Comprar un coche en Canarias siempre ha sido más barato que en la península por eso de que se pagan menos impuestos. Aunque claro, ¿qué pasa si quieres traer el coche de Canarias a la península? ¿Te sale a cuenta? ¿Y si vives allí y quieres mudarte a la península, perro y coche incluido? ¡Voy a despejar todas tus dudas!
Me centraré en Canarias, por tener más coches en circulación y por lo tanto ser más habitual importar coches de Canarias, pero el «concepto» es similar para Ceuta y Melilla.
Procedimiento de importación a la península
Vamos por partes. Pero si Canarias es España, ¿por qué tengo que seguir un proceso de importación a la península? Pues, porque aunque Canarias forma parte de España, está excluida del ámbito de aplicación del sistema armonizado del IVA. ¿Qué implica eso?
Que los impuestos que se pagan son menores, pero a la vez, puede haber otro tipo de complicaciones en aduanas. Veamos primero la diferencia en los impuestos.
IVA vs IGIC
Como te comentaba, Canarias, Ceuta y Melilla (junto con algunos otros pocos territorios de la UE) están excluidas expresamente del ámbito de aplicación del IVA.
Esto significa que en el resto de la UE, existe un IVA que hay que pagar cuando cuando compras algo o si introduces un bien, como por ejemplo, un coche.
Esto no significa que Canarias, Melilla y Ceuta estén exentos de impuestos, ya que tienen un sistema similar para regularizar las transacciones que se llevan a cabo en Europa, aunque no formen parte de la UE.
En Canarias se denomina IGIC, y en el caso de vehículos, depende de la potencia fiscal y tipo de vehículo. De forma orientativa, estos son los porcentajes a pagar de IGIC:
- Igual o inferior a 11 caballos fiscales: 9,5 % de su valor en el momento.
- Superior a 11 caballos fiscales: 13,5 % de su valor en el momento.
- Híbridos o eléctricos: 0 %.
- Caravanas y auto caravanas: 13,5 % de su valor en el momento.
- Mixtos adaptables con altura superior 1,80 metros: 7% de su valor en el momento.
- Furgonetas: 6,5 % de su valor en el momento.
Para Ceuta y Melilla este impuesto se llama IPSI.
Cualquier coche nuevo que se compre en territorio canario debe pagar este impuesto. Para adherirse a una de estas calificaciones y que se le aplique el impuesto apropiado, debe estar categorizado de la misma manera en la ficha técnica.
Una vez hecha esta aclaración, lo siguiente que voy a explicarte son las formas que tienes de llevar un vehículo a la península.
¿Cómo traer el coche de Canarias?
El vehículo se puede trasladar de Canarias a la Península de dos formas:
- Comprando un billete para coche en un barco
- Metiendo el coche en un contenedor
La primera diferencia entre las dos opciones es el tiempo de espera. Si compras un pasaje para traerlo en un barco, cuando llegues al puerto de destino puedes bajar del barco directamente con él.
Tienes que viajar en el mismo barco que tu coche, pues se hace un registro de las personas pero no de la carga. En tu billete se reflejará que llevas un coche a bordo, pero no habrá otro documento que lo acredite.
Si lo envías en un contenedor, tienes que adaptarte al tiempo de espera que ellos te marquen. Normalmente, los barcos que transportan contenedores se envían cuando están llenos, y eso en ocasiones puede llevar un par de meses o incluso más. Aunque muchas compañías aseguran hacer viajes semanales. Tiene la ventaja de que puedes usar el mismo contenedor para llevar otras cosas.
El precio del transporte del coche de Canarias a la Península depende evidentemente de la opción que elijas. El pasaje de un coche en barco tiene un coste aproximado de 400 euros, con camarote y billete para una persona. Puedes abaratar el precio si en vez de camarote vas sentado en una butaca, pero es mucho más incómodo (el tiempo aproximado del viaje en barco es de unas 50 horas). En un contenedor el precio suele rondar los 1000 euros.
Eso sí, como los contenedores los alquilan empresas, ellas suelen encargarse de todo el papeleo. Aunque cada uno es libre de elegir la opción que más le convenga, si solo vas a llevar el coche y no a hacer una mudanza, en mi opinión la diferencia de precio no compensa.
¿Qué compañías pueden hacer el transporte en contenedor?
Si decides hacerlo en un contenedor, hay muchas empresas en Canarias que lo pueden hacer. Algunas de ellas son:
- Alvagest Canarias: Opera en los puertos de Barcelona, Alicante, Tarragona, Valencia, Gijón, Vigo, Sagunto, Cadiz, Sevilla, Huelva, Algeciras. Punto de origen: Las Palmas y Tenerife.
- Cargo Lanzarote: Opera en los puertos de Barcelona, Huelva, Cadiz, Sevilla o Vigo con Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife, Arrecife, Puerto del Rosario o Santa Cruz de La Palma.
- La Luna Shipping
- Consulting Ocean
Como te mencioné antes, estas compañías suelen incluir en el precio los trámites aduaneros, por lo que te ahorrarás tiempo, y dolores de cabeza (Aunque el papeleo es menos complicado de lo que pueda parecer).
¿Qué compañías venden pasajes?
Las compañías más habituales en las que puedes comprar el pasaje para transportar el coche en barco son:
- Acciona (Transmediterránea)
- Naviera Armas
- Fred Olsen
- FRS
Suelen tener precios similares dependiendo del destino. Naviera Armas es más económico pues por el mismo precio que te ofrece Acciona te incluye 2 personas en camarote y equipaje de 60 kilos. Aunque Naviera Armas antes solo hacía trayectos a Portugal, ahora también conecta Huelva con estas islas:
- Arrecife (Lanzarote)
- Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria)
- Santa Cruz de Tenerife (Tenerife)
Acciona Transmediterránea conecta el puerto de Cádiz con estos puntos de salida:
- Santa Cruz de Tenerife (Tenerife)
- Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria)
- Arrecife (Lanzarote)
- Puerto del Rosario (Fuerteventura)
- Santa Cruz de La Palma (La Palma)
Fred Olsen conecta el puerto de Huelva con estas islas:
- Gran Canaria
- Fuerteventura
- Tenerife
- La Gomera
- La Palma
- Lanzarote
FRS conecta Tenerife, Gran Canaria y Lanzarote con Huelva. Tiene un billete de bajo coste en el puedes ir tú con tu vehículo por unos 200 euros. Eso sí, sentado en una butaca.
¿Qué trámites hay que hacer en las aduanas?
Como tu coche no pagó IVA y se va a importar a un territorio dónde el IVA es aplicable, tienes que pagar el IVA correspondiente al valor del coche en el momento de la importación.
Como sabes, los coches van perdiendo valor con el paso del tiempo, y no tendrás que pagar el IVA como si el coche fuera nuevo, sino por la valoración del coche cuando lo importas.
Este impuesto no tiene ninguna relación con el IGIC, que no te devolverán bajo ningún concepto (Santa Rita, Rita…). Si compraste tu coche en Canarias ya pagaste ese impuesto, pero al importarlo tendrás que pagar también el IVA en la península.
Para poder realizar el pago del IVA, tienes que rellenar un formulario que se llama DUA.
¿Qué es el DUA?
Las siglas DUA se refieren a Documento Único Administrativo para la Importación y Exportación de Mercancías y tienes que presentarlo para poder importar el coche a la Península.
Si vas a llevar el coche en un contenedor, hay que rellenar un DUA de salida y uno de entrada, pero como te he comentado, lo normal es que la empresa con la que contrates el transporte te haga todo el trámite. Por ser un documento oficial, tú solo tendrás firmar y pagar los impuestos correspondientes.
Para sacar el coche de las Islas Canarias con un pasaje, no tienes que hacer nada en la aduana de Canarias, solo rellenar y presentar el DUA al llegar a la península. Si te surgen dudas, los funcionarios de aduanas te ayudarán en lo que necesites, pero si prefieres no liarte, hay gestorías especializadas que te harán el trámite por unos 100 €.
Una vez presentado, en aduanas te entregarán una carta de pago (llamada 031) con la liquidación del IVA y te darán diez días para que realices el pago a Hacienda. El pago puede hacerse en cualquiera de los bancos asociados.
Una vez hecho esto, debes dirigirte con la carta de pago sellada a aduanas para que te entreguen tu DUA. Ya tienes regularizado tu vehículo en la península. Así de fácil.
En caso de que pasen los diez días y no efectúes el pago, Hacienda te tendrá en el punto de mira y te pueden embargar el coche e incluso subastarlo para cobrarse lo que le corresponde.
Ahora bien, ¿hay algún caso en el que no haya que pagar el IVA en la península? Sí, lo hay.
Exención por cambio de residencia
Si vas a mudarte de las islas a la península, hay una «franquicia» que te permite evitar el pago del IVA siempre y cuando demuestres (con un contrato de trabajo, nóminas, certificado de empadronamiento u otra documentación que puedan pedirte), que has sido residente en las islas durante al menos un año.
El coche también deberá haber estado a tu nombre durante al menos seis meses mientras vivías en las islas.
También tienes que presentar documentación que acredite tu baja de empadronamiento en Canarias y el alta en la península.
En este caso, tendrás un año para regularizar tu situación con Hacienda y seis meses para hacer el cambio de domicilio en Tráfico.
Si puedes aplicar esta «franquicia», ten en cuenta que no podrás vender el coche en el plazo de un año.
Dudas más frecuentes
Hola, yo he venido a hablar de mi libro, ¿cuánto me costará comprar un coche de Canarias y traerlo a la península?
