vehículo que no aparece en las tablas de hacienda. El precio de la factura de compra es de 37.000€ y el valor de CO2 es del 14.75% (Madrid). Que precio debería de pagar? Muchas gracias
Responder
Jaime Cosme dice:
6 abril, 2021 a las 11:10 pm
Hola Julio,
el descuento lo puedes aplicar sólo cuando el vehículo está en tablas, si tienes la mala suerte de que no esté en tablas (ni siquiera en las de algunas de las Comunidades Autónomas), te tocará hacerlo sobre el precio de la factura.)
….entonces, no me queda claro sí el coche a importar no esta en las tablas y hay que calcular sobre el precio de la factura, el precio al aplicar el % cuando menor sea mejor?.
Y si compras a profesional se paga sólo el impuesto del CO2?. (+tasas trafico+IVTM).
Y si compras a particular pagas: Impuesto CO2+ITP. (+ITV+ITVM+placas matricula…).
Saludos y gracias.
Hola Uri,
efectivamente, cuanto menor sea el precio de la factura, menos pagarás.
Pero si Hacienda cree que el vehículo vale más de lo que pone en la factura, lo va a discutir, independientemente de que sea o no lo que realmente has pagado por el vehículo.
La diferencia entre comprarlo a un profesional o a un particular está en que en el caso del particular tendrás que pagar ITP y en el del profesional IVA (que normalmente suele estar ya incluido en el precio)
Buenas tardes:
Acabo de leer que, desde hace unos días, se ha «anulado» la subida por el cambio de los valores de emisiones del ciclo NEDC al ciclo WLTP, con lo que, al menos hasta el 31 de Diciembre, se aplican nuevos valores.
Mi pregunta es: si importo ahora un vehículo con..por ejemplo…135 gramos EN CICLO NEDC (por ser del año, pongamos…2014 por ejemplo), estaría exento? O para aquellos vehículos que se importen sólo con valores NEDC seguirán en vigor los antiguos tramos (menos de 120=0, menos de 160=4,75, etc etc etc).
Muchas gracias
Hola Juha,
ha sido una modificación de la que se lleva tiempo hablando y que finalmente el gobierno a hecho a regañadientes y se ha publicado este sábado.
Como sabes, las emisiones medidas bajo ciclo WLTP son superiores a las del ciclo NEDC. Lo que han hecho no es volver al NEDC, sino que han subido los límites de cada epígrafe para compensar esta subida en emisiones por medir con WLTP. El límite para estar exento del impuesto pasa de 120 g/km a 144 g/km.
Lo que graba el IEDMT son las emisiones oficiales de CO2, por lo que también interpreto que las emisiones oficiales de un vehículo de 2014 son las NEDC. En este caso, podrías matricular un vehículo de 135 g/km NEDC sin pagar impuesto de matriculación. No obstante, antes de embarcarte en la compra, confírmalo en Hacienda por si acaso.
Jaime,
Al final que ha dicho hacienda, esto seria también interesante para mi dado que tengo en mente un X1 del 06/2018 y WLTP es desde 09/2018.
Hola Friedrich,
pues la verdad es que no se que le han dicho a Juha al respecto. Ten en cuenta que si el coche está muy próximo a la fecha de entrada en vigor del WLTP, tendrás que comprobar qué valor a valores se han puesto en el Certificado de Conformidad, ya que serán los que pondrá la ITV en el Ficha Técnica, y los que aplicará Hacienda.
Buenas tardes,
quiero traerme un coche con 2 meses y medio de vida de alemania y 6500km. Al ser catalogado como nuevo tiene que pagar impuesto de matriculacion en españa o esta exento??? Hace tiempo creo que ley un articulo que ponia esta cosa.
gracias un saludo.
Hola Tony,
tienes que pagar impuesto de matriculación siempre, independientemente de que sea nuevo o usado.
Es probable que Hacienda no te deje usar la valoración de las tablas (ya que es para vehículos usados) y tengas que pagar el impuesto de matriculación con la base imponible de la factura, que suele ser más alta.
No obstante, el problema principal lo tendrías con el IVA, que tendrías que pagarlo también en España y luego reclamarle a Alemania que te devuelva lo que pagaste allí.
Hola buenas,
estoy pensando traer un vehículo de 2005 que tiene un valor de mercado de unos 20 mileuros (mas de 240 de emisiones) y un valor venal para la agencia tributaria de solo 3500 euros. No suele ser muy común creo, pero en este caso hablamos de un coche dificil de encontrar por eso mantiene un valor de mercado elevado, muy superior al valor estimado por la agencia que lo devalúa mucho en sus tablas por su antigüedad.
preguntas:
1) ¿Supongo que a la hora de pagar el impuesto de matriculación me tendrán encuenta el precio de compraventa y no el valor venal?
2) he usado calculareas que hacen el descuento. Para este coche me sale 579 euros, sería correcto. he hablado con un gestor y me dice que son 16,90% del valor de venta, es decir unos 3400 euros.
como hablamos de unos 3000 euros de diferencia estoy muy confuso, y ese dinero esloque hace que la comprasea buena, ono tan buena…
3) si el precio ofertado son 20 mil euros brutos, se supone que no pago ni iva en españa al haberlo pagado ya. ni tp pagaría impuesto de transmisión patrimonial al haberlo adquirido de un profesional. verdad?
Hola Javier,
1) si el coche está en tablas, deberían aceptar el valor de las tablas o el de la factura (el que tú decidas), aunque a lo mejor el funcionario te lo discuta.
2) Sólo sería el 16,9% si estuvieras en Andalucía, que supongo que será tu caso. Sin aplicar el descuento que explico en el artículo, salen 591,5 €, por lo que podría encajar con los 579 € que me indicas.
3) Efectivamente, si te da una factura con IVA no tendrías que pagar nada más, aunque confirma antes con él que es así y que no está actuando de intermediario entre el propietario anterior y tú.
gracias Jaime. Esa es la cuestión, que lo contesten. Es que el valor de compra (20 mil euros) es mucho mayor que el valor de las tablas (3420 euros), así que me temo que la agencia podría aplicarme el valor de venta y serían 3000 euros más de impuesto de circulación. Una diferencia demasiado importante como para esperar a saberlo a posteriori ¿Hay alguna forma de hacer esa comprobación con la agencia de antemano?
Hola Javier,
en la respuesta te había adjuntado el enlace a la web de la Agencia Tributaria. Llévatelo impreso por si te ponen pegas, pero tienen que aceptarlo.
Si te quieres quedar más tranquilo, concierta una cita antes con Hacienda.
Muchas gracias de nuevo Jaime. Para para el caso de un coche que no salga en las tablas me gustaría poner un ejemplo, a ver si entendí.
Valor real compra: 19000 brutos. ese sería el VM ya que no sale una valoración de este modelo en las tablas. Es demasiado antiguo.
Año 2005, 3.2 cilindrada, emisiones más de 200, en andalucía se paga 16.90%.
Sería BI = 19000/ 1+(21%+16,9%)= 13778 euros.
Aplicando un 16,9%, sería un impuesto de matriculación de 2328 euros?
Por cierto, en este ejemplo el coche que menciono sería propiedad de un particular, pero vendido a través de un intermediario profesional (a comisión). No sé si el intermediario me haría facutra suya o contrato directo con el propietario. Tengo que averiguarlo. De todos modos supongo que esto no afecta alimpuesto de matriculación ¿verdad? pero sí afectaría al impuesto de transmisión patrimonial, porque una venta del profesional con factura me ahorraría unos 1500 euros de ITP (7-8% del valor de compra). ¿Podrías indicarme si estoy en lo cierto? Estoy preguntando a empresas que gestionan esto pero me gustaría confirmarlo aquí.
saludo
Hola Javier,
El «descuento» se aplica porque las tablas que publica Hacienda se basan en el precio del vehículo nuevo en España. Ese precio incluye los impuestos que se pagan en España, por lo que si lo compraras en un país «imaginario» que no tuviera impuestos, el valor sería menor.
Si el coche no está en tablas, y presentas la factura o contrato real de ese país, ese precio será el de mercado en ese país, por lo que ya tiene el descuento por los impuestos aplicados, y no puedes descontar nada.
Lo de la factura o ITP, efectivamente te afectaría al pago del ITP. A lo mejor el intermediario se presta a vendértelo él a cambio de una comisión, porque en Andalucía el ITP es un 8% para los coches de > 15cvf, que supongo que es tu caso.
Buenos días. He comprado una autocaravana en Francia y quiero matricularla en Cataluña. Mi pregunta es, en las tablas sale el modelo pero no coincide el motor, se puede calcular con esa tabla o se tendrá que calcular por el importe de la factura?
Hola Tronker,
¿en qué tablas la has encontrado? las tablas de autocaravanas que tenía Cataluña creo que ya no están vigentes.
Aunque lo veo difícil, si hay diferencia significativa del impuesto y tienes tiempo, intenta acercarte a una delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma con el valor de tablas a ver si cuela.
Hola
Acabo de comprarme un bmw de Alemania y en la ficha reducida (estoy pendiente de pasar la ITV) las emisiones me salen NEDC 126gr/km y WLTP 157 gr/km.
Por lo que leí, antes no se pagaba impuesto de matriculación hasta los 120 gr/km, ahora, este año lo han subido a 144gr/km.
Mi pregunta es, en base a que emisiones se calcula el impuesto, NEDC o WLTP ?
El coche es del diciembre de 2019
Gracias
Hola Daniel,
desde principios de este año, hay que aplicar el WLTP.
Jaime
Hola buenas,
Por favor, quisiera saber para un vehículo del 2004 importado de Alemania. Entiendo que hacienda te permite calcular por las tablas y no tienes obligación de aportar contrato de compra?
Por que, si no hay contrato de compra y es un contrato verbal, no te pueden obligar, no? tienes tu derecho legal a calcular el impuesto por tablas?
Gracias
Hola Ana,
si el coche está en tablas, puedes usar el valor de tablas para el pago del impuesto de matriculación independientemente de lo que ponga en la factura.
De todas formas tendrás que presentar una factura o un contrato que demuestre que el coche es tuyo.
Hello,
I would like know how much it would cost me to import & register a car in Spain coming from a non EU country. I’ve noticed that the 2021 treasury car value tables do not specifically contain the year of my vehicle, which is a 2000, but does provide values for 2003 – 2005 years. Will they just use the 2003 – 2005 market valuations or a reduced amount?
Also, given that my car will be 22 years of age, is there a maximum amount of depreciation that will be applied to lower the market valuation? For example, you provide a 10% depreciation value of the market value after 12 years in your BMW example. What depreciation amount would be applied to a 22 year old car?