Sí, ya se que muchos pasáis de leer el artículo. En resumen te costará:
- El pasaje en el barco (400 € aproximadamente si vas solo)
- El IVA del vehículo (21% del valor del coche)
- El Impuesto de transmisiones patrimoniales (Entre el 4 y 8% dependiendo de la Comunidad Autónoma. Puedes calcularlo aquí)
- Gasolina y peajes desde el puerto hasta tu casa
A modo de ejemplo:
Si vas a pagar por el coche 5.000 €, tendrías que sumar 1.750 € aproximadamente a esa cantidad.
Si el coche te cuesta 10.000 €, tendrías que pagar 3.100 € adicionales.
¿Hay que pagar impuesto de matriculación en España?
No es necesario volver a matricular el coche en la península ya que el coche ya tiene matricula española y ya pagaste el impuesto de matriculación en Canarias cuando lo compraste.
¿Qué debo hacer si solo quiero hacer turismo?
En ese caso, en aduanas te entregarán un Documento de Importación Temporal que te da derecho a circular durante un máximo de seis meses con tu vehículo. En caso de que tengas que alargar la estancia por cualquier motivo, puedes pedir una ampliación dirigiéndote a aduanas.
Y si vengo de vacaciones con mi coche y decido quedarme, ¿puedo adherirme a la franquicia?
Tu coche puede circular en la Península un máximo de seis meses. Si antes de ese tiempo decides quedarte, puedes regularizar tu situación y adherirte a la franquicia siempre y cuando cumplas con los requisitos.
¿Y si se ha pasado el plazo de un año? ¿Pueden multarme?
No hay una multa si se pasa el plazo de un año que tienes para regularizar la situación. No obstante, sí perderías los privilegios de exención de IVA y entonces tendrás que pagarlo sí o sí.
El IVA será el correspondiente al precio del vehículo en el momento en el que entró a la Península y no en el que se vaya a pagar o presentar la documentación, así que no ahorrarás nada dilatándolo.
Sí podrán multarte en carretera si te paran y han pasado más de seis meses sin que hayas dado constancia a la DGT de tu cambio de domicilio. El importe de la multa asciende a 80 euros. También tendrás que pagarla si vas a hacer el trámite fuera de plazo.
Es importante recordar que hay una diferencia entre ambos organismos y por tanto en sus plazos. Para Agencia Tributaria, donde tienes que hacer el cambio de domicilio fiscal y pagar (si no estás exento) tus impuestos tienes un año si es por cambio de residencia, o diez días si tan solo quieres importar el vehículo. Para la DGT y el cambio de domicilio tendrás 6 meses, bajo sanción si se pasa el plazo.
Hace años traje mi coche de Canarias y no pasé por la Aduana, ¿puedo venderlo en la península?
Si intentas hacer la transferencia de un vehículo procedente de Canarias sin acreditar que has pasado por Aduanas, en la DGT no realizarán el cambio de titularidad y además se lo «chivará» a Aduanas.
¿Cómo lo regularizo?
Siguiendo los pasos anteriores. Tienes que hablar con Aduanas y, o bien presentar toda la documentación que te exima del IVA, o bien pagar el 21 % correspondiente.
Luego, haciendo los trámites necesarios en la DGT y pagando la tasa correspondiente al cambio de domicilio.
¿Y si quiero llevar mi coche de Ceuta o Melilla a la península?
El proceso para llevar un coche de Ceuta o Melilla a España es similar al que se hace desde Canarias, aunque hay algunas diferencias:
- Aunque como ya sabes Canarias, Ceuta y Melilla están excluidas de aplicar el IVA, Canarias sí está integrada en la Unión Aduanera, por lo que no hay que pagar aranceles de importación. Esto no ocurre con Ceuta y Melilla, por lo que adicionalmente tendrás que pagar un arancel a la importación
- Ceuta y Melilla están exentas del pago del impuesto de matriculación (lo que oficialmente se llama IEDMT).
El transporte, el DUA, la exención de IVA por cambio de residencia y el tiempo de regularización es similar, pero adicionalmente deberás pagar un arancel correspondiente al 10 % del valor vehículo (del cual quedarás eximido también por cambio de residencia).
En cuanto al impuesto de matriculación, tendrás que pagar a la Agencia Tributaria un porcentaje, que dependerá del tipo de vehículo y de lo nuevo que sea este. No obstante, si el cambio de domicilio del vehículo es por cambio de residencia, también estarás exento de pagarlo.
Conclusión
En el artículo he repasado los trámites que hay que realizar para traer un coche de Canarias a la Península, de forma que sepas por dónde empezar y cuánto te puede costar aproximadamente.
He intentado aclarar los casos más habituales, pero soy consciente de que hay muchos casos particulares, y cada uno es diferente.
Aunque pueda parecer que los coches en Canarias son más baratos que en península, si no puedes aplicar la franquicia por mudarte a la península, los precios pierden bastante atractivo.
Esto es todo lo que necesitas saber si quieres importar tu coche desde Canarias, Ceuta o Melilla. ¿Alguna duda?
No olvides compartirlo para ayudar a otras personas si te ha sido útil.
Agradecimientos: Funcionarios de la Agencia Tributaria, Aduanas de Madrid, Cádiz, Huelva, Málaga y Gijón y de la DGT.
Hola, sólo agradecerte tu aporte y animarte a seguir así. Muchas gracias Virginia. Saludos desde Barcelona
Hola Jonathan
Muchas gracias por el ánimo y me alegro mucho que te haya gustado y servido la información. ¡Saludos!
Hola, he encontrado tu blog casualmente y me alegro porque está todo muy bien explicado, pero yo tengo una duda que te pido el favor me aclares: yo vivo en la Península y estoy interesado en coche clásico muy barato (10.000€) en Canarias. Cuanto me costaría y que trámites he de hacer.
Gracias y enhorabuena para nosotros por tener este blog.
Hola Gerardo,
eso es exactamente lo que explicamos en el artículo…
Hola! Soy de la península y llevo una semana residiendo aquí, para comprar una moto de segunda mano necesito empadronarme o algo?
Hola Jon,
el problema está en que si no constas como residente en Canarias, al hacer la transferencia a la DGT le va a saltar que estás en la península y deberías pagar los impuestos de «importación».
En cualquier caso, si vas a vivir tiempo puede interesarte empadronarte porque también tendrás descuentos en los vuelos a la península.
Gracias Virginia por tu excelente guia.
Hola Virginia, sabes si hay alguna excepción por traslado forzoso de trabajo siendo funcionario del estado y no llegas a cumplir todos los requisitos para realizar la franquicia. También si por ser una vehículo mixto adaptable ya queda fuera de esta posibilidad de exención del IVA. Gracias de antemano, muy buena su información.
Hola David,
Para adherirte a la franquicia debes cumplir todos los requisitos, no hay excepciones. Los únicos vehículos que quedarían libres de impuestos son los híbridos y eléctricos certificados.
Cualquier duda me dices. ¡Saludos!
Hola Virginia!
Excelente artículo, muchas gracias por tus detalladas y precisas explicaciones. Indicas que los híbridos y los eléctricos estarían exentos del impuesto, podrías aclarar que particularidad aplicaría a este tipo de coches?
Gracias
Hola Alex,
No creo haber entendido tu pregunta. Como bien dice el artículo, los híbridos y eléctricos no pagan IGIC que es el impuesto de Canarias, pero en la importación, si no es por cambio de residencia, pagan los mismos impuestos en península que cualquier otro coche.
No obstante, mañana el consejos de ministros aprueba el IVA reducido de un 4 % para este tipo de vehículos, lo cual posiblemente se ponga en práctica desde el 1 de enero. Lo mejor en este caso es que llames a Agencia Tributaria para informarte. Un saludo.
Hola Virginia, gracias de antemano por la explicación que es la más clara que he visto en internet. Igualmente tengo una duda debido a mi situación un poco atípica, te comento: actualmente llevo residiendo en Tenerife ya tres años por motivos de trabajo, aquí utilizo coche de empresa, pero ahora me desplazan a finales de Junio a Península y no puedo llevar el coche de empresa, por lo tanto mi intension es comprarme aquí un coche nuevo o de cero km; por un lado si me voy a finales de Junio y lo compro ahora el coche no tendría 1 año en mi poder, aunque en la página de aduana dice que debería ser con 6 meses de antigüedad. La residencia puedo demostrar con un certificado de padrón, una carta de traslado de mi empresa, pero creo que me quedaría fuera de la excención del IVA por que el coche me lo quiero comprar ahora. Me despejas esa duda por favor. Si me compensa viajaría en Ferry con mi coche y mascotas. El encargado de exportaciones del concesionario me ha dicho que únicamente pagaría la exportación que es el 9,5% del valor, pero también me surge la duda de si además de ese pago aparte hay que pagar el IVA 21% completo, por lo que no me convendría.
Muchísimas gracias.
Recibe un saludo cordial.
Hola Jael,
Para poder acogerte a la exención de IVA los requisitos son claros y por lo que me cuentas, no los cumples. Si compras el coche en Canarias y no lo has tenido a tu nombre por al menos un año, aunque te mudes por cambio de residencia, no solo tienes que pagar el IVA, sino que además, tendrás que pagar el IGIC en Canarias. De este impuesto es el que te hablaba el encargado de exportaciones del concesionario, que no se paga porque lo vayas a exportar (que es un impuesto más de aduanas) sino por haber adquirido un bien en las islas. El IGIC lo puedes evitar si compras un coche eléctrico, pero ya es cuestión de que hagas tus cuentas para ver si te cuadran.
Aunque en aduanas te han dicho seis meses, nada tiene que ver con lo que exige Hacienda, pues son organismos distintos, aunque trabajan conjuntamente. Toda la información ofrecida en este artículo ha sido contrastada de manera cuidadosa con ambos. Espero que esta respuesta haya resuelto tus dudas. ¡Un saludo!
Excelente artículo. Haciendo una prueba del algodón con 2 o 3 modelos de segunda mano que se publicitaban en Las Palmas para comprarlos desde Madrid, el precio no compensa ni de lejos. Tener que pagar DOS VECES un impuesto de transmisión, el ITP de la comunidad autónoma, más el 21% de IVA (sobre unos precios de Hacienda que ya incorporan el IVA de origen en el cálculo de la devaluación), es simplemente un auténtico atraco fiscal. Salvo para coches tipo pieza única esto no tiene ningún sentido. Ahora he entendido porqué los canarios, en el mercado de ocasión, están completamente constreñidos a su territorio. Si al menos el precio estuviera ecualizado, sí sería interesante darse un viajecito a Canarias y traerse un coche. Una pena.
Hola Antonio,
Gracias por tu aporte. Tal como dices, no parece merecer la pena comprar un coche en Canarias, aunque sí traerlo por cambio de residencia. Un saludo.
Quería comprar un coche de segunda mano q está en Tenerife , pero matriculado en la Península , me puedes ayudar indicandome q impuestos debería pagar .Muchas gracias por tu estupendo artículo.
Hola Pura,
entiendo que el coche tiene ya matricula española. En este caso tendrías que aplicar lo que se indica en el artículo, básicamente IVA e impuesto de transimisiones si se lo compras a un particular.
Virginia, gracias por el artículo. En mi caso, soy de la Península y paso en Gran Canarias unos cinco meses al año. Tengo un apartamento en la isla, aunque estoy empadronada en el País Vasco (no quiero cambiar esto). Quiero comprarle un coche de segunda mano a un residente canario. El vehículo tiene 3 años. ¿Podría decirme qué gestiones y pagos me supondría? Muchísimas gracias de antemano.
Hola María,
Pues tendrás que liquidar el IVA, un 21 % del valor del coche. Por otro lado, tienes que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales que depende de una comunidad a otra y por supuesto el pasaje en barco. Para que te hagas una idea, en el artículo viene un ejemplo: si el coche cuesta 5000 euros, tendrás que sumar a esa cantidad una media de 1750 euros más, sin contar la tasa de aduanas que es variable.
Espero que te sea de ayuda, un saludo.
Virginia, primero de todo gracias por la rápida y detallada respuesta. Creo que lo que me indica me ayuda mucho en parte. Al exponer mi pregunta, no indiqué que mi idea es mantenerlo en la isla para los cinco meses que paso aquí. No quiero llevarlo a la península. Gracias de nuevo.
Hola María,
Puedes comprar lo que quieras en las islas siempre que no salga de allí. El problema surge al querer exportar. Y en este caso en particular, imagino que surgirá un inconveniente a la hora de pagar los impuestos del vehículo, por el domicilio en el que estás empadronada.
No obstante, es posible que puedas, mostrando copia de la escritura o algo así, que te los pasen por tu casa de Canarias. Lo mejor es que hables con el organismo de la localidad que corresponde, pues cada uno establece sus normas al respecto.
¡Un saludo!
Hola Virginia,
En agosto de 2018 cambié de residencia por trabajo, desde Canarias a Madrid.
A día de hoy, cumplo los requisitos para transferir mi vehículo comprado en Canarias (plazos, DUA, uso particular del vehículo…).
Sin embargo, no gestioné el cambio de domicilio fiscal del vehículo, y sigo pagando el impuesto municipal del coche en Tenerife.
No he visto nada en normativa sobre este último punto.
Puedo transferir el vehículo en Madrid, o tengo que cambiar primero en tráfico el domicilio del vehículo? Si tuviera que cambiarlo, tendría que esperar otro año?
Gracias!
Hola Javier,
perdona el retraso en responder pero estos días de estado de emergencia están siendo un poco «locos».
En rigor tienes 15 días para comunicar el cambio de domicilio a la DGT (Está recogido en el artículo 30 del Reglamento General de Vehículos). Si no han cambiado el importe de la multa, eran unos 80 € (40 € con pronto pago).
Para solucionarlo, creo que lo mejor sería cambiar el domicilio del vehículo a Madrid y luego esperar el año, aunque si tienes previsto venderlo, a lo mejor puedes comentarlo con el funcionario a ver si puede hacer algo.
Hola Virginia tengo una duda a ver si puedes ayudarme. Voy a subir de vacaciones a la península con un coche nuevo y ns cuanto tiempo voy a tardar en bajar. Para salir necesito algún documento o eso me lo Dan a tes de subir al barco. Espero tu respuesta muchas gracias
Hola Francisco,
si vas de turismo, lo normal es que no necesites nada, pero consulta con la Compañía del Barco por si acaso.
Hola Francisco,
Disculpa por la tardanza. Como bien te dice mi compañero Jaime, no es complicado venir de turismo con tu coche. Para introducirlo en la Península necesitarás un Documento de Importación Temporal que te lo darán en aduanas. Con él podrás circular durante seis meses con tu coche en la península. Si por cualquier motivo tienes que alargar esos meses, puedes dirigirte a una aduana y solicitar una prórroga. No es complicado y no suelen pedir muchas explicaciones.
Esperamos haberte ayudado 😉
Hola Virginia, yo quiero comprar un vehículo usado el vendedor, es residente en canarias el me entragaria el coche en Sevilla. El vehículo tiene matricula de Madrid ya que el vendedor lo compro usado en la península, luego cambio su residencia a canarias y se llevó el coche.
Para comprar este vehículo con Matricula de Madrid y vendedor residente en canarias ¿tendría que hacer DUA y pagar IVA en peninsula?
Muchas Gracias !
Hola Antonio,
aunque el vehículo tenga matricula de Madrid, si cuando se lo llevó a Canarias hizo el trámite de exportación, y por tanto el vehículo está registrado en Canarias, al traerlo a la península tendrías que hacer la importación.
Resumen de lo leido:
A modo de ejemplo: Si vas a pagar por el coche 5.000 €, tendrías que sumar 1.750 € aproximadamente a esa cantidad.
Si el coche te cuesta 10.000 €, tendrías que pagar 3.100 € adicionales.
O te descuentan esas cantidades en venta, o se va a comprar un coche en Canarias Rita la que se dedica al canto…….
Hola ifr,
esa es la idea del artículo. Salvo que sea un coche «especial» que sólo encuentres allí o que seas residente y te vayas a mudar, la mayoría de las veces no compensa.
Hola buenos días, he leído todo y me entra una duda llevo 2 años y medio con mi vehículo en Canarias en propiedad y resido más de 10 años aquí, me voy a vivir a península y por lo leído al llegar ha península tendría que pasar por aduanas hacer todos los trámites que me pidan y estaría exento de pagar iva ya que cumplo los requisitos la duda me entra aquí, la compañía naviera me solicita que antes de embarcar pase por aduanas y me acrediten documento donde refleje que mi vehículo está exento o no de pagos,si no no podría embarcar he llamado a aduanas pero cada vez que llamo me cuentan cosas distintas, decir también que yo viajaría con el vehículo muchas gracias
Hola Mateo,
nunca he tenido la «suerte» de poder aplicar la exención, por lo que no puedo darte una respuesta de primera mano.
Las navieras están acostumbradas a realizar este tipo de transportes, por lo que seguiría insistiendo con aduanas hasta dar con un funcionario que lo tenga claro.
Hola Mateo,
Disculpa la tardanza, estuve buscando información sobre lo que me decías. Creo que lo que te piden en la naviera es que liquides el impuesto de aduanas antes de embarcar el vehículo. Te recomiendo que hables con la naviera de nuevo y te especifiquen qué documento te requieren.
Y como bien te dice mi compañero Jaime, insiste en aduanas, porque no todos tienen los conceptos claros. Si ves que por la que vas a salir no te informa bien, puedes llamar a otra de la isla o de otra isla, ya que el procedimiento es el mismo y quizá des con alguien que lo sepa con certeza.
Hola Virginia, genial aclaración!
Resido casi 2 años en Tenerife. Por despido, tengo que volver a Murcia para quedarme definitivamente.
En Marzo compré un coche, un polo 1.4 75cv del año 2005, por un valor de 1800€ de ocasión a un particular.
Como me vengo a Murcia, también tengo que traerme el coche.
¿Podrías indicarme que es lo que tengo que pagar? Sin contar ferry que eso ya lo tengo
Entiendo que no puedo acogerme a la exención del IVA por incumplir tiempo de matriculación a mi nombre
Gracias de antemano
Hola Jesús,
Pues como bien dices, no te puedes adherir a la exención y por tanto tendrás que pagar el impuesto de aduanas que varía aunque no es muy elevado, y por supuesto el IVA. En aduanas te entregarán un documento de pago (031) con el que tienes que dirigirte a Agencia Tributaria en un plazo máximo de 10 días y liquidar el IVA del vehículo que has importado.
Este irá en función al precio de mercado del vehículo, el cual en la mayor parte de ocasiones no coincide con el precio de compra que puede ser mayor o menor. Hacienda te hará la cuenta. Si lo tasan por el precio que me dices, 1800 euros, tendrás que pagar 378 euros.
Calcula un poco más por si el valor subiera, y si no, ¡pues eso que te ahorras! Que tengas suerte y buen viaje.
Hola. Muchas gracias por tu publicación!
Te comento mi caso.
Soy residente en Canarias pero motivos de trabajo y formación debo mudarme a la península durante 2 años.
El problema es que mi coche está a nombre de mi padre. Podría cumplir todos los requisitos de empadronamiento etc para estar libre del pago pero el de ser titular del coche 6 meses antes no lo cumplo puesto que está a nombre de mi padre. Habría alguna solución?
Cabría la posibilidad de cambiar la titularidad del coche y llevarme el coche con permiso temporal 6 meses e ir renovándolo con mi contrato de formación en la península?