Here’s the info from the treasury table:
NSX 3.2i V6 Coupé DOHC VTEC 2003-2005 3179 6 G 206 20,69 280 82800
If you could provide for me an approximate tax value for the above mention vehicle, it would be greatly appreciated!!
Thank you!!
Sanders
Hi Sanders,
The maximum depreciation is 10% for cars older than 12 years. Treasury can complain that your car is not the one shown on the table since the year doesn’t match.
Anyway, 2020 tables show two NSX models from 1991 to 2001 (and much cheaper!). If your car is one of those models, you can try to use that value as a fair value. It would be a good evidence to use in case Treasury complains.
I understand that your are planning to import it into «mainland Spain» and not Canary Islands. As a general rule, you will have to pay for VAT (21%) and Customs Duty (10%), so that would add up to around 2566 € for a car with a current value of 8.280 €. Remember you can apply the VAT and «matriculacion» reduction that I explain in this article.
If you are moving to Spain and want to bring your car, you may qualify for an exemption in VAT and Customs Duty, so you would pay nothing.
You will also need to request a Spanish plate number. The cost depends on CO2 emissions. I suppose that your car is «CO2 hungry» so it would pay 14,75% on most areas, although some areas have a higher rate (16,9% is the maximum).
To issue the car technical specs sheets, you would need to pass a technical inspection (around 150 – 200 €). If you can get a CE Certificate of Conformity (CoC) of your car (it has to be issued with your VIN) from Honda, it would be quite easy. If not, or if your car is not stock and has been modified, you would need to hire an automotive engineer to issue the technical data from your car.
Hola Jaime, estoy mirando para importar una autocaravana de Francia, la auto no aparece en la lista y las emisiones de co2 son iguales a 200, si por ejemplo la autocaravana cuesta 35000 euros, el impuesto que tendría que pagar sería el 16 %(comunidad valenciana) de esos 35000 euros?
Gracias
Hola Pascual,
no suelo participar en operaciones con autocaravanas, pero si no lo han cambiado, las caravanas tenían una reducción del 30% de la base imponible en el impuesto de matriculación (artículo 66 de la ley 38/92)
Recuerda que además tendrías que pagar el ITP (si lo compras a un particular).
Hola Jaime, muy buenas; acabo de importar un vehículo de Alemania y tengo un problema: En el COC original de BMW me aparecen dos tablas (NEDC y WLTP), bajo NEDC el consumo combinado es de 154 g/km (menor que 159, que es el límite superior), bajo el WLTP, el consumo combinado es 196 g/km. La primera matriculación del coche es de Agosto de 2018 (El cálculo WLTP entraba en vigor el 1 Septiembre de 2018). PROBLEMA, y no acabo de entender por qué, en el TEIL I (Permiso de circulación Alemania, el cuál tiene fecha de 2022), la cifra que aparece es 196 g/km (casilla V.7), y, por tanto, al pasar la ITV aquí, en el papelito de las características del coche, es el que me han colocado también, en la V.7. A la hora de tramitarme la gestoría la matriculación, tengo que pagar alrededor de los 1600 euros (Ya que tributa al 9%), y todos los cálculos que yo había hecho eran al 4´75%, en el tramo inferior, y me salía alrededor de 800, lo cual, es una p*****. Bien, esto es correcto? No deberían haber puesto en el TEIL I, el valor bajo el NEDC que eran los ensayos en vigor en ese momento? De entrada en el compraventa de Alemania…se lavan las manos, y obviamente el TEIL I, aquí, aunque se haya cometido un error aquí, no lo voy a poder cambiar. En cualquier web que consultes, las emisiones para este modelo (330i Xdrive Touring F31) en sus características técnicas son 154 o incluso menores, salvo en el COC, que aparecen las 2 tablas. Hay alguna posibilidad de que pueda solventarlo o puedan aceptarlo en la ITV? Es correcto que hayan tomado los valores de las tablas bajo el WLTP en vez de el NEDC que se supone que es que estaba en vigor cuando se matriculó el vehículo por primera vez? Tengo algún «derecho» reclamar que se me tenga en cuenta este valor? Un millón de gracias por adelantado! Juan
Hola Juan,
la verdad es que creo que no hay mucho que puedas hacer. El problema, tampoco creo que esté en lo que ponga el TEIL I, sino en lo que indica el CoC.
A partir del 1 de Enero de 2021, el impuesto de matriculación en España hay que pagarlo en función de las emisiones WLTP. Debido a esto, la ITV va a usar las emisiones WLTP.
Una enmienda presentada el año pasado en el congreso hizo que el PSOE tuviera que subir a regañadientes los limites de las emisiones para compensar el aumento aproximado que suponía pasar de usar las NEDC a las WLTP, pero sólo desde mediados hasta final del año pasado. En cualquier caso, la tabla modificada fijaba el 4,75% para emisiones entre 144 y 192 g/km, por lo que también hubieras tenido que pagar al 9,75%.
El impuesto se paga cuando el coche se matricula por primera vez en España, en función de las emisiones que tiene, independientemente de lo que aplicara cuando se fabricó. LLevado al límite, si el coche no tiene homologadas emisiones porque es anterior a NEDC, pagará el máximo al no poder probar las emisiones que tiene.
hola. tras llamar a hacienda no me queda claro como se calcula el impuesto de matriculación de un coche importado. es un 14’75% por tener mas de 200gr/km pero me dicen que sobre el valor de la tabla que es de 31900€.
me dicen que he de pagar 1800€ pero cuando uso una calculadora me salen
400€ porque hay un apartado que pone minoración y me descuenta 700. luego, si no me equivoco, aplica el 14’75 a la base imponible.
en la gestoría aplican ese 14’75 al precio de la factura que es de unos 11.000€.
quien tiene razón??? porque me salen a pagar 1800€ por un coche con 15 años.
gracias por tu tiempo
Hola Jose,
en las tablas aparece el valor del coche cuando era nuevo. Lo primero que tienes que hacer es calcular el valor del coche teniendo en cuenta la edad del mismo (puedes usar nuestra calculadora de la valoración de Hacienda).
La minoración podría ser la que comentamos en el artículo, restando los impuestos que hubiera pagado el coche si se hubiera matriculado en España.
En cuanto a usar el valor de la factura o el de tablas, podrías usar cualquiera de los dos, pero lo normal es usar el de las tablas, ya que suele ser menor (y si no lo fuera Hacienda podría cuestionártelo).
Buenas tardes Jaime,
Mi pregunta es sobre el ITP, adquirí un vehículo americano del 2015 en una subasta en Alemania a través de una empresa de compra venta (dispongo de la factura con el IVA debidamente abonado) pero el problema vino cuando preparando la documentación para matricularlo nos dimos cuenta que el vehículo, que había pertenecido a un soldado americano residente en una base militar en Alemania, nunca se había llegado a matricular por una excepción que sería larga de explicar. Tuve entonces, ya que la legislación vigente no me permitía matricularlo en España, que apoyarme en una amigo en Alemania quien puso el coche a su nombre (para lo que realizamos un contrato de venta entre particulares), de esta manera matricularlo allí y posteriormente realizar la operación inversa para que pasara a mi titularidad. Dispongo por la tanto de una factura procedente de un compraventa y un contrato de compraventa entre particulares para el mismo coche. ¿Debería pagar el ITP?
Gracias y enhorabuena por la página
Hola Juan,
no entiendo muy bien por qué no pudiste matricularlo directamente en España. En cualquier caso, si es tu amigo el que te lo vende, deberías pagar ITP.
Hola buenas tardes, he comprado un vehiculo en Alemania, matriculado allí en Julio 2021, actualmente tiene 4650kms, es hibrido enchufable y en hacienda me dicen que se considera un vehiculo nuevo, no lo entiendo porque yo ya he pagado IVA y se pretende que lo vuelva a pagar aquí. Las emisiones son de 55grs CO2
Esto es así?
Hola Manuel,
Los vehículos que tengan menos de 6.000 km tienen la consideración de nuevos, independientemente de la edad que tengan.
Está definido en el artículo 13, apartado 2 de la ley del IVA (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).
Ok Jaime, muchas gracias por la informacion.
Es un caso parecido al mío aparte de los dos IVA también tendría k pagar ITP??
No. Entiendo que con los dos IVAs sería suficiente, pero eso es mucho dinero.
Hola quiero traerme un 7 plaza de Alemania el precio del coche es de 2500euro. Y es del año 2005, cuánto me podrías salir matrícularlo aquí en madrid
Hola Harold,
como habrás podido ver en el artículo, el impuesto a pagar depende de muchos factores.
Magníficas explicaciones. Muchas gracias por facilitar toda esta información, muy útil -es mi caso- para el pago de impuestos de un vehículo importado.
Hola Jaime,
te doy las gracias por estas explicaciones y no te quiero contar, cuantos miles de euros he sobre pagado en los ultimos años por las matriculaciónes y utilizar gestorias.
Ahora tengo esta consulta referente un Golf GTI Clubsport con primera matriculació en 07.2021, es el modelo que lleva 300 cv y DSG, el valor en la tabla de hacienda sale en 37.200 euros, y el Co2 segun WLTP es 161 gramos (que rabia me da, por un gramo se cambiar de 4.75% a 9.75%). Es cierto, que segun la calculacion de los impuestos que hay que pagar me sale en approx 2.773 euros? He calculado segun la formula BI/(1+0,21+0,0975). Solo quiero asegurarme, la matriculacion lo hago en Andalucia. Gracias de antemano, un saludo
Cristian
Hola Cristian,
no he profundizado mucho, pero tiene buena pinta. No obstante, ten en cuenta dos cosas:
– Fíjate bien en la fecha de matriculación original, porque si hilamos fino, a partir del 11/7/2021 hasta final de año el impuesto de matriculación bajó, y el coche estaría en el epígrafe 2 y no en el 3, con lo que la cantidad a descontar sería menor.
– Si el vehículo tiene menos de 6000 km tendría la consideración de nuevo
Hola Jaime, el coche tiene ahora 6800km y cuando llegar a Malaga van a ser 8.900km, referente los epigrafes 2 3, a que te refieres?
Hola Cristian,
los epígrafes son los «escalones» que hay que pagar de impuesto en función de las emisiones de CO2.
El año pasado hubo muchas presiones y entre Julio y Diciembre el Gobierno modificó los escalones (el coche tenía que emitir más para pasar al siguiente «escalón»), con lo que los coches pagaron menos impuesto de matriculación durante ese periodo.
En tu ejemplo creo que has reducido la base imponible con el impuesto alto (9,75), pero si fue matriculado después del día 11 de Julio, tendrías que reducir el impuesto bajo (el 4,75).
Muchas gracias de nuevo Jaime,
lo he cojido el 9,75 por motivo que segun WLTP este vehiculo tiene un CO2 combinado de 170 gramos, segun el COC. Volkswagen me ha dicho antes que son 161 gramos basando al WLTP, pero en el COC sale 170 gramos combinados, por lo cual son los 9,75% que tengo que pagar. Tenia la esperanza que solo tengo que pagar los 4,75%, pero el coches un la edición GTI Clubsport con 300cv.
Espero que no me equivoca con la calculación, segun valor de hacienda el coche sale en 37.200 euros nuevo. Lleva exactamente 8.850km que puedo verificar en cuando paso el ITV despues de semana Santa. Primera matriculacion fue en 05.07.2021, asi sale en los documentos de Alemania. O sea es correcto mi calculación mas arriba, que tengo que pagar aprox. 2.770 euros? Te agradezco mucho, gracias Jaiem, muy amable. Saludos
Hola Cristian,
en ese caso, creo que lo has hecho correctamente.
muchas gracias Jaime, muy amable y saludos
Hola, primero felicidades por la explicacion. Excelente trabajo.
Yo importo un vehiculo por cambio de residencia con 1 año y 6000 kms. Por lo tanto, usado. Y en tablas, esta sobre unos 24.000€. Estoy exento de pagar impuesto de matriculación (si no me equivoco). Mi pregunta es: si quiero vender el coche antes de un año desde la matriculacion en España, tengo que pagar algun impuesto tipo IVA o similar? Gracias.
Hola Manolo,
para poder aplicar la exención, tienes que cumplir con las condiciones del articulo 66 apartado n de la ley (entre ellas está no venderlo en 12 meses).
Si aplicaras otras exenciones como el arancel de aduanas o el IVA, también tendrías que pagarlo pasado 12 meses.
Perfecto.
Pero entonces, si no me acojo voluntariamente a la exención de impuesto de matriculación por traslado de domicilio, lógicamente implica que tengo que pagar el impuesto de matriculación y que, por lo tanto, ¿puedo venderlo cuando quiera?
Hola Manuel,
si no te acoges, sería como una matriculación convencional, por lo que podrías venderlo cuando quieras.
Hola Jaime,
Finalmente matricule con exención. No pague ningún impuesto ni IVA. Ahora, 5 meses despues, me ha surgido una oferta muy buena que me lo quieren comprar. Grosso modo, me valoraron el coche en 14.000€ al hacerme el modelo 06 en Hacienda. Si quisiera levantar la limitacion de venta en 12 meses, imagino que tendria que ir a Hacienda y decir que quiero pagar (IVA,21%+aranceles,10%), unos 4200€. Estoy en lo cierto?
Hola Manolo,
aunque nunca lo he hecho personalmente, en teoría tendrías que pagar todo lo que te ahorraste al aplicar la exención.
Hola.
Hacienda me reclama por matrículación de vehículo importado. Es un Lancia Fulvia 1.3 s, 10,27CVF matriculado 1° vez 1971, se declaró como histórico. No aparece en las tablas, reclaman 12% de una BI de 4.700€, esto está bien calculado??
Hola Vanesa,
si el vehículo no está en tablas, tendrás que usar el valor de la factura o contrato de compraventa, y si Hacienda considera que es muy bajo, podría cuestionarlo.
En cuanto al porcentaje, al no tener emisiones homologadas, tendrías que pagar el máximo, que suele estar en torno al 14% (depende de la Comunidad Autónoma).
Buenas noches Jaime, ante todo agradecerte la grandisima ayuda que nos prestas. Empece la lectura con bastantes dudas, pero al final creo que me ha quedado todo claro.
Solo por confirmar, Si el coche que adquiero con 3 años tiene 112gr en NEDC y 140 en WLPT entiendo que para la reducción de la base imponible tengo que considerar que hace 3 años el impuesto se pagaba con respecto al NEDC y por tanto no se pagó nada y no me reduzco la base imponible, sin embargo ahora si me toca pagar el 4,75%, verdad?
Muchas gracias de nuevo y un saludo
Hola Luis,
me alegro de que te haya sido útil el artículo.
En rigor, es como comentas. Lo que sí podrías reducirte es el IVA, aunque supongo que ya cuentas con él.
Hola buenas Jaime, ante todo muy buena pagina, quisiera hacerte una consulta.
Quiero comprar una GMC YUkon Denali 2022 en Alemania, 0km , emisiones combinadas 325g/km, para matricularla en Madrid.
Mi duda es si pago el IVA en Alemania (19%), tengo que pagar el IVA en España?
Hola Fernando,
al ser un vehículo «nuevo», tienes que pagar el IVA en España y no pagarlo en Alemania.
A veces cuesta que el concesionario lo entienda y piden que se pague en Alemania. Si lo pagas allí, luego hay que reclamarlo y es más «rollo».
Perdona Jaime y si tiene km y esta matriculado en Alemania, y al traerlo a España presentando una factura tendría que pagar el iba? ?? No, no??? El iba se paga una vez no dos. Con hacer una omologacion para España y pagar la matriculación valdría no??. Gracias.
Si es un vehículo usado y eres un particular, pagarías la factura con IVA en Alemania y no pagarías el IVA en España.
Qué bien explicado.
No deja lugar a dudas.
Muy agradecido.
Un saludo
Hola Jaime.
Quiero importar dos coches de Bélgica o Alemania, somos una sl con cif intracomunitario, serían 2 coches para comerciales.
Los coches se comprarían a un concesionario con factura sin incluir el iva del país de origen ( el famoso art 25 alemán)
Estos coches declaran menos de 120 gr de CO2. (109gr concretamente) y son de 2017 con 80.000 km
En este caso, ¿cuáles serían los costes de importarlos?
Gracias por anticipado
Hola Jesús,
Entiendo que con lo del artículo 25 te refieres al REBU (Régimen Especial de Bienes Usados) alemán. En general, tendrías que pagar el impuesto de matriculación, el de circulación, una ITV de importación, algunas tasas y el seguro.
Los importes variarían en función de la Comunidad Autónoma y Municipio donde se fueran a registrar, aunque si emiten menos de 120 g de CO2 por km, no habría que pagar impuesto de matriculación, con lo que la cantidad total a pagar no sería muy elevada (unos 300 € + seguro).
Algunas Comunidades Autónomas exigen que se presente una traducción jurada del contrato o factura mientras que otras son más laxas, por lo que puede que tengas que sumar el coste de la traducción.
Si vais a hacer la operación, te recomendaría consultar con una gestoría para que revisara toda la documentación bien, porque como suele decirse, el diablo está en los detalles.
Hola.
Quiero comprar un coche nuevo en Francia y matricularlo en españa.
El concesionario frances me ha dado el OK para pedirlo y vendermelo (es un modelo nuevo que en españa no llega con estas caracteristicas).
El precio del coche es sin IVA de 31.000€ (no me cobran el iva).
El coche tiene unas emisiones de 199 gr/km CO2 por lo que estaria en el 9.75%.
Cuanto me tocaria pagar en total para matricular el coche en españa ?
Muchas gracias
Hola Benja,
al ser un coche nuevo, en España tendrías que pagar el IVA además del impuesto de matriculación.
Hola Jaime, tengo una duda. He comprado un Mercedes desde alemania matriculado el 16 de junio de 2011, usado, a una compraventa con factura e IVA intracomunitario. Lo he comprado por un importe de 15.000€. Es diésel.
Mi duda surge a la hora de calcular la base imponible. El coche tiene un valor el tablas de 36.300€ y el consumo de C02 de 142g/km. Pero claro, tiene 11 años de uso.
En la calculadora del impuesto de matriculación de Diesel o gasolina me sale una BI de 3844€ y una cuota tributaria de 4.75% al situarse en el epígrafe 2, por lo tanto me toca a pagar 182.61€.
Me gustaría saber si ese cálculo es correcto ya que no quiero equivocarme en la liquidación. También me gustaría saber cómo obtener la BI en base a mis datos.
Un saludo.
Hola,
la base imponible se calcula como el precio del vehículo en tablas por un porcentaje de depreciación (para más de 11 años y menos de 12 es un 13%). En este artículo explicamos cómo calcular el valor para Hacienda.
En tu caso, la valoración del vehículo para Hacienda sería de 4.719 € (36.300*0,13), pero como explicamos en el artículo, esa es la valoración para un vehículo ya matriculado en España. Como el tuyo aún no lo está, tendrás que restar el IVA y el impuesto de matriculación que estuviera vigente en el momento de primera matriculación del coche, que imagino que es lo que hace la calculadora de diesel o gasolina.
Muchísimas gracias Jaime, lo he entendido ahora.
Agradezco la labor que haces.
Hola Jaime el vehículo que voy a matricular en españa no tiene cambio de titular pues está a nombre del mismo titular en Italia, el valor de tablas de hacienda asciende a 1.071€ y el epígrafe del CO2 es el 1 es decir menos de 120 gramos por lo que entiendo está exento. Como se rellenan entonces los campos del modelo 576 relativos a pago de impuestos de matriculación ? Mil Gracias
Hola Alberto,
se considera que hay que matricular los vehículos que vayan a ser usados en España por personas residentes en España.
Si el propietario se hubiera mudado de Italia a España, muy probablemente pudiera aplicar la exención por cambio de residencia si cumple los requisitos del artículo 66.1.n) de la Ley 38/1992.
En cualquier caso, si está exento por emisiones, no tendrás que pagar nada, por lo que aunque no apliques la reducción que explicamos en el artículo, no te va a afectar.
Si tienes dudas, normalmente puedes pedir cita en la AEAT de tu Comunidad Autónoma y que te ayuden a rellenarlo.
Gracias por tu respuesta Jaime. Efectivamente se trata de un ciudadano de la ue que traslada su coche de Italia a españa para un largo periodo por lo que está obligado a matricularlo en España. Está exento del pago por tema de emisiones pero entiendo que el 576 hay que rellenarlo y presentarlo aunque el resultado se a 0€ . Esa es mi duda, como relleno el campo de los cálculos del impuesto.! Muchas gracias por la rapidez y la ayuda impagable prestada.
Hola Alberto,
hay que rellenar la autoliquidación aunque el resultado sea 0€.
No tengo ninguna a mano, pero es algo que te debería salir en automático cuando rellenes todos los campos.