Hola Carolina,
No me consta que eso sea posible. La exención por cambio de residencia ya sea por un contrato de trabajo o por causas personales tiene requisitos claros. No hay excepciones. No podrás introducir en la península si no está a tu nombre, por lo que cambiarlo de titularidad tendrás que hacerlo sí o sí.
Al llegar tendrás que pagar el IVA. Al entrar en la península como turista puedes circular seis meses y es cierto que se puede ampliar, pero dudo que por dos años y además, podrían cotejar documentos y ver que en realidad no entraste por turismo si no por trabajo. Ya eres tú quien decides si te arriesgas.
Por otro lado, no sé cuanto tiempo tiene tu coche, pero la cantidad a pagar dependerá de ello, y a veces no es tan elevada.
Buenas Virginia,
¿Sabes dónde podría encontrar la normativa (BOE), donde venga especificado el tiempo minimo de tener el vehículo a tu nombre para cumplir el requisito, ya que tenía entendido que era de 6 meses, pero en tu articulo indicas un año.
Mi caso es el siguiente, cumplo el año de resisdencia, pero compré en vehiculo (mixto adaptable), en noviembre 2019 y marcho a península en junio 2020.
¿Podria acogerme de alguna forma a la exención del IVA, o en cambio no tengo escapatoria alguna…. lo que sería un desastre ya que hablamos de nuevo por un precio de 16.000€, y lo mismo me replanteo venderlo antes de marchar.
Hola David,
Lo cierto es que hay mucha confusión al respecto. Por ello, nuestro artículo fue verificado con los organismos oficiales implícitos en el traslado tales como Agencia Tributaria, Aduanas y Dirección General de Tráfico. Contrastamos datos, hicimos muchas llamadas y todos coincidían en que el coche debe haber estado a tu nombre durante al menos un año en el anterior lugar de residencia.
Para el BOE necesito tiempo para buscarlo, pero en cuanto lo encuentre te lo haré llegar desde aquí.
Perfecto Virginia,
Muchas gracias por su respuesta, y como dices hay demasiada confusión al respecto… si lo encuentras me vendría de gran ayuda para ir aclarando dudas.
Y perdone que le volví a preguntar lo mismo en el siguiente mensaje, ya que pensaba no se había enviado.
Gracias de antemano.
Hola David,
Repasando mis notas, efectivamente la exención son seis meses y no un año, siento el error. Ya lo hemos corregido en el artículo.
La exención está recogida en la ley del IVA (artículo 28). En esta ley, Canarias es considerado un «territorio tercero».
Fíjate bien en las excepciones porque no se puede aplicar a «vehículos de uso mixto utilizados para fines comerciales o profesionales».
Buenas tardes Virginia,
Muchas gracias por la información, estuve revisando esa ley del IVA, articulo 28, ahora bien, usted como lo interpretaría lo referente a «uso mixto para fines comerciales o profesionales» ya que en mi caso, es para uso particular, y asi viene indicado en la ficha técnica, que es lo que hay que presentar para realizar la franquicia de exención del IVA. Mi duda por tanto surge al ser mi vehículo catalogado como mixto adaptable.
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Hola de nuevo David,
Si en la ficha técnica viene como para uso particular y el vehículo está en apariencia como tal, no deberías tener problemas. Aunque para curarte en salud tal vez sea buena idea que hagas una llamada a Agencia Tributaria en la península (están más acostumbrados a tratar el tema que en Canarias) y te informes.
Un saludo.
Hola Virginia muy buenas,
Después de buscar mucha información he dado con tu post. El mas completo y detallado de todos, felicidades por el aporte de información.
Necesito saber si nos puedes ayudar con nuestro caso, hemos salido de Canarias el año pasado con nuestro coche, estábamos viajando por toda la península y ahora estamos sin poder movilizarnos como todo el mundo. El caso es, nosotros nos vinimos en ferry y al llegar a Cadiz, nos nos dieron ningún tipo de documento para el coche, pasamos el control rutinario, pero no nos dijeron nada y tampoco sabiamos que necesitábamos algún documento para circular. Luego empezamos a informarnos un poco cuando empezamos a ver que nos alargaríamos mas de lo esperado, fuimos a trafico, y nos mandaron a la guardia civil. Empieza el estado de alarma e intentamos hacer los tramites por teléfono, llamamos a una sede de aduanas y nos dijeron que buscarían la información, y nos llamarían en los próximos días, como no llamaban he llamado yo y nos enviaron con un gestor. Llamamos al gestor, y el gestor nos dice que como todos los tramites administrativos están parados, no están realizando los DUA temporales, le pregunte si cuando todo terminara y pudiéramos regresar a Canarias, si no tendríamos ningún problema, me ha contestado que no.
Cumplimos los 6 meses en Marzo y por eso estábamos con el tramite, ahora llevamos 8 meses y de aquí a que podamos salir pasaran otros meses mas.
Entonces mi pregunta es: si podemos tener la tranquilidad de volver sin enfrentarnos a ningún tipo de multa. Y sinceramente hemos intentado por todos los medios resolverlo y la única información concreta que he recibido hasta ahora es la del gestor.
Agradecemos mucho tu información.
Un gran saludo.
Hola Paula,
El gestor te ha informado correctamente. El tiempo que has estado de más durante el estado de alarma no cuenta, es como si no existiera pues todos los trámites administrativos están detenidos desde el 14 de marzo. Puedes estar tranquila, pero eso sí, en cuanto el estado de alarma termine, regulariza la situación para que no tengas problemas.
Un saludo y gracias por tus buenos comentarios hacia nuestro artículo.
Buenos dias Virginia,
Muchas gracias por tu publicación! Vivo en Tenerife desde hace 1 año y medio. Ahora tengo que mudarme a Francia por mi trabajo. Compré un coche en Tenerife en abril 2019 . Quiero traerlo conmigo a Francia. ¿Puedo tomar el barco a la península y conducir desde allí a Francia? ¿O tengo que ir primero a la aduana? Muchas gracias, no es fácil encontrar la información correcta …
Hola Félix,
Puedes viajar hasta la península y luego conducir a Francia en función de turista. Pero para afincarte en Francia con tu coche tienes que consultar con el país para saber los impuestos y demás que tengas que tramitar. Si te mudas a Francia por trabajo, la exención española queda fuera de lugar.
Un saludo.
Muchas gracias Virginia !
Me vine a la península desde Canarias hace 7 años, no sabía que tenía que pagar la aduana. A día de hoy quiero dar de baja el vh, ¿tengo que pagar aduana?
Un saludo
Hola María,
Lo mejor es que preguntes en la Dirección General de Tráfico, pues ellos te informarán si el coche tiene cargas que debes liquidar antes de proceder a darlo de baja. No podemos confirmar con seguridad que hace 7 años las leyes con respecto a la importación fueran las mismas.
Un saludo.
Buenos días soy residente en la península y quiero comprar un coche en canarias para tenerlo ahí que debo hacer gracias
Hola Luis,
no se me ha dado el caso, por lo que no puedo contarte de primera mano.
Creo que es una situación complicada ya que la dirección fiscal del vehículo debería coincidir con la de su titular, y un titular no puede tener dos direcciones fiscales.
Hola Luis,
Si vas a ir a Canarias a vivir y quieres comprar un coche, no hay problema. Si no cambias el domicilio, el problema puede llegar cuando quieras traerlo a la península. Asegúrate de dar los pasos correctos antes de hacer nada. En el concesionario o Agencia Tributaria podrás darte la información que necesites. Un saludo.
Hola, primero de todo enhorabuena por el artículo. Muy bien detallado.
Pero me surge una pregunta:
Llevo 3 años empadronado en Fuerteventura, me he comprado un coche pero con todo esto del covid-19 no me llega hasta finales de junio. Es decir que hasta julio no va a estar a mi nombre.
Viendo como esta el panorama en la isla, me quiero volver a la península.
La pregunta es:
Puedo ir a península en ferry con el coche en agosto ( para hacer turismo) y hacer el cambio de padrón en enero que ya cumpliré los 6 meses que este a mi nombre y me quedare fijo en Barcelona. ¿Voy a tener que pagar impuestos?
Gracias de antemano.
Hola Mark,
Ni puedes hacerlo de esa manera porque en ese caso, si vienes de turismo y luego lo quieres regularizar se aplicaría el procedimiento habitual con pago de impuestos. La exención aplica cuando vas de Canarias a la Península por cambio de residencia y habiendo estado el coche en Canarias 6 meses.
Espero haberte ayudado. Un saludo.
Muchas gracias por la rapidez.
Saludos.
Hola Virginia,
Por favor, podrías hacerme una aclaración sobre este último caso.
Es decir, si estoy empadronado en canarias, más de un año, el coche está a mi nombre más de seis meses y he hecho turismo por la península durante un mes o así, vuelvo a canarias con el coche y al cabo de 15 días o un mes de estár aquí decido cambiarme de residencia a la península. Entonces no estaría exento del IVA porque en los seis meses anteriores he estado de turismo por la península.
Por lo que dices tendrían que volver y estar aquí seis mese antes de poder cambiarme de residencia ¿no?
Gracias por el post, muy detallado y actualizado.
Hola Al,
El hecho de haber estado de turismo no influye en la exención de impuestos si cumples con todos los requisitos ya que el coche ya ha estado a tu nombre y en Canarias por más de seis meses. El último comentario era un caso diferente al que comentas, pues el objetivo era que el coche cumpliera los seis meses en la isla mientras se hacía turismo por la Península. Los casos expuestos difieren, y en tu caso, si cumplieras los requisitos te podrías adherir a la exención.
Un saludo
Buenos días,
Consulta.