Jose Juan, Buenos días, ¿como seria el proceso si se compro una caravana en el extranjero Italia en 2021, se matriculo en Cataluña? pues ahora me dice la AEAT que esta mal calculada la Base Imponible, el precio fue de 20.000,00€ con contrato.
Gracias.
Hola Jose Juan,
no me queda claro si te están reclamando por el ITP o por el impuesto de matriculación. Si has usado como base imponible la cantidad del contrato, es posible que AEAT crea que el importe no corresponde con el valor real del vehículo.
Buenas, tengo que pagar los impuestos de un mini cooper 120 cv de 2007. al mirar en la tabla me sale que su valor 2022 es de 13.300 euros, pero me pierdo totalmente con el resto de cálculos que haces. puedes ayudarme por favor? necesito saber cuanto tengo que pagar a hacienda y de trasmisiones patrimoniales al gobierno de Aragón (10%) gracias.
Hola Pepe,
puedes calcular el ITP usando nuestra calculadora de transferencia.
En cuanto al impuesto de matriculación, como explicamos en el artículo afinar el valor depende de varios factores. Si lo ves complicado, siempre puedes usar los 13.300 euros, aunque pagues un poco de más.
Hola,
Estoy pensando importar un coche matriculado en 2017. Según el TEIL 1 en la casilla V.7 tiene las emisiones de CO2 de 119g/km (de momento no tengo el CoC). He descargado las tablas de hacienda (1931 páginas) y he conseguido localizar el modelo del vehículo y su valor del mercado (columna “valor euros 2022”). Dicho valor es superior al precio de compra por lo cual me imagino que será el que hay que usar en cualquier cálculo.
Suponiendo que en el CoC las emisiones de CO2 son de 119g/km creo no debería hacer ningún cálculo ya que hasta 120g/km el porcentaje es de 0%(exentos del pago) siendo para el siguiente tramo de 4.75% (120-160g/km).
Ahora bien, si en el CoC el valor del CO2 es superior a 120g/km habrá que tirar de números pero tengo la duda de que si hay que usar el valor de las tablas o primero hay que aplicar la reducción de 47% extraído de la “tabla de la depreciación con el tiempo” que aparece aquí.
Gracias de antemano.
Un cordial saludo.
Hola Juan,
el importe que indican las tablas de Hacienda es el valor del vehículo nuevo. En función de los años que tenga, tienes que aplicar el porcentaje de depreciación de acuerdo con el artículo que mencionas.
El valor que obtengas, será el valor de mercado del vehículo de segunda mano en España. Al ser importado, además puedes aplicar las reducciones que explicamos en este artículo.
Sobre ese valor es sobre el que aplicarías el impuesto de matriculación.
Hola Jaime,
Muchas gracias por las aclaraciones. Intentare tirar de los números aunque aplicando el porcentaje de depreciación el valor se quedara por debajo del precio de la factura.
Aun así, entiendo que siendo un coche importado (comprado en un concesionario) y al tratarse del impuesto de matriculación habrá que tener en cuenta el valor obtenido en el calculo sin tener en cuenta lo explicado en este articulo con respecto al ITP:
Un saludo.
Hola Juan,
si el vendedor te hace una factura con IVA, no tienes que pagar ITP.
En el caso del impuesto de matriculación, puedes usar el valor de tablas o el de factura. Si es más bajo el de tablas, usa el de tablas.
Gracias de nuevo Jaime, ya me has iluminado un poco mas el camino con toda la información facilitada 🙂 :).
Un saludo.
quisiera comprar un coche eléctrico (cero emisiones) en la CEE del 2016. ¿que diferencia hay de comprarlo en un concesionario oficial, a comprarlo a un particular?
¿Estoy exento del pago de impuestos en el extranjero?
¿Mas o menos cual seria el importe maximo y minimi total , en porcentaje sobre el precio de venta en factura?
Hola Sergio,
si eres un particular y lo compras a un concesionario oficial, lo normal es que el precio sea con IVA incluido, por lo que no tendrás que pagar en España ITP. Si lo compras a un particular, tendrás que pagar ITP en España.
Lo normal es que el concesionario te de más garantía en caso de problemas que el particular.
El importe del ITP depende de cada Comunidad Autónoma, y estará entre un 4% y un 8% aproximadamente.
Hola. Enhorabuena por la página, llevo tiempo dando tumbos por páginas que cuentan generalidades y tú vas al fondo y encima de manera muy clara. Lo único que no he conseguido aclarar es el tema del CO2. En la ficha técnica de mi vehículo hay tres valores de CO2: Ciudad 128 g/km, carretera 107 y combinado 114. Cual se aplica? Porque parece que posiblemente no deba pagar nada si se cuenta el modo combinado. Gracias por tu respuesta
Hola Alfonso,
entiendo que te refieres a la ficha técnica que ha emitido la ITV a partir del CoC del vehículo. Hay que tomar el valor que aparece en el apartado «V.7 Emisiones de CO2».
He revisado la de varios vehículos, y en todos he visto que ponen sólo un valor.
Vale, cuando pase la ITV miraré el apartado V.7 de la ficha técnica. De momento tengo la ficha técnica alemana donde aparecen los tres valores de CO2
Gracias
Al final he pasado la ITV hoy. En la ficha alemana aparecen tres valores de CO2: Ciudad, carretera y recorrido mixto. En el apartado V.7 de la ficha técnica ponen el valor del recorrido mixto
Gracias
Muchas gracias Alfonso por compartir
Buenas noches Jaime,
Agradecerte primeramente el trabajo que desarrollas en tu web.
Quería consultarte en referencia a un vehículo de importación que he traído recientemente de Alemania. A día de hoy ya se encuentra matriculado y rodando.
El vehículo se ha comprado en un concesionario con factura rebu art. 25a, con todos sus documentos originales entregados, libro de mantenimiento, etc..
Las emisiones de este vehículo superan los 120 gr/Km, por lo que corresponde pagar el 4.75%
La consulta en cuestión viene a la hora de tramitar el modelo 576. Al aplicar la minoración correspondiente deniegan que dicho modelo pueda confeccionarse con dicha minoración alegando por parte de la administración lo siguiente:
Así, aun tratándose, en el caso que nos ocupa, de un vehículo previamente matriculado en el extranjero, la minoración sólo puede hacerse si se dan las condiciones recogidas en el artículo. Es decir, solo se aplicará la minoración si el impuesto se soportó y además no fue deducible.
Por todo lo anterior y una vez comprobada la documentación obrante en esta Administración no queda acreditado, por el interesado, que los impuestos indirectos fueran efectivamente satisfechos y no deducidos por la persona a cuyo nombre se efectuó la primera matriculación del vehículo en el
extranjero.
Esta resolución por parte de la administración es debida a una reclamación que posteriormente se presento tras el pago del modelo 576.
Quería preguntarte si esto es realmente así, y si en el caso de presentar recurso como se puede acreditar que ese iva soportado por el primer comprador en su país de origen lo ha pagado en su momento y no lo ha deducido.
Gracias.
Hola Fernando,
para valorar el vehículo a efectos del impuesto de matriculación, puedes usar o las tablas de Hacienda o la factura de compraventa. Lo normal es tomar las tablas porque suele ser una cantidad menor.
La minoración puede realizarse únicamente si estás usando el valor de tablas, y por la respuesta que está dando Hacienda, tengo la impresión de que se aplicó la minoración sobre el valor de la factura.
Hola Jaime,
Han aplicado el valor de tablas de Hacienda.
Gracias por tu respuesta.
Hola quiero comprar un coche en Alemania. Yo vivo en la comunidad de Madrid.
Según las tablas de Hacienda el coche tiene una valoración de 19.600€. El precio de compraventa es bastante superior.
El coche tiene unas emisiones de 142gr/km.
He hecho los cálculos según esta página y me tocaría pagar de impuesto de matriculación 740€. ¿Es correcto?
Hola Alfredo,
no incluyes los números que has echado, pero si has seguido los pasos de la página, debería estar correcto.
Hola Jaime,
Si pago el IVA de Alemania, luego debería volver a pagar el IVA en España? Esto sería degravable?
Si eres un particular, sólo tendrías que pagarlo en Alemania.
Y si hablamos de un Vehículo anterior a 1990 y con intención de matricularlo como histórico ?
Hola Ignacio,
al menos hasta hace un par de años, los vehículos históricos tenían también una matricula «convencional», por lo que entiendo que no cambiaría nada.
Hola Jaime,
Lo primero, enhorabuena por la pagina. Desde luego es muy clarificdora.
Espero haberlo entendido.
Mi caso practico es que quiero comprar un coche a un profesional en Belgica matriculado el 01/2018. Aun no lo he preguntado, pero entiendo que la factura llevara el IVA incluido. El vehiculo en si cuesta 19.500€, a lo que habra que sumarle el coste de ir a verlo y probarlo, el colste de traerlo a España (las placas temporales, el seguro temporal, el coste del diesel, y alguna cosilla mas que se me olvida), aunque habria que ver si es mas barato que lo traigan en camion.
Pero lo que mas me interesa saber es si realizo bien lo calculos importantes.
El vehiculo, segun tablas de hacienda tiene un valor de 37.300€, que aplicandole la depreciación del 39% se quedaria en 14.547€.
Dicho es to para calcular la base imponible seria de la siguiente manera:
BI = 14.547/1+(21%+14,75%) = 14.547/1+0,21+0,1475 =14.547/1,3575 = 10.716,02.
Entiendo entonces que el coste de matriculación seria = 10.716,5*0,1475= 1.580,68€.
Es asi?.
Ademas de a todo esto habria que sumarle el coste de pasar la ITV en España (Calculo unos 100€), el impuesto de Circulación de Madrid (Unos 130 € para mas de 12cv fiscales), tramite de matriculacion en trafico (100€ aprox) y las placas de matricula definitivas (Calculo unos 50€). No se si se me olvida algo.
Asi que el total de tramites en España rondaria en este caso los 1.960€. Aproximadamente un 10% del coste del coche.
Hola Oscar,
en general sería como pones, aunque recuerda que hay Comunidades que tienen impuestos de matriculación un poco más altos. Ten en cuenta que en función de si las emisiones de 2018 son NEDC
y las de ahora son WLTP, también te podrías llevar una pequeña sorpresa al alza si «saltas» de escalón en la tabla.
Por lo demás, creo que sólo te faltaría incluir los peajes de traer el coche, y el seguro definitivo en España.
Tengo la siguiente duda. He comprado un coche de Alemania, el cual existe en tablas. Has ahí bien. Al confeccionar el modelo 621 (ITP Andalucía) tengo que indicar que el coche no tiene matrícula y no me da la valoración según tablas, sino que tengo que indicar yo manualmente la valoración y, en el siguiente paso, me piden que adjunte ficha técnica y contrato de compraventa. Si el precio que se indica en el contrato es superior al de tablas, ¿estoy obligada a poner el precio del contrato o puedo poner el valor de tablas? Normalmente cuando compras un coche con matrícula española no te piden el contrato de compraventa por lo que pagas según tablas, pero qué ocurre en este caso? Pueden reclamarme la diferencia entre el valor de tablas y el precio de compra del contrato?
Hola Beatriz,
hace uno o dos años hicieron una modificación a la ley de modo que se usarse el valor más alto de las dos (contrato o tablas).
Buenas tardes veo que sabes de muchos casos te expongo el mío voy a comprar un coche en stock sin matrícular alli de Alemania por 21000€ (iva incluido)por un descuento excepcional y según las tablas aquí está valorado en 3700 el familiar comprará el coche al concesionario como particular y luego me lo venderá a mi , el ITP y el impuesto de matriculación lo pagaría sobre ese precio que se pondrá en el contrato de compra/venta o sobre el valor que le da hacienda aqui ele haría copia de lo que paga por algún problema si hubiera
Tiene la posibilidad de ese coche hacer la compra en Alemania o aquí en España que sería mejor gracias
Hola Francisco,
para que el coche se pueda considerar de segunda mano, tiene que tener más de 6.000 km y más de 6 meses desde su primera matriculación, por lo que no se podría hacer como planteas.
Si eso lo sé sería considerado como nuevo, no sé si no me explicado o me me has entendido yo quisiera saber el ITP y el impuesto de matriculación que se pagaria que seria sobre el valor en tablas de hacienda ,(que es mayor del coste real del coche) o sobre el precio por el que se pondrá en el contrato entre particulares.
El coche allí está sin matrícular está en stock
Y si es sobre el precio del contrato podría reclamar hacienda yo justificaría ese coste con una copia de factura del concesionario de la persona que me lo vende que será el precio del contrato.
Hola Francisco,
todo lo que estamos comentando es para vehículos usados. Para vehículos nuevos la cosa cambia:
– Las tablas de Hacienda son aplicables a vehículos que tengan la consideración de usados.
– Además de eso, en tu caso probablemente estaría sujeta a IVA (artículo 13 2ª) y no a ITP.
Buenas Jaime soy Francisco según lo que dices aver si me ayudas a aclararme el coche es considerado nuevo al tener menos de 6000km y no pagaría ITP, el particular que lo compra en Alemania paga IVA allí y luego me lo vende a mí aqui y yo también pagaría IVA aquí? Realmente el me lo compra allí por un descuento excepcional es como si yo pagará dos IVA es así??? Algunos de los dos IVA podría no pagarlo de alguna manera
Hola Francisco,
es una situación que nunca se me ha dado, por lo que no estoy seguro, pero mi interpretación es que tendrías que pagar el IVA en los dos sitios. Si fueras una empresa probablemente podrías evitarlo con el IVA intracomunitario, pero como persona física creo que no.
Buenas noches, estoy pensando en comprar el bmw g21 lci 320d microhibrido, en las tablas que tenéis sale que el valor de hacienda son: 41.500€, pero en la factura de alemania son: 45900€ con el 19% de iva de alemania incluido, aquí en españa tenemos el 21%. Como se calcularía el impuesto de matriculación? En teoría tengo que pagar el 4,75% porque tiene 133co2.
El coche es del 12/09/2022 y tiene 9000km.
Muchas gracias
Hola Antonio,
es lo que explicamos en el artículo. Tienes que coger el valor de tablas y restarle el IVA e impuesto de matriculación que hubiera pagado en España y sobre esa base aplicar el 4,75% que indicas.
Buenos dias, yo tengo el coche y estoy en proceso de matriculación.
Haber si lo hago bien:
Valor del coche tabla estado: 41.600 le resto el 16% porque tiene algo mas de un año y 22000km, quedan en 34944€.
Epigrafo 2, que es el 4,75% en barcelona, ahora aplicamos la formula.
1+(0,21+0,0475)= 1,2575
34944/1,2575= 27788,47€
27788,47 el 4,75% a pagar por impuesto seria el: 1319€?? Muchas gracias!!
Y también la duda del iva, el coche fue comprado en Luxemburgo, 16% iva.
Entonces si el valor de España es 41.600€, tendría que restarle el 5% de iva que tenemos de mas en españa?
Quedaria en 39.520 y de aqui empezamos hacer la devaluación del coche y la formula? Muchas gracias!! Esto mi gesto ni lo sabia
Hola Antonio,
lo he visto desde el móvil pero creo que has hecho bien la cuenta.
No tienes que sumar el IVA de Luxemburgo, sería como si lo compraras en un país que no tuviera estos impuestos.
Entonces; a los 41.600€ que valora el estado el coche, tengo que restarle el 21% de iva español y el impuesto de circulación español?
Se quedaria en unos 32.860€ mas o menos, verdad?
Es lo unico que me queda entender! Gracias!!
Hola Antonio,
no he revisado las cantidades, pero el concepto es ese, con la única salvedad de que es el impuesto de matriculación, no el de circulación, que supongo que ha sido una errata.
Hola buenas, tengo un honda Crv 2.0 del año 1997 comprado en Melilla, dejé de ser residente allí con lo cual no me puedo beneficiar de ningún descuento por eso. Quiero importarlo a la península el coche en tablas cuesta 1600€ y según la base imponible son 1223,70€ sobre ese valor hay que aplicar el 21% o cuánto es lo que tengo que pagar por la importación?
Un saludo
Hola Luis,
puedes echar un vistazo a nuestro artículo sobre Cómo importar un coche de Canarias, donde también mencionamos el caso de Ceuta y Melilla.
Hola de nuevo.
En el caso de ser autónomo, al importar un vehículo de Alemania, hay que pagar impuesto de matriculación? He contactado con un concesionario en Madrid que se dedica a traer coches de Alemania. Me interesé por un vehículo industrial (vito furgón importado) y me dijo que tenía que sumar el impuesto de matriculación al precio que ofertaba (eran 29900 iva incluido). Tengo que pagar el impuesto de matriculación en ese caso o ya lo tenía que haber pagado él al importarlo? No se si me estaba estafando.
Hola Alfonso,
hay que pagar impuesto de matriculación en la primera matriculación de un vehículo en España, ya seas particular, autónomo o empresa.
Sobre quién tiene que pagarlo, dependerá de lo que hayas negociado con él. Lo normal es que te lo entregue matriculado y a tu nombre, pero si no ha quedado claramente definido en el encargo que le has hecho, puede que intente hacerte el «lío».
El vehículo no se lo encargué yo. Lo tenía publicado en internet aquí en España. Entiendo que entonces me la estaba intentando colar. Gracias!
Hola, Cuál sería el procedimiento para importar un automóvil de Noruega ya que no están en la UE sino en el EEE?
El procedimiento es similar aunque hay que pagar el IVA y un arancel en aduanas de un 10%.
Hola Jaime, muchas felicidades por bien que explicas todo este asunto de la rematriculacion e impuestos de vehiculos importados.
Pero sigo con la siguiente duda: he comprado una autocaravana en Alemania, que traere por carretera a España, hasta Tenerife. El valor en contrato de compra, en factura privada, es mucho mayor que el valor fiscal de la autocaravana en las tablas de la Agencia Tributaria, he encontrado modelo, motor….
El vehiculo se matriculo en Almania en 2018 y tiene 40.000km.
1- ¿Los impuestos a pagar se rigen por el Valor Fiscal de Vehiculos de Traccion Mecanica de la AT, o por el del contrato de compraventa, que uno esta obligado a presentar?.
2- La autocaravana se dara de baja en Alemania y todos los papeles( ficha tecnica, permiso de conducir, matricula provisional internacional y seguro..) se pondran a mi nombre.¿ Tengo que pagar ITP, al matricularla en Tenerife, España, si ya ese traspaso se realizo en Alemania?.
3-El descuento en los impuestos una vez calculada la BI se realiza sobre el Valor Fiscal del Vehiculo de la AT, es cierto, no sobre el valor de compraventa)
Saludos y gracias.
Hola Fernando,
pues en realidad depende del impuesto. Después de una modificación relativamente reciente de la ley, hay que usar el contrato siempre que sea mayor importe que las tablas, excepto en el impuesto de matriculación, que como la UE le «dio en las uñas» a España, por el momento parece que se permite usar tablas, que suelen ser más beneficiosas.
El ITP hay que pagarlo en la Comunidad Autónoma donde reside el comprador, por lo que tendrías que pagarlo.
Ten en cuenta que en rigor el contrato tiene que estar en castellano, por lo que según el funcionario que te toque puede ser más o menos flexible en ese sentido, y algunos piden que sea una traducción jurada, por lo que si puedes, firmad una copia también en castellano.
Hola jaime, primero de todo muchísimas gracias por todo el trabajo que aquí dedicas, me gustaría hacerte una consulta y que me cobres por ello, imagino que tendrás mi correo electronico en esta pregunta.
Voy a importar un coche que su valor en las tablas de hacienda es de 53.000€, me gustaría encontrar el precio más barato posible y legal al que puedo pagar ese impuesto de matriculación y pese a que lo has explicado varias veces, no me queda del todo claro.
Un saludo y gracias de antemano
Hola Alejandro,
es lo que explicamos en el artículo. Para poder hacer el cálculo hacen hacen falta más datos, como la fecha de matriculación original del vehículo, emisiones de CO2, etc.
Hola quiero consultarle unas dudas,voy a comprar una camper en Bélgica en un concesionario y bajarla yo a España con placas de transito,tengo una hija con una minusvalía del 55,puedo ahorrarme estos impuestos matriculandola a su nombre? gracias.
Hola David,
entiendo si cumples los requisitos, podrías hacerlo, aunque no es automático y requiere previo reconocimiento por la Administración Tributaria.
Recuerda tambíén que debería ser para su uso exclusivo.
Buenas tardes,
Voy a comprar un coche en Alemania y estoy haciendo los cálculos de importación y matriculación. He mirado las tablas y el valor del coche es inferior al valor de la factura. En este caso ¿debería usar el valor de las tablas o el de la factura para sacar la BI (base imponible)? Usando el valor de las tablas puedo ahorrar algo pero me imagino que ese ahorro me lo pueden reclamar en cualquier momento (no se si estoy en lo cierto).