Tengo una empresa en la península y un empleado en canarias sin sede social y le tengo que comprar un coche en Canarias ¿que impuestos tengo que pagar?
Un saludo y muchas gracias.
Hola Francisco,
En principio, comprar un coche en Canarias lleva impuesto el IGIC, tal como el IVA en la Península, aunque el impuesto canario es inferior, un 9,5 % del valor del coche, a excepción de eléctricos que están exentos.
Esperamos haberte ayudado.
Hola!!Buscando información Para traer un coche de Gran Canaria,he terminado aquí y la verdad que es el sitio con mas información que he encontrado.Aun así me quedan unas que quizás me podéis resolver.
El caso es que yo vivo en la península y quiero comprar un vehículo que esta en Gran Canaria.El tema seria hacer los papeles de cambio de nombre allí, en una gestoria y en el momento me darán un provisional que me vale para circular.
¿Tendré algún tipo de problema en la aduana,por no tener los papeles originales?¿Podré realizar todos los tramites y rellenar y presentar el DUA con los papeles provisionales? Y por último ,una vez Me den la carta de pago (031) ¿ya puedo irme con mi vehículo? ¿o tengo que ir a pagar y después volver a la aduana a por el vehículo?
Un Saludo y muchísimas gracias de antemano.
Hola Ernesto,
Para hacer la importación del coche debes tener el permiso de circulación y la ficha técnica originales del vehículo. No obstante, puedes preguntar en aduanas para asegurarte.
Con respecto a la otra pregunta, cuando te den el 031 puedes llevarte el coche pero tienes un plazo de diez días para efectuar el pago en Hacienda.
Espero haberte ayudado. Saludos.
Buenas tardes Virginia¡¡
Estoy empadronado en Las Palmas de G.C desde hace dos meses por motivos laborales y me quiero comprar un coche de segunda mano en Las Palmas. En Octubre tendré que llevarme el coche a la península porque pasaré los 3 meses de paternidad en la península ya que mi familia la tengo en la península y luego volverme de nuevo para las islas con el coche .Tendría que pagar algo en aduanas? Tengo que decir que voy de turismo ? mas de 6 meses no estaré seguramente en la península.
Esa es mi duda, por si me lo puedes aclarar,
muchas gracias.
Hola Loren,
Si solo vas a estar tres meses no hay ningún problema. Puedes circular en la península por 6 meses con tu coche. Tienes que rellenar un Documento de Importación Temporal tal como se menciona en el artículo, y en él tendrás que especificar los datos que te pidan. Hasta donde sabemos no tienes que pagar nada en aduanas. Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!
Hola Virginia.
Muchas gracias por el artículo.
En mi caso concreto me traslado por motivos laborales a la península y cumplo con los requisitos de la excepción de pago, pero desearía mantener la residencia en Canarias.
Sí mi vehículo lo compré a un particular, y por lo tanto no pago IVA ni IGIC, sino ITP, debo de realizar el trámite de DUA lo q me obligaría a empadronarme en la península?
Gracias y un saludo
Hola Antonio,
La exención por cambio de residencia aplica tanto a un vehículo nuevo como uno usado. Si quieres ahorrarte los impuestos que conlleva importar el coche, debes empadronarte en la península. No hay excepciones. El DUA siempre debe hacerse, haya o no exención. Si quieres seguir manteniendo tu residencia en Canarias, desgraciadamente tendrás que hacerte cargo de los impuestos y gastos que conlleva la importación.
Espero haberte ayudado. ¡Un saludo!
Hola Virginia,
En primer lugar agradecer tu labor en la realización de este post.
Quería comentarte mi caso particular y que me dijeses en cuanto me saldría traer un coche de Melilla (a excepción del barco).
Hablamos de un coche del 2001, de impuesto de matriculación le corresponde un 14.75%, la base de Hacienda dudo exactamente si es 2930 o 3500, puesto que este último pone automático (es el cambio que lleva el coche) pero la primera valoración es en la que entra la edad del vehículo.
Entiendo que a ese 14.75% debo sumar un 21% y el 10% que mencionas, es decir, un 45,75% en total he de pagar para poder traerlo.
Gracias de antemano.
Hola Luis,
El 14,75 % que tienes que pagar no corresponde con la matriculación sino con un factor corrector que dependerá del tiempo que lleve el coche matriculado. En este enlace, que ya incluí en el artículo, puedes ver el porcentaje correspondiente.
A la cantidad que te salga, debes sumar el 21 % de IVA y el 10 % de arancel. Espero haberte ayudado. ¡Un saludo!
Tengo un coche en alquiler por renting en la península. Es decir: no soy el propietario. Soy residente canario hace 4 años. Mi contrato acaba en febrero del 2022. Estoy residiendo en Tenerife y quiero traerme el vehículo. En febrero del 2022 tengo que entregarlo en la península. Tengo que pagar a Hacienda? Cómo se regulariza esta situación?
Hola Juan Antonio,
es un caso muy particular. Creo que es probable que la empresa de renting no permita que te lleves el coche a Canarias de forma más o menos «permanente» ¿Has revisado el contrato de renting por si está permitido?
Hola Juan Antonio:
Estoy en tu misma situación. ¿Encontraste una solución al problema?
Saludos,
G.
Hola Juan Antonio,
Tengo el mismo problema. ¿Como solucionaste finalmente?
Te agradecería mucho la respuesta.
Hola buenas. Muy buen artículo y de los más claros que hay en la red. Pero tengo una duda para mi posible caso. Si yo estuviera empadronado por más de un año en las islas y comprase un coche allí y por trabajo cambiase mi residencia cerca de la fecha de compra del coche. Como el requisito es que debe de estar circulando 6 meses en las islas. Podría viajar a la península durante 6 meses como si fuera una conducción vacacional y entonces volver a las islas y de nuevo volver a la península y entregar todos los documentos que acrediten todo. Servirían esos 6 meses en que el coche estaba con impuesto de circulación en Gran Canaria aunque hubiera estado en periodo vacacional por la península? Gracias y espero haberme explicado bien
Hola Jonai,
Uno de los requisitos para adherirte a la exención es que el coche haya permanecido seis meses en la isla. Si sales con él de vacaciones, ya no lo ha hecho y por tanto cuando te mudes tendrás que pagar el IVA. Otra cosa sería que salgas de vacaciones con él, vuelvas a las islas y permanezcas allí seis meses o más, pero si no, lamento decirte que no podrás beneficiarte de esto.
Un saludo.
Hola Virginia,
Magnifico artículo. El tema de las importaciones de vehículos es complicado y más si no es lo estrictamente habitual y en ningún sitio lo explican claramente. Si no te importa te comento nuestro caso por si nos puedes ayudar.
Un familiar nos va a regalar su coche. El coche (con valor nominal de mercado según las tablas de Hacienda de 22.500 €) es del año 2008, lo compró en la Península y cuando vino a Canarias en el año 2013 no lo regularizó. Él nos comenta que no tiene el comprobante del billete de barco y lo único que tenemos son los sellos en la tarjeta de inspección de vehículo donde se ve que pasó la ITV del 2013 y las posteriores en Canarias.
Si quisiésemos regularizarlo ahora que es lo que tendríamos que pagar?? Ahora mismo el coche tiene 12 años y no sé si tendríamos que pagar 337 € (22.500*0.1*0.15) o 1.586 € (22.500*0.47*0.15). Aparte no sé si por no haber regularizado anteriormente te cobran algún tipo de multa o intereses del dinero por demora o si solo te pueden reclamar los últimos 4 años como en Hacienda (y en ese caso tendríamos que pagar 22.500*0.28*0.15)…
Por otro lado, existe la posibilidad de que mi marido se tenga que ir a la Península a trabajar, en ese caso, podría llevarse el coche allí y en ese caso no tendríamos que realizar ningún trámite?? (creo que existe la posibilidad de que con una autorización de mi primo el Ferry te permite llevar a la península el coche aunque no seas el titular del mismo pero no sé si para devolver a la península el coche Aduanas te pide haber pagado previamente el DUA en Canarias… ).
En el caso de tener que pagar los 1.586 € probablemente no lo cojamos, en este caso, mi primo lo va a dar de baja. Tendría él que pagar esta cantidad a Aduanas o simplemente podría darlo directamente de baja?
Muchísimas gracias y saludos,
Hola Miriam,
creo que lo mejor es que consultes tu caso en Aduanas porque aunque la norma dice una cosa, estoy seguro de que es algo que pasa con cierta frecuencia y probablemente tengan una norma interna sobre cómo regularizar estos casos.
En cuanto a la baja, las bajas tienen que darlas gestores autorizados y lo mejor es que lo consultéis con ellos por si pueden hacer algún «apaño». Puedes consultar el listado de gestores aquí.
Buenas Virgina,
un excelente aporte, ya que el tema es bastante mas complejo de lo que los ciudadanos de a pie creemos e incluso las administraciones públicas tampoco lo tienen muy claro (al menos tras varias consultas a mi no me han aclarado mi caso).
Lo expongo aquí a ver si tu me pudieras orientar/aclarar nuestro caso.
Mi Madre residente permanente en Canarias quiere adquirir un nuevo coche, y el suyo antiguo me lo «Regala». (Se trata de un coche de 2014)
Yo soy residente en Alemania, por lo que el plan sería que mi Madre viajara con el coche en Ferry hasta peninsula, una vez en peninsula hacer el contrato de compra/venta (Cambio de nombre/Registrarlo a mi nombre) y traerlo por carretera hasta Alemania.
Y aquí empieza el lío Administrativo, según entiendo, tendría que pagar el 21% del valor del coche que estipula hacienda (sin contar los Km). Es un Renault Captur del año 2014 por lo que segun la calculadora que poneis hacienda estipula «Valoracion de Hacienda» = 4998€.
Osea que en Aduanas nos tocaría pagar el 21% de 4998€ = 1049,58€.
Pero antes de pagar dicha cantidad «Para poder realizar el pago del IVA, tienes que rellenar un formulario que se llama DUA» habría que rellenar el formulario DUA.
Y una vez rellenado el formulario DUA, recibimos la carta de pago (llamada 031) y tenemos que pagar «el IVA (los 1049,58€ en nuestro caso) en un plazo de 10 días, una vez pagada esta nos da nuestra carta de Pago sellada, y ya tenemos regularizado el vehiculo en Peninsula.
Hasta aquí espero todo correcto.
En mi caso, al poner Rumbo a Alemania, entiendo que al entrar en Alemania y volver a registrarlo aquí, vuelvo a Pagar impuestos en Alemania verdad?
Me devuelven los impuestos pagados de España? (yo no tengo residencia en España) por lo que ni siquiera sabría como registrarlo) O lo que santa rita, rita….
Podría registrarlo directamente en Alemania? (aqui el impuesto del vehiculo sería ahora mismo un 16%).
Que pasaría con las Aduanas?
A ver si me puedes ayudar.
Muchas gracias.
Hola Sara,
hay que pagar el IVA al importar un bien que entra en la Unión Europea. Si justificas haber pagado el IVA en España, no deberías de tener que pagarlo en Alemania.
De todas formas, dado que Alemania ha reducido el tipo temporalmente al 16%, creo que lo más interesante sería intentar importarlo directamente desde Canarias a Alemania, aunque tendrías que preguntar en Alemania o contactar con alguna agencia (de Alemania o Canarias) que se dedique a hacerlo.
Muchísimas gracias por su articulo, es el mejor que hay en Internet, muy claro y concreto.
Por favor si puede resolverme una duda:
Nosotros somos Canarios y mi hijo estudia en la universidad de Zaragoza, esta empadronado en Canarias, necesita coche y podemos prestarle el nuestro durante el curso de octubre a junio, 9 meses o menos, depende de lo que suceda en la universidad. En verano el coche vendría a Canarias y durante el curso escolar estaría en la Península, esto sería así durante 3 o 4 años de universidad.
¿He de cambiar la titularidad del coche y ponerlo a su nombre? ¿Tendría que pagar IVA cada vez que vaya a la Península? ¿Hay DUA temporal para estos casos y durante 9 meses?. ¿Cada vez que el coche regrese a Canarias he de hacer algo?.
Muchísimas gracias por su ayuda, ¡su blog es el mejor!.
Saludos cordiales,
Hola Antonia,
como después de la universidad no sabéis si se va a quedar a trabajar en la península, creo que lo más sencillo sería usar el coche como turista (aunque superes el plazo), ya que no se están metiendo mucho con eso. De todas formas, yo llamaría a Aduanas y les comentaría el caso.
En cuanto a ponerlo a su nombre, personalmente no lo cambiaría de nombre ya que hay que pagar impuestos por ello y realmente se lo estáis prestando.
Hola
Muchas gracias por la guia!!
Yo viajo estos dias a tenerife a comprar un coche.. el tema transferencia me la puede hacer la gestoria en canarias o siendo yo de la peninsula hace falta que entre una gestoria canaria y la otra de la peninsula hagan el tramite?
El dua lo relleno al salir del puerto en huelva?… esta alli la oficina de aduanas entiendo.. me das ellos el papeleo?
Gracias
Hola Ángela,
Los trámites puede llevarlos cualquier gestoría, de hecho, tendrás que ir con el antiguo propietario para el cambio de nombre. El DUA se rellena en la aduana del puerto desde el que te vayas con el coche. Es decir, se rellena una vez que vas a pasar con el coche, nunca antes.
Espero haberte ayudado,
Un saludo.
Buenas Virginia/Jaime!
Mil gracias por este artículo, ayudáis tanto a mi como a mucha gente por ello. Es algo un poco complejo y a mi me trae por la calle de la amargura…
Llevo 3 años ya aquí en Canarias, y me compraré un coche de segunda mano por 5000€, con el que pasaré más de 6 meses aquí. (mi contrato de trabajo acabaría en abril). Y luego volveré a mi Andalucía con el coche para empadronarme y así cumplir con las condiciones.
En tu resumen del articulo aparece el pago de IVA, pasaje, gasolina, y el (para mí dudoso) impuesto de transmisiones patrimoniales.. Es el mismo que pago al hacer el traspaso del coche de segunda mano no? O es otro que hay que pagar aunque haya una exención de impuestos?
En resumen..Tendré que pagar otra cosa aunque esté exento de pagar el IVA de península? Aparte del ferry claro. Cuánto me saldría el coche? :/
Cómo lo harías en mi lugar?
Gracias de antemano
Un saludo y ánimo!
Hola Cristian,
efectivamente el pago del ITP es para el cso de que alguien de la península viaje a Canarias a comprar un coche allí.
El ITP lo pagarás cuando compres el vehículo (salvo que se lo compres a una empresa o compraventa). Tenlo en cuenta porque tendrás que sumarlo al precio del coche que compres.
Acuérdate de que también tendrás que pagar el seguro.
Gracias por la respuesta, un saludo!
Magnífica información. Espero puedas ayudarme. Mi hermana cobró un coche nuevo en 2006 cuando vivía es Tenerife y en 2010 se llevó el coche a la península por contenedor y pagó impuestos y todo. Ahora ella no usa el coche y me lo va a ‘regalar’ mientras yo me estabilizó laboralmente ya q estoy cursando un máster universitario aquí en Tenerife (donde estoy empadronado desde hace muchos años) por dos años y quisiera traer el coche de vuelta aqui. Que tendré q pagar entonces? No se que será de mi vida xq busco trabajo por la península o por Europa me da igual pero quisiera pagar lo menos posible dentro de la legalidad. Muchas gracias de antemano por la respuesta. Un saludo.
Hola Sacha,
Pues me temo que el trámite es el mismo, deberás pagar el IGIC. Para estar exento de impuestos, el coche debe haber estado a tu nombre al menos durante 6 meses. En tu caso, si tu hermana te lo ‘regala’ ahora, tendrás que pasar todo el trámite aduanero y el pago de impuestos correspondiente.
Un saludo.
Muchísimas gracias por tu respuesta. Pues menudo negocio, cuando ella lo compró al concesionario de coches pagó el igic, luego se lo llevó a la península y pagó el iva y ahora vuelve a canarias y hay q pagar nuevamente el igic. Entonces en resumidas cuentas hay q pagar tantas veces se pase de un lado a otro. Menudo negocio para el gobierno, creía q al pagar el igic una vez y el iva una vez ya se estaba exento porque entonces la libre circulación dentro de España? En fin… Muchísimas gracias por todo. Un magnífico blog.
Buenas.
Coincido con lo que dice todo el mundo, un artículo muy interesante, pero hay algo que no me queda claro respecto al valor sobre el que se calcula el IVA. En el artículo se dice que es sobre el valor que sale de las tablas publicadas en el BOE tras aplicar el factor de depreciación, pero he hablado con Hacienda, varias gestorías y todas me han dicho que es sobre el valor de compra venta que aparezca en el contrato.
Hay algún sitio oficial donde se indique sobre que valor hay que pagar el IVA??? Lo digo porque en mi caso es un coche caro, y la diferencia entre usar un valor u otro es de 5000 euros.
Por otro lado, si se paga IVA hay que pagar también ITP?
Gracias de antemano por la información.
Un saludo.
Hola Gaspar,
aunque se refiere al impuesto de matriculación (IEDMT), en la consulta 112405 de la AEAT tratan concretamente sobre qué se considera valor de mercado si difieren la factura y las tablas. En resumen dice que si eliges el valor de tablas Hacienda tiene que aceptarlo.
Puedes encontrarla aquí en el apartado de «Base Imponible».
En este caso, se paga el IVA por importarlo a la Península, no por la operación de compra en sí, por lo que si lo compras a un particular, pagaría IVA e ITP.
Hola Jaime,
Yo estoy en la misma situación que Gaspar que formulaba la pregunta original. Entonces de calcularía el IVA sobre el precio de tablas de Hacienda en vez del precio que se indique en el contrato de compraventa? Se podría aplicar esa misma consulta vinculante al calcular el ITP (en mi comunidad del 5%)? Hasta ahora para calcularlo siempre había utilizado el valor indicado en el contrat, que siempre ha sido más alto que las tablas, por evitar futuros problemas.
Alguien más ha tenido esta consulta últimamente?
Muchas gracias
Hola Víctor,
la consulta de la AEAT se refiere exclusivamente al impuesto de matriculación.
En cuanto al IVA, mi opinión es que en rigor no serían aplicables las tablas de Hacienda. El artículo 70 y 71 del Código Aduanero establece que la base imponible debería ser el precio realmente pagado, incluyendo los gastos de transporte y seguro. Establece unos supuestos en los que podrían usarse otros medios de valoración (como las tablas de Hacienda), pero serían medios secundarios.
Cuando se escribió el artículo, se llamó a varias Aduanas, y en aquel momento mostraron cierta flexibilidad, aunque puede haber cambiado.
En cuanto al ITP, originalmente podía aplicarse el valor de tablas, y así lo recogen las instrucciones del modelo 620. No obstante, en Julio de 2021 modificaron la ley y ahora establece que hay que aplicar la valoración más alta (entre tablas de Hacienda o valor declarado). En fin, otra subida de impuestos.
Hola a todos!
Lo primero dar la enhorabuena a Virginia por dedicar parte de su timepo a recopilar toda esta información y aclararnos tantas dudas.