Por otro lado he leído el siguiente articulo.
y entiendo que la modificación del «articulo 10 de la Ley del ITP» con respecto al valor real del vehículo (usar valor de las tablas o de la factura), se refiere a la compra venta de vehículos comprados/vendidos en España sin afectar a los vehículos de importación.
Un saludo y muchas gracias.
Hola Ramón,
para el impuesto de matriculación, deberías poder usar las tablas. Para el ITP tienes que usar el contrato, tanto si lo has comprado a un particular en Alemania o en España.
Hola Jaime y gracias por tu respuesta,
Haciendo cálculos me salen 721.28€, partiendo de un valor de 28500, una antigüedad de 2 a 3 años y un 4.75% para el CO2.
28500-67%= 19095€ (depreciación por antigüedad)
19095/(1+0,21+0,0475)=19095/1.2575= 15184.89€ (base imponible)
15184.89-4.75%=721.28€ ( impuesto matriculación)
Creo que + – seria esto, ¿verdad?
Un saludo.
Hola Ramón,
sí, el impuesto de matriculación sería más o menos eso.
Vale, gracias, ahora ya lo tengo más claro 🙂 🙂 🙂
Un saludo.
Buenos días
Quiero comprar en un concesionario Mercedes de Alemania un coche híbrido enchufarle de 32g/km CO2 (clase A 250 e) entre 2 y 3 años y con 40000km
Por lo que entendí leyendo en la ley este coche corresponde al epígrafo 1 y pagaría un 0 % del valor en la tabla de hacienda que es de 21mil y algo.
Es esto cierto?
Muchas gracias de antemano
Saludos
Hola Claudio,
efectivamente, los coches de muy bajas emisiones no pagan impuesto de matriculación.
Hola Jaime, encontré varios coches (vendidos por empresas de compra-venta) que están sujetos al articulo 25 («REBU» de Alemania).
Con respecto a este tipo de vehículos, siendo comprados por un particular, ¿hay alguna ley/norma especial? ¿hay que pagar algo más aquí en España? o simplemente hay que seguir los mismos pasos de importación/matriculación, como si fuera un vehículo no sujeto al REBU alemán.
Gracias.
Hola Ramón,
el REBU debería afectarte en que no tendrías que pagar ITP. Es importante que te den factura y que en la misma indiquen que es con IVA incluido (aunque no venga desglosado).
Puedes echar un vistazo a nuestro artículo sobre el IVA o ITP.
Hola. Voy a comprar un coche usado en Dinamarca y me lo ofrecen con y sin IVA. Soy particular. ¿Puedo comprarlo sin IVA y pagarlo yo después en España? Es que, aplicando las tablas de hacienda me sale mucho mejor así. ¿Me puedes asegurar que el comprador elige si aplicar las tablas o lo que viene en factura? En mi caso el precio en factura es casi tres veces el que se parca en las tablas. Y, en el caso de que pudiera hacerlo, ¿dónde se liquida el IVA y el impuesto de matriculación, en la hacienda de las CCAA o en la estatal?
Hola Javier,
si eres particular, tienes que comprarlo pagando el IVA allí.
Para el impuesto de matriculación, puedes usar las tablas de acuerdo con la respuesta que da la AEAT.
Hola Jaime,
he leído el articulo «IVA o ITP» y la verdad es que encontré información muy útil así que enhorabuena por el trabajo y gracias por tu ayuda .
Un cordial saludo.
Muchas gracias Ramón. Me alegro de que te haya servido.
Hola de nuevo, Jaime. Muchas gracias por la contestación. Sólo una pregunta más: ¿qué ocurriría si el vendedor consiente en vendérmelo sin IVA y me lo traigo aquí sin haberlo pagado en Dinamarca?
Un saludo!!
Sería una irregularidad y normalmente veo lo contrario: empresarios extranjeros que quieren cobrar el IVA porque no se fían de que luego no se revenda en el propio país de origen.
En cualquier caso, la factura vas a tener que presentarla tanto en Hacienda como en la DGT, y creo que es fácil que les «salte».
Hola Jaime,
he vuelto para dar un poquito más de guerra, lo siento .
Verás…eche un vistazo al modelo 576 y en principio lo tengo más o menos claro pero me surge unas dudas.
Tengo entendido que a la hora de presentar dicho formulario hay un “apartado” donde hay que aportar documentación. Basándome en la información que tengo, me imagino que habrá que aportar la ficha técnica emitida por la estación ITV, ya que viene en tres ejemplares (Titular, DGT, Administración) y creo que también la factura de compra.
¿Hace falta aportar algún otro documento?
y si no se aporta todo
¿Que?
Me imagino que si por error/despiste, no se aporta algo, la administración se encargará de solicitarlo .
Un saludo .
Hola Ramón,
te hablo de memoria, pero seguro que hay que presentar la ficha técnica de la ITV y la factura.
Si tienes dudas, aunque la autoliquidación sea normalmente online, creo que puedes seguir haciéndola presencialmente, y el funcionario te puede echar una mano.
Otra cosa que pasa con las autoliquidaciones es que en ocasiones las «bloquean» hasta que un funcionario lo revisa, y toca quedarse «esperando» porque hasta que no la desbloqueen no puedes ir a la DGT a matricularlo. Cuando las he hecho presencialmente, no me ha pasado.
Vale, gracias Jaime,
Si, la idea es esa, hacer la autoliquidación online. Iré mirando y de entrada, cuando toca, presentaré la factura y la ficha técnica. Ya luego cuando vaya a trafico para tramitar las matriculas me llevare todo los papeles.
Un saludo.
Hola, quiero comprar e importar un vehículo con actual matrícula de Andorra, pero que en origen fué comprado y matriculado por primera vez en España. Se aplica algún tipo de peculiaridad?
Hola Mendiman,
hay un trámite para «rehabilitar» un vehículo dado de baja en España por exportación y que te podría ser de aplicación. Tienes más info aquí.
Hola, en un vehículo de importación alemán, al pagar el impuesto de matriculación en tráfico, finalmente puedo aplicar el de las tablas? Porque el contrato de compraventa de profesional que tengo, el importe es superior y me supondría pagar mas…
Muchas gracias de antemano..
Hola Alfredo,
hay una consulta en la que Hacienda responde que puedes elegir las tablas o el contrato, por lo que sí que deberías poder usarlo, pero ojo a que sólo es para el impuesto de matriculación (No aplica al ITP o a otros impuestos).
Si buscas en los comentarios, seguro que he puesto el enlace a la consulta en alguna ocasión.
Hola buenos días, gran articulo el mejor que he leído sobre este tema sin duda.
Un duda si como bien dices el coche cuando se matriculo por primera vez en España hubiera pagado el 4,75% y ahora ha cambiado de escalón por el cambio de valoración de ciclo al wltp, para los cálculos de reducción del valor se usa el actual o el antiguo?
Para pagar tengo claro que el actual. Es que estoy mirando coches alemanes que justo están en esta situación.
Un saludo.
Hola Javier,
la verdad es que nunca se me ha dado el caso. En rigor debería ser como dices, pero no descarto que si lo haces de la otra forma a lo mejor cuela…
Buenos días,
En caso comprar un vehículo usado en Alemania de una compraventa, han dado documento de compraventa con precio sin IVA y dicho que hay un artículo 25 en este caso.
Con este documento puede matricular en España?
Hola Valentina,
tiene pinta de que te han aplicado el REBU (Régimen Especial de Bienes Usados). No deberías tener problema para matricular el coche en España, y no deberías pagar ITP.
Recuerda que estamos hablando de vehículos considerados como usados.
Buenos días,
Querría comprar una moto de segunda mano en un concesionario de Francia. Tanto si sobrepassa los 6000 kms. como si no, me dicen que el PVP es lo que tengo que pagarles pues en Francia no desglosan el IVA. Cuando traiga la moto a España ¿Debo pagar aquí de nuevo el IVA (21% sobre ese PVP en factura o podría elegir pagar el 21% sobre el valor de las tablas minorando el IVA, el Impuesto de matriculación y el % de reducción por antiguedad del vehículo?
Muchas gracias
Hola Ricard,
suena bastante extraño eso de que «en Francia no desglosan el IVA», como si fuera un país no perteneciente a la UE. Tiene pinta de que quieren aplica el REBU (Régimen Especial Bienes Usados).
Si lo hacen bien, y el vehículo tiene más de 6.000 km y 6 meses, no tendrías que pagar ni IVA ni ITP en España. Tenemos un artículo donde explicamos cómo funciona el REBU en vehículos con más detalle.
Es importante que en la factura pongan que el IVA está incluido (aunque no lo desglosen). También sería bueno que consigas una versión de la factura en castellano.
Buenas ,
Tengo un coche importado de alemania de un profesional con factura. Para calcular el impuesto de matriculacion que hay en Catalunya lo he hecho de la siguiente manera a ver si es correcto.
C02 250g primera matriculacion 04/11/2021
Valor tabla : 92600€ porcentaje a aplicar 67% (VM 62042€)
Impuestos a aplicar: 1+ 21%IVA 14,75%IEDMT y ¿Otros? (1,3575)
62042€/1.3575= BI: 45703.13€
Impuesto de matriculacion = 45703.13€ *16%= 7312,50€
Indicame si algo lo he hecho mal pretendo presentar el modelo 576 con estos numeros.
Gracias
Hola Kyno,
tiene buena pinta. No obstante yo aplicaría también el 16% de IEDMT en vez del 14,5 al hacer la reducción.
Buenas tardes,
He importado un vehículo del 2008 en Reino Unido a Madrid (No por cambio de residencia), he pagado el DUA (21% IVA), tengo obligación de confeccionar el modelo 576, ¿tengo derecho a la reducción del IVA?, en caso afirmativo, la reducción sería por el IVA del año 2008 o del pagado en el 2023. Gracias
Hola Javier,
deberías poder reducir el IVA. Ten en cuenta que es el IVA hay que aplicarlo sobre la valoración de Hacienda en tablas, que es independiente de lo que hayas tenido que pagar en Aduanas.
M buenas tardes Jaime!
Me acabo de comprar un bmw de Alemania con un importe factura + iva de 36400 e. Es un 520 d , año primera matriculación 2022 y con unas emisiones de co2 de 126g. Según la página Diesel o gasolina me tocaría pagar unos 1700 euros de impuesto de matriculación (comunidad valenciana). Es esto correcto o podría ser diferente este importe a pagar. Gracias.
Hola Das,
Con los datos que indicas no es posible hacer el cálculo, pero la calculadora que mencionas normalmente tiene en cuenta el descuento del que hablamos en el artículo.