Yo quiero exponer mi problema que se sale un poco del tema a ver si alguien conoce algun caso parecido y me guía un poco:
Resido y estoy empadronado en la península (desde que nací) y he comprado un vehículo de segundamano a una presona empadronada en Canarias, que él compro de nuevo hace un año aquí, en la península.
Ahora al intentar hacer el cambio de propietario del vehículo, me dicen de la gestoría que necesitan el DUA, que si no no pueden terminar la transferencia.
Tengo la factura de original de la compra del vehículo con su 21% de IVA.
Esto es normal? el vehículo no ha salido de la península en ningun momento.
Un saludo y gracias !
Hola Juanjo,
Primero agradecerte tu enhorabuena. La verdad que tu caso es un poco peculiar. No sé si has preguntado en varias gestorías, pero si esa ha sido la respuesta que has obtenido de todas, lo que se me ocurre es que la persona que compró el coche lo ‘empadronó’ en su dirección en Canarias y pueda parecer que el coche está allí… Yo optaría por ir a tráfico directamente y exponer el caso para que sepas por dónde tirar. Un saludo.
Buenos días,
Según la gestoría, tráfico es inamovible respecto a la necesidad de presentar el DUA.
Estoy en contacto con una oficina de aduanas de mi zona que me va indicar los pasos a seguir.
Con lo que resuelvan os dejaré un mensaje, por si le puede servir de ayuda a alguien en un futuro.
Un saludo !
Juanjo buenas, leyendo tu caso, resulta que yo estoy en el mismo caso.
Al final que te dijeron???
Muchas gracias, porque a mi cada persona con la que hablo me dice una cosa diferente
Hola buenas!
Muy buen artículo, pero quería comentarte mi situación a ver si tengo que pagar el impuesto o no. Yo estaré durante 1 año y medio en Barcelona haciendo un máster en la UAB (tengo la matrícula y todo), me gustaría traerme mi coche de Canarias durante este tiempo, pero obviamente sin pagar este impuesto.
Gracias
Hola Carolin,
Como has visto en el artículo, la forma de no pagar el impuesto es un cambio de residencia acreditado por un certificado de empadronamiento. Puedes valorar si te compensa cambiar de domicilio legalmente por un tiempo con tal de evitar las tasas.
El coche para no pagar impuesto puedes traerlo por turismo seis meses, los cuales se pueden ampliar con una prórroga, aunque no es seguro que esta siempre te la acepten, por lo que te arriesgarías a tener que arreglarlo de otra manera.
Espero haberte ayudado,
Saludos
Buenos dias, estoy pensando comprar un vehiculo clasico en Canarias, no seria lo mismo que un coche usado porque los vehiculos clasicos muchos de ellos son exclusivos, y nos movemos mas por este motivo que por precio, aunque claro, tambien influye si ese vehiculo esta disponible en la Peninsula. Hace tiempo traje dos vehiculos de Las Palmas con matriculas de GC antiguas, los cuales no habian pisado peninsula nunca y efectivamente tuve que pagar todos aquellos impuestos, gastos… yo lo gestione con una naviera y se encargaron de todo, y todo perfecto. AHora tengo que traer un vehiculo que tiene una matricula nacional de Madrid del año 1965. Este coche ya estuvo en Peninsula y pagaria el impuesto de matriculacion correspondiente en su epoca, se llevo a la Isla en el año 95 y sigue conservando esta matricula de Madrid. Ahora bien, si yo traigo este coche a la Peninsula de nuevo tiene que pagar tambien el 21% de iva, o como ya se pago en la epoca estaria exento? De alguna manera se estaria duplicando el mismo impuesto no? Muchas gracias por su ayuda.
Hola Alberto,
Pues realmente no es un duplicado del impuesto ya que el IVA que pagó en la península es por la adquisición de un bien y en que tienes que pagar al traerlo (que deberás pagarlo) es por la importación de un bien. Todas las transacciones de importación llevan un impuesto añadido, y en España es el IVA, el cual solo puedes evitar, como bien hemos mencionado en el artículo, si lo importas por cambio de residencia.
Un saludo.
Buenas tardes:
Soy residente canaria que por motivos laborales vive actualmente en Península. Hace una semana me he comprado un coche allí (ya he firmado y dado una entrada), con un precio que obviamente incluye el IVA, y que por supuesto asumo que me toca pagar. Sin embargo, el concesionario me ha dicho que no me puede entregar el coche dado que no se puede matricular al ser yo residente canaria. Es decir, que al ser yo canaria y el coche haberse comprado en Península, aún habiendo pagado el IVA, no me dejan matricularlo y por tanto no tengo opción a tener coche allí de ninguna forma. Si decido comprarlo aquí y llevármelo, me tocaría pagar doble impuesto (IGIC al comprarlo en Canarias e IVA al decidir llevármelo). Mi pregunta es si esto es cierto, ya que cuento con tres amigos, también residentes, que se han comprado un coche a lo largo de este año sin necesidad de cambiar el padrón.
Muchas gracias.
Hola Andrea,
creo que no hay impedimento legal, pero puede que al funcionario que le haya tocado le haya llamado la atención. Piensa también si el concesionario que te lo ha vendido tiene interés en deshacer la operación por alguna razón.
Mi recomendación es que insistas, sobre todo si tienes amigos que lo han hecho.
Hola Virgina. En primer lugar felicitarte por tan excelente manual!! Gran trabajo!!
En segundo lugar me podrias facilitar algun agente aduanero o asesoría que pueda ayudarme a realizar el DUA con franquicia de 2 vehiculos que hemos traido de Canarias a Málaga?
Mil gracias de antemano!!
Hola Jesús,
lo más sencillo es que llames directamente a Aduanas y lo comentes con ellos.
Hola,
Yo compré mi coche en el 2012 en Tenerife y me mudé a la península en el 2014 dejando el coche con mi madre. Ahora mi madre se vino a vivir a la península también y se ha traído el coche. Yo estoy empadronado en la península desde el 2016 aprox. Tengo la obligación de pagar el IVA en este caso?
Muchas gracias!
Hola Drago,
Como bien menciona el articulo, el plazo para regularizar la situación es de un año, desde que te empadronas y traes el coche. Como en tu caso ha sucedido lo primero pero no lo segundo, no creo que Hacienda lo acepte como que traes el vehículo por un cambio de residencia, sino porque ahora te interesa. No obstante, si quieres asegurarte, te aconsejo que llames a Agencia Tributaria en España y preguntes. Un saludo.
Hola Virginia. Soy residente en Canarias hace más de un año y quiero comprarme un coche eléctrico que están exentos del IGIC, quería saber si el día que me vaya para la península definitivamente, (empadronándome en la península), si tengo que pagar algún tipo de impuestos o que condiciones tengo que tener para no pagar impuestos por el vehículo.
Un saludo y muchas gracias por dedicar su tiempo a informar y ayudar.
Hola Manuel,
En la península los coches eléctricos no tienen exención de IVA, como es el caso de Canarias que están exentos de IGIC. No obstante, tal y como menciona el artículo, si vas a mudarte a la península y el coche está contigo en las islas por seis meses o más, podrás adherirte a la exención. Te cito textualmente lo que menciona el artículo:
«Si vas a mudarte de las islas a la península, hay una «franquicia» que te permite evitar el pago del IVA siempre y cuando demuestres (con un contrato de trabajo, nóminas, certificado de empadronamiento u otra documentación que puedan pedirte), que has sido residente en las islas durante al menos un año.
El coche también deberá haber estado a tu nombre durante al menos seis meses mientras vivías en las islas.
También tienes que presentar documentación que acredite tu baja de empadronamiento en Canarias y el alta en la península.
En este caso, tendrás un año para regularizar tu situación con Hacienda y seis meses para hacer el cambio de domicilio en Tráfico.
Si puedes aplicar esta «franquicia», ten en cuenta que no podrás vender el coche en el plazo de un año».
Espero haberte ayudado,
Saludos.
Hola Virginia,
Lo primero agradecerte la información que aportas.
Mi caso es un lío y quiero saber si me puedes ayudar.
Coche matriculado en TEnerife (2004) a nombre de mi madre, cuando me vine a vivir a Madrid (2015) mi madre me mando el coche pero no realizó ninguna gestión , simplemente la compra del billete.
A estas alturas, quiero vender el coche y continúa a nombre de mi madre y ambas somos residentes canarias
Después de tantos años circulando en Madrid jamás me han dicho nada del cambio de domicilio del vehículo y quiero saber si después de tantos años puedo realizar algún trámite para poder vender el coche en Madrid
Un saludo .
Muchas gracias
Hola Andrea,
Cuando vayan a hacer el cambio de nombre del vehículo en la DGT lo habitual es que les salte el aviso de que es un coche de Canarias y no permitan hacer el cambio.
Sí podrán multarte en carretera si te paran y han pasado más de seis meses sin que hayas dado constancia a la DGT de tu cambio de domicilio. El importe de la multa asciende a 80 euros. También tendrás que pagarla si vas a hacer el trámite fuera de plazo.
Es importante recordar que hay una diferencia entre ambos organismos y por tanto en sus plazos. Para Agencia Tributaria, donde tienes que hacer el cambio de domicilio fiscal y pagar (si no estás exento) tus impuestos tienes un año si es por cambio de residencia, o diez días si tan solo quieres importar el vehículo. Para la DGT y el cambio de domicilio tendrás 6 meses, bajo sanción si se pasa el plazo.
Buenas tardes. Ojaláte hubiera encontrado hace años. No sé cómo arreglar mi caso y nadie me da solución. Por favor, me puedes echar una mano?