Lo que sí ha aumentado en las tablas de valoración de Hacienda del año 2023 al 2024 es la valoración de muchos modelos, por lo que podría subirte un poco el importe final.
hola,
Tengo intención de comprarme un Porsche Macan T en Alemania.
He metido los datos en la web de gasolinaodiesel y no sale el modelo exacto pero si uno muy parecido que es el Macan 2.0 turbo automático que tiene 252CV y no 265CV como este. Me podrías explicar si es correcto hacer esto así o simplemente debo de poner los datos de forma manual?
por otro lado si el coche se compra a través de una empresa y el uso va a ser mixto tanto para uso laboral como particular me podrías decir si aún así se puede indicar que la familia es numerosa?
Gracias.
Si el modelo no sale en las tablas de Hacienda, para calcular el impuesto de matriculación lo habitual es que pidan aplicar el importe del contrato o factura de compraventa, que normalmente es más elevado.
En los casos en que el uso es «mixto», el vehículo está a nombre de empresa, por lo que no creo que puedas aplicar «familia numerosa» sobre un vehículo de empresa.
Buenas noches Jaime, he escrito en este hilo porque el móvil no me permitía abrir nuevo comentario.
Mi situación es un poco peculiar pero creo que me puedes ayudar.
Quiero comprar un Porsche 993 carrera 2 que estaba en las listas de 2018 con una valoración de 58200€ ( 5820€ después del 10% y ya que tiene casi 30 años, es del 1996) . Pero en las listas nuevas ya no está, es un coche que se pasa de los 200gr/km.
Mi pregunta es, al no estar en las nuevas tablas puedo pagar impuestos ITP y matriculación por lo correspondiente al valor venal del coche esos 5820€ o tendrá que ser por el contrato ya que la tabla no es la actual, entonces si en el contrato reflejan 5820€ habrá algún problema? dado que el valor de este vehículo es mucho mucho mayor, o hacienda no pondrá problemas en principio si se ponen unos 6000€ en el contrato? Además, ese es el valor venal hace unos años, hoy sería incluso menor… gracias
Hola Javi,
si el coche no está en tablas, veo complicado que puedas usarlas.
Ten en cuenta que salvo para el impuesto de matriculación, para el ITP se cambió la normativa para que haya que pagar por el precio del contrato si este es mayor a las tablas.
Puedes poner un valor inferior en el contrato, pero en caso de tener algún problema con el coche, te puede perjudicar.
A los que nos gustan los coches, sabemos que los 993 se valoran más que los 996 por ser los últimos refrigerados por aire y si tienes la mala suerte de que el funcionario es aficionado, le va a cantar ver una cantidad tan baja.
Si hay mucho dinero encima de la mesa en ITP, lo que en alguna ocasión he visto hacer es meter en el medio a un compraventa. Los compraventa en general aplican el REBU, por lo que no pagan ITP, y luego emiten una factura con IVA incluido. Lo explicamos con un poco más de detalle en el artículo sobre IVA e ITP en vehiculos.
Hola, tengo un seat ibiza diesel basico de 100cv de 2004 comprado de primera mano en Ceuta por mi madre cuando era residente allí, se vino a la Península en 2008 junto con el coche pero no hizo nada, es mas, sigue pagando el impuesto de circulación del ayuntamiento en Ceuta.
¿mi pregunta es cuanto me puede costar regularizar el vehículo ahora en 2024, ya que queremos pagar el impuesto de circulación aquí en Granada.
Gracias y un saludo.
Hola Jose,
creo que lo mejor es que le eches un vistazo a nuestro artículo sobre cómo importar un vehículo de Canarias, donde se explica también el caso de Ceuta y Melilla.
Si es por un cambio de residencia, lo suyo es que intentéis aplicar la franquicia por cambio de residencia.
Gracias por contestar, si fue por cambio de residencia de Ceuta a Granada en 2008 pero no se regularizó el impuesto de circulación para pagarlo en Granada, se sigue pagando por transferencia en Ceuta, a que te refieres con lo de aplicar la franquicia por cambio de residencia?. Gracias.
Hola Jose,
básicamente es que cuando cambias de residencia a la península tienes un plazo de un año para importar el coche evitando tener que pagar tantos impuestos.
Hola buenas he comprado un coche de 2019 en EEUU por un valor de 30.000€ me pertenece 14,75% por la emisión de CO2 cuánto tendría que pagar o cómo podría aplicar esos descuentos ?
Hola Daniel,
es básicamente lo que explicamos en el artículo.
Si la ecuación es fácil pero mi pregunta tengo una factura porque es un coche de una subasta aplicaremos ese valor y no el establecido en las tablas no?
Para el impuesto de matriculación, puedes usar el valor de tablas (minorado con la fórmula) o el la factura.
Normalmente sale mejor lo primero.
Buenas noches Jaime,
Te cuento mi situacion:
He comprado de Alemania un Merceses CLS 450 4Matic con fecha de matriculacion 17/01/2019, emisiones de co2=200g/km
Pe tabla de hacienda estaria valorada en 64500€
En este caso entiendo que se calcula de la siguiente forma:
64500*39%=25155 (valor del coche 5-6 años)
25155*14,75%=3710€
Y por lo que he visto al tener titulo de familia numerosa se reduce un 50%
Correcto¿?
Gracias de antemano!
Hola Mihai,
podrías deducir también el IVA y el impuesto de matriculación que se hubiera pagado en España, pero por lo demás sí parece correcto.
Buenas tardes,
Muchas gracias por la valiosísima información que compartís aquí.
Una pregunta muy concreta en el caso de un coche de importación.
El comprador es una empresa con ROI
Qué ocurre si el valor de la factura de compra (sin IVA ya) es superior al valor en tablas del coche en cuestión?
Entiendo que el VM en la fórmula que recoge la depreciación sería el importe de la propia factura al ser más alto que el importe implícito del valor en tablas para un coche entre 2 y 3 años, y a ese importe de la factura se pueden aplicar los % de depreciación por los impuestos que hubiese tenido que pagar en su momento en España, no?
Y sobre todo, que se puede aplicar una BI que recoja esos ratios de depreciación en este caso, verdad?
Muchas gracias y un saludo cordial
Hola José,
el VM que se recoge en la fórmula es el valor que indican las tablas de Hacienda. No se puede usar la factura como VM.
Conceptualmente, el valor de la factura de un coche extranjero debería ser equivalente al valor de las tablas de España con la fórmula ya aplicada y por tanto con los impuestos de España ya descontados. Otra forma de verlo es que si tu factura es de un coche que no ha pagado los impuestos de España, debería tener el mismo precio que el de tablas descontando los impuestos.
Muchas gracias por la respuesta.
Me decía otra persona que en alguna consulta vinculante con la DGT, (V1587-11) se consideraba que:
«En consecuencia, debemos entender por valor de mercado a efectos del Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte el valor que hubiese sido acordado entre partes independientes en condiciones de libre competencia…»
Y comentaban también:
-Resolución 00/04775/2013 (de fecha 15-02-2017) del TEAC:
«Por tanto se considera como valor de mercado aquel que han acordado las partes en condiciones de libre competencia. En el presente supuesto debe considerarse que dicho valor de mercado es el que consta en las facturas…»
De momento, de cara al impuesto que voy a pagar por la importación de un coche he asumido como VM el valor de las tablas (inferior al valor de la factura) a ver qué me dicen.
También este link que has compartido en una respuesta anterior es bastante claro como para defender esta postura (sin ser experto en la materia)
Buenas tardes Jaime. He leìdo y releìdo el artículo y no se de donde sale la diferencia de 400 euros en el ejemplo que utilizas. ¿Podrías aclararme de donde sale esta diferencia? Muchas gracias.
El resto de los cálculos están claros, pero no veo un valor, recio del impuesto de donde puedan salir la diferencia de 400 euros.Gracias de nuevo.
Hola Javier,
viene de la diferencia entre aplicar la reducción o no aplicarla.
Si no la aplicas, tendrías que pagar 10.000*0,1475 y si la aplicas tendrías que pagar 7366*0,1475.
Con lo que nos quedaría (10.000-7366)*0,1475 = 388 € de ahorro.
Por ejemplo
UN vehiculo IMPORTADO de Alemania con valor VM = 27384
CO2 =4.75
iva :21%
entonces BI= 27.384/1+0.21+0.0475
27384/1.2575= 21776
BI :21.776
Hola Javier,
sería así, aunque recuerda que más que VM debería ser valor en tablas de Hacienda.
Buenos días
He comprado e. Bélgica un vehículo con factura e IVA de allí
Está en las tablas con un valor de 11000 y tengo factura de 13600 +Iva
Al pagar IVA allí tengo que pagar impuestos aquí??
Gracias
Hola Emilio,
aquí tienes que pagar el impuesto de matriculación y de circulación. No tendrías que pagar ITP al haberlo comprado con IVA.
Buenos dias
Al final de este año quiero comprar una tractora mercedez actros 510 caballos de Alemania del año 2023 y quiero saber cuanto tendria que pagar de impuestos y para matricularlo en la provincia de Cuenca
Gracias un saludo
Hola Leontin,
en general los camiones están exentos de pagar el impuesto de matriculación. Hay algunas condiciones como que se dediquen a una actividad económica, no se usen como vivienda, etc., pero supongo que las cumplirías.
Buenos días Jaime.
Primero de todo darte las gracias por tus aportaciones que ayudan a mucha gente perdida.
Mi duda viene referente a la importación de un vehículo de fuera de la Unión Europea. El caso es que he pagado aproximadamente unos 12000 euros por el vehículo, debido a unos daños por accidente, que obviamente tengo que reparar. En el momento del pago del impuesto de matriculación, la base imponible serán esos 12.000 euros que pagué en la compra, o por el contrario el valor de 32000 euros que aparece en las tablas de hacienda si el coche no hubiera tenido el accidente?
Habría alguna forma de justificar a hacienda mediante fotos del siniestro del vehículo que me aplicará como base imponible los 12.000 euros?
Muchísimas gracias por tu atención, y un saludo.
Hola Jose,
nunca se me ha dado el caso, pero entiendo que serían 32.000 €.
Ten en cuenta que para poder matricularlo, tienes que pasar una ITV del coche. Si el coche está accidentado no va a pasar la ITV. Cuando pases la ITV, el valor del coche serán los 12.000 € más el coste de la reparación, con lo que el total debería estar próximo a los 32.000 €.