Traje un vehículo de la península comprado hacia 2 meses antes del viaje. En el billete nos pusieron mal la matrícula y ahora no podemos pagar duas ni traspasarlo. De eso hace 4 años. Después de tantos años seguimos sin solución. Aclaro que vinimos a vivir a Canarias y seguimos aquí desde ese viaje. Te agradezco en el alma la ayuda. Un saludo
Hola Josune,
al ser una situación atípica, lo mejor es que lo hables con aduanas.
Buenos días, soy residente canario desde hace 7 meses y me voy a llevar mi coche de la península para Canarias, mi duda es si puedo vender mi coche o entregarlo en un concesionario para comprarme un coche mas grande ya que he ampliado la familia y no me vale el que tengo. Tengo que esperar un tiempo determinado para hacer tal gestión? o puedo vender el coche nada mas llegar ?.
Espero que me puedan ayudar ,
un saludo y gracias.
Hola Lorenzo,
No hay ningún problema con que vendas el coche en el momento que quieras. Aquí hablamos de un coche que has comprado en península y vas a llevarlo hacia Canarias, por lo que no hay ventajas fiscales de ningún tipo, y por tanto es un trámite estándar en el que pagarás tasas de aduanas, etc. Pero una vez en Canarias, y siendo de tu propiedad, puedes hacer con él lo que más te convenga.
Un saludo.
Hola!
Si me he comprado un coche en Tenerife, puedo realizar el cambio de nombre en la DGT de Barcelona? Se tiene que pagar algún impuesto más?
Espero que me puedas ayudar,
Muchas gracias!
Hola Gio,
Para responderte necesitamos más datos. ¿El coche está en Tenerife o en Barcelona? Si lo has llevado a la península, ¿has pagado los impuestos correspondientes en Hacienda para que el coche se quede allí? ¿O aún sigue en Tenerife y quieres llevarlo a península? Si es así, ¿cuánto hace que tienes el coche? ¿Eres residente canario? ¿Te vas a la península por cambio de domicilio?
El coche lo he comprado en Tenerife y se quedará en Tenerife. Solo que lo pongo a nombre de mi padre por antigüedad de carnet, el reside en Barcelona, además de que resulta mas fácil hacer el cambio de nombre en Barcelona a la hora de pedir cita previa.
Espero su respuesta,
Muchas gracias.
El coche lo he comprado en Tenerife y se quedará en Tenerife. Solo que lo pongo a nombre de mi padre por antigüedad de carnet, el reside en Barcelona, además de que resulta mas fácil hacer el cambio de nombre en Barcelona a la hora de pedir cita previa.
Espero su respuesta,
Muchas gracias.
Hola Gio,
Analizando los requisitos que solicita la DGT para el cambio de titularidad de un vehículo (consúltalo aquí), creemos que tu padre debe demostrar que tiene un domicilio en Tenerife para poder llevar a cabo ese proceso en Barcelona y que el coche pueda quedarse en las islas.
No obstante, como es un caso especial, te aconsejamos que llames al 060 para que te informen de lo que es factible o no y de los pasos a seguir. Un saludo.
Hola!, si quisiera aplicar a la franquicia, no puedo beneficiarme del descuento de residente para el billete del barco?, tendría que darme de baja antes en Canarias?, o puedo hacerlo luego?, gracias, excelente información!
Hola Fabiola,
la verdad es que no sabría decirte.
Fabiola, el certificado de empadronamiento es tan solo uno de los muchos documentos que puedes presentar como justificante de que vas a hacer un cambio de residencia en la península. Estos serán presentados en la Agencia Tributaria y no en aduanas. Hay un plazo para regularizar la situación, como bien explica el artículo.
Por otro lado, hasta donde sé, para beneficiarte del descuento en barco te piden el DNI, que si lo tienes de Canarias, es suficiente. Espero haberte ayudado, un saludo.
Hola. Excelente artículo. Tengo alguna duda yo soy de canarias y voy a comprar un vehículo en la península y me tramitan toda la gestión de matriculación en canarias. Cual es el plazo que tengo para traer mi vehículo a canarias y gestionar el DUA me comentan que son 3 meses pero no lo tienen claro. Y por otra parte yo puedo desplazarme con mi vehículo posteriormente a la península durante 6 meses sin problema? no hablo de cambio de domicilio, si no vacaciones. Muchas gracias de antemano.
Hola Raquel,
La DGT no establece un plazo fijo para ello, lo que sí está claro es que no puedes circular con el coche si no está matriculado. Ya sea un mes o cinco meses, no puedes circular con él si no tiene una matrícula asignada tal como establece la ley que encontramos el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
En su artículo 25.1 establece que «para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne».
Por otro lado, una vez que estés en Canarias con tu coche, puedes venir a la península a hacer turismo, tal como dice el artículo, un máximo de 6 meses.
Un saludo.
Hola,
Buen artículo, estructurado y con variables a tener en cuenta.
Me surge una duda.
Para vehículos ‘youngtimers’ clásicos de 30 años que no salen en las ultimas tablas de hacienda pero si en las de hace cinco años, a efectos de cálculo del IVA a pagar en caso de importación ¿podemos tomar el valor indicado en las tablas de hace 5 años?
Ejemplo: ferrari 328 gtb, valor nuevo 72100€, valoración hacienda 7210€.
Iva 21% (sobre 7210€) = 1515€
Los 1515 € serian el valor correcto a liquidar, junto con el ITP de la CCAA y las tasas de despacho de aduanas?
Saludos y gracias,
Juan Colchero
Hola Juan,
Efectivamente, tus cuentas son correctas. El motivo por el que las tablas de Hacienda no se actualizan en los coches clásicos, es porque estos se consideran como tales a los 25 años, de ahí que los coches que tienen 30 años estén incluidos en la lista de hace 5. Su valor no varía, pues es el que se le atribuye a un coche clásico.
Espero haberte ayudado,
Un saludo.
Hola Juan,
si el coche no está en las tablas actuales, estás hasta cierto punto expuesto al criterio del funcionario.
Personalmente creo que el hecho de que aparezca en tablas antiguas es un argumento muy claro para alegar, pero no descartes tener que discutirlo con ellos.
Gracias,
Interpreto que en cualquier caso no seria nunca superior al precio de la factura. No sobre los 72100 de las tablas.
Supongamos que se traspasa por 32000€
La horquilla en discusión estaría entre los 1515€ y los 6720€.
Es así?
Existe jurisprudencia de casos similares?
Saludos y gracias por ambas aclaraciones.
Juan
Muchas gracias Virginia, excelente post, muy claro.
Después de 13 años en Canarias nos mudaremos a Península. Ha coincidido el cambio de destino profesional, en la semana siguiente a que me entregaran un vehículo nuevo…que tendré que dejar allí 6 meses para no pagar el IVA. Más o menos coincidirá con el momento de la mudanza con la familia, que se queda hasta fin de curso.
Me he empapado de toda la normativa, y te felicito porque es sin duda el post más claro disponible a día de hoy.
Me permito añadir un detalle de valor para próximos viajeros; además de la opción de traerlo tú en barco, o enviarlo en un contenedor, existe la opción de contratar empresas que hacen envíos de vehículos, flotas de alquiler, etc… entre Canarias y Península.
En mi caso, he usado los servicios de RO RO CANARIAS, para enviar una moto y un 4×4 desde Las Palmas hasta el puerto de Barcelona, y ellos se encargan de todo el papeleo, te van pidiendo la documentación necesaria. La moto (megascooter) me costó 400€ el envío, y el 4×4 unos 500€.
Los tengo con un permiso temporal de circulación, que regularizaré cuando me empadrone en Península una vez nos mudemos definitivamente y me traiga el nuevo.
Muchas gracias por ayudarnos!
Hola Ignacio,
Me alegro que te gustara el artículo y ¡muchas gracias por tu aporte!Estoy segura de que será útil para más de un usuario.
Un saludo.
Hola Virginia. He leído con atención tu artículo y las consultas que te han hecho, algunas se acercan pero te expongo mi caso. Yo soy residente en la Península y mi hija está estudiando en Tenerife, yo la visitaré de vez en cuando. Se ha comprado un vehículo y al irlo a asegurar, le piden más que lo que le costó el vehículo. Decidimos hacer un contrato de compraventa para ponerlo a mi nombre, pagamos el ITP en Canarias y al ir ella a cambiar el titular en la DGT de Tenerife, le comunican que tiene que dirigirse a la DGT de la provincia donde resido. Allí me dicen que debo aportar el DUA del vehículo. Al consultar en Aduanas me dicen que sin la presencia física del vehículo no pueden hacer una importación. Que pregunte en Tráfico puesto que son los que impiden la operativa del cambio de titular. Tráfico me vuelve a remitir a Aduanas. Es el pez que se muerde la cola. ¿Es correcta la información que me dan? ¿Crees que puede haber alguna manera de solucionarlo?
Muchas gracias de antemano y buen trabajo.
Hola Rosa,
la verdad que menudo lío se ha montado.
Al intentar ponerlo a tu nombre y residir en la península, estás «importando» el coche, por lo que parece lógico que Aduanas quiera verlo.
Personalmente intentaría dar con alguna persona de aduanas que al explicarle el caso se apiade y relaje alguno de los requisitos.
Cada compañía de seguros tiene sus políticas, pero creo que hubiera sido posible que el coche estuviera a nombre de tu hija aunque figuraras tú como tomador del seguro y conductor habitual. Si no consigues desbloquearlo en aduanas, podría ser otra alternativa, aunque habría que intentar recuperar el ITP pagado.
Buenas noches!
Tenemos una duda porque somos residentes en Canarias desde Octubre de 2020 y queremos comprarnos una camper nueva de concesionario en Barcelona. Nuestra idea es quedarnos en Canarias hasta Noviembre o Diciembre del 2021 y luego volvernos a Peninsula donde tenemos casa. La duda surge en si seria mejor comprar la camper con domicilio en las islas