En cualquier caso, mi experiencia con Hacienda en el impuesto de matriculación es que si no estás de acuerdo con la valoración, se ofrecen a «elevar» la consulta y pueden tardar meses en responder, con lo que la mayoría de las veces te interesa pasar por el aro aunque pagues un poco más.
buenos dias, a ver si me podeis aclarar una duda sobre la exencion de IEDMT para una persona con minusvalia 33% y movilidad Positiva 0
se trata de 3 supuestos para importar una furgoneta camper (vehiculo vivienda) de la UE, en todos los supuestos se trataria de vehiculo comprado en concesionario, con factura, con lo que ya sabemos que nos ahorramos el 4% de ITP. En todos los supuestos obviamente hay una nueva matriculacion en españa. Concretamente en este supuesto en la comunidad de madrid, Jamas se ha pedido exencion alguna por compra de vehiculo
A vehiculo comprado nuevo alli y nunca matriculado (aunque llegara a españa con unos 2200 o 2800 kms por el viaje de vuelta con placas rojas alemanas.
B camper ya matriculada en alemania, por ejemplo en agosto de 2023 pero con 1000 kms, que aqui llegaria a la itv con menos de 6000 kms (se considera NUEVO tambien, y seria como comprarla nueva a estrenar alli ???)
C Camper directamente V.0 con por ejemplo 4 años y con bastante mas de 6000 kms
la pregunta es, en cualquiera de esos 3 supuestos se tiene derecho con ese 33% de discapacidad a la exencion total del 14.75% que aplica madrid en el IEDMT
Y en caso de ser afirmativo, me podeis confirmar que documentacion habria que presentar a la gestoria para que pida la exencion del 576 creo o habria que ir a algun estamento a pedir la exencion.
No le pregunto por la reduccion del iva del 21 al 4 ya que creo que para ese caso habria que tener un 65% o mas de discapacidad a la que habria que sumar un -7 puntos de movilidad reducida (aunque si me dicen ustedes que hay alguna forma de que con un 33 y un 0 de PMR reducida puedo reducir el iva del 21 al 4 me hacen mas feliz que una perdiz.)
Gracias anticipadas por vuestra respuesta.
Hola Jaime, la minoración se aplica a vehículos con menos de un año (pero mas de 3 meses y 6.000 kms) o no es posible?
Hola Mario,
estamos hablando de dos cosas distintas y de ahí la confusión.
La minoración de los impuestos que hubiera pagado en España se aplica para cualquier vehículo usado, es decir cualquiera que tenga más de tres meses y de 6.000km.
Para calcular esta minoración, hay que determinar la base imponible, y para ello hay que tomar el valor de las tablas de Hacienda y multiplicarlo por un factor de depreciación que depende de la edad del coche y que va desde 1 hasta 12 años. Si el vehículo tiene menos de un año, el factor es 1, por lo que no se aplica factor de depreciación, que es lo que decía Juan Manuel en su comentario.
Hola, tenia pensado importarme un coche de Alemania, un diesel-hibrido de unos dos años de antigüedad, al ser etiqueta 0, cómo afectaría / beneficiaria a la hora de matriculación en cuanto a impuestos??
Gracias
Hola Jesús,
tienes que ver cuánto CO2 emite pero probablemente no tengas que pagar impuesto de matriculación.
gracias Jaime…!!!
compre en alemania un a4 a un concesionario. segun las tablas vale 38000 e. tiene entre 3 y 4 años, osea un 56 %, contamina sobre 142 gr, osea el 4,75. me da de impuesto 1010 euros, es asi? no acabo de entender lo de restarle los impuestos…. la factura del concesionario aleman si lleva iva intracomunitario.
Hola Juan Antonio,
pues es lo que explica el artículo: A los 38000 € puedes quitarle el IVA y el impuesto de matriculación.
Buenos días Jaime.
Quiero comprar un coche en Alemania con dos años de antigüedad, que su valor venal, según tablas del BOE, es de 29500 euros. Me saldría una minoración de 4047 euros, con lo que la base imponible final sería de 15718.
Voy a comprarlo en un concesionario oficial, con su factura, el IVA intracomunitario y esas cosas, y su precio será de unos 40000 euros, con lo que es muy superior a su precio venal.
Mi duda es, ¿me seguirán aplicando la misma minoración sobre su precio venal, o la obtendrán del precio de factura? ¿O ni siquiera me la van a aplicar?
Muchas gracias por su respuesta.
Hola David,
la minoración no se puede aplicar al precio de factura, sólo se puede aplicar a las tablas.
Hay una consulta vinculante que indica que para el impuesto de matriculación, puedes usar el valor en tablas o el de factura, pero con la voracidad recaudatoria que hay, en alguna delegación a veces discuten la minoración.
En este sentido, es importante que cuando pases la ITV de homologación, indiquen la marca y modelo exactamente como está en tablas.
Muy buenos días, Jaime
Y muchas gracias por este blog…
Creo que haber entendido que sí se puede pagar el impuesto de matriculación mediante tablas y además hacer las minoraciones.
En mi caso estoy trayendo un Audi de Alemania del 2017 y el tema es que de hacerlo por tablas (con minoraciones) a hacerlo por el valor de factura hay muchísima diferencia… de unos 380€ a más de 1000€… y mi problema es que en dos gestorías aseguran que hay que hacerlo por el valor de factura…
pero según lo que leo sí se puede hacer por tablas…
¿alguien con experiencia reciente en esto? A lo mejor luego la AEAT te manda una carta para compensar??
¿podrías pasarme la consulta vinculante para «agarrarme» a ella en caso de que sea necesario??
Muchas gracias de nuevo!
Saludos!!!
Hola Norberto,
creo que está puesta en el artículo, pero es esta consulta, aunque sé de un caso reciente en el que parece que se están resistiendo a aplicarla.
Hola Jaime,
Primero de todo gracias por el artículo, ha sido de gran ayuda.
Me gustaría saber si, siguiendo paso a paso tu articulo, he conseguido calcular la correcta base imponible para el modelo 576.
He comprado un coche en Italia (es de un familiar) matriculado por primera vez el 10/2009. El vehículo es un FIAT BRAVO 1.4 ACTIVE GLP y, siguiendo las tablas de hacienda (Documento BOE-A-2023-26631), el valor de mercado es de 12.600 euros. Siendo el coche del 2009 hay que aplicarle una depreciación del 10% y el valor de mercado se quedaría en 1.260€.
Calculado los otros factores de la formula tenemos por un lado el IVA, que en 2009 en España era del 16%, y por otro lado (siguiendo cuanto escrito la certificación ITV) tenemos las emisiones de CO2 que son de 134g/km al que corresponde un 4,75%.
Dicho esto para calcular la base imponible seria de la siguiente manera:
BI = 1.260/1+(0,16+0,0475) = 1.260/1,2075= 1.043,47826.
Es asi?
Claramente hay un contrato de compraventa entre privados en el que el valor del coche es de 2000 euros. Puedo igualmente declarar el valor siguiendo las tablas de Hacienda verdad? Aunque sea mas bajo del precio del contrato de compraventa?
Muchas gracias por tu ayuda
Un saludo
Hola Anna,
para el pago del impuesto de matriculación, y de acuerdo con la consulta que comentamos, se debería poder usar el valor de tablas.
Para el ITP, tendrás que usar el valor de contrato.
Hola
Quiero comprar furgoneta sprinter del 2021 en Francia..me dice precio con ttf 27.000…en tablas del 2021 veo que vale 32.000..tendré que pagar el 16% de los 32.000 o sobre la factura? Además este modelo en las tablas no sale porque es automático y no lo he visto
Hola Sergi,
si el vehículo no sale en tablas, tendrás que pagar el impuesto de matriculación sobre la factura. Para ver si está en tablas, lo normal es comprobar lo que pone la ficha técnica que hacen en la ITV al importarlo.
Lo del 16% entiendo que es porque estás en el epígrafe máximo de emisiones de CO2 y vives en una Comunidad Autónoma que ha elevado el tipo máximo a ese valor.
Si está en tablas, como habrás visto en los comentarios, deberías poder elegir si usar las tablas o el contrato, pero con la Administración nos hemos topado.
Hola, muy buena labor la suya!
Acabo de comprar un vehiculo a un compra venta en Francia y no me ha repercutido IVA, al matricularlo en España hay que pagar el IEDMT y el impuesto de circulación, pero no pagaría ni Impuesto de transmisiones (no ha sido a un particular) ni IVA en España, cierto? Gracias
Hola Antonio,
es habitual que los compraventas apliquen el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), y te habrá dado una factura con IVA incluido pero no desglosado, y no deberías pagar ITP. Aunque no esté desglosado en la factura, el IVA ya lo has pagado en Francia y no habría que volver a pagarlo en España.
Gracias Jaime por la rápida respuesta.
De acuerdo al artículo, si VM=13396€, IVA=21% y IEDMT=4.75%, resulta un BI=10652.88€. Aplicando el tipo impositivo de 4.75% por emisiones (152g/km), tendría que pagar 506.01€.
Por otro lado tendría que pagar el impuesto de circulación en mi ciudad de residencia y listo, ¿cierto?
Gracias 🙂
Hola,
tiene buena pinta. Grosso modo es como dices, aunque faltarían algunos temas menores como la tasa por la de matriculación, fabricar las matriculas y contratar el seguro.
Gracias por la rápida respuesta Jaime. Esperemos que en Hacienda no pongan pegas… ya te actualizaré.
Buenas, compre un camión en holanda de caja cerrada para camperizarlo (y pasarlo a vehiculo vivienda.
Lo quiero matricular en cataluña y no aparece en ninguna tabla entonces entiendo debo poner el valor del contrato. Tampoco aparecen emisiones. Entonces debo poner las mas altas… aún asi antes de entregar el modelo 576 puedo camperizar y homologar el vehiculo si ya tengo ficha tecnica, itv etc… para asi acceder a algun descuento?
Viendo el precio que pagué (5500+iva) contando todos los gastos la verdad me hubiera salido al mismo precio o mejor comprarlo aqui…
Hola Xavier,
no tenemos mucha experiencia con autocaravanas, pero debería ser como comentas. Aunque en general los camiones no pagan impuesto de matriculación, sí tienen que pagarlo cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda, por lo que deberías poder aplicar el descuento del 30% si la camperizas antes.
Hola, voy a comprar un coche nuevo; tengo una minusvalía del 34% y me han dicho que no tengo que pagar el impuesto de matriculación, pero sabéis si lo tengo que declarar a hacienda?
Hola Patricia,
al ser una exención y no una subvención, entendemos que no deberías incluirlo en el IRPF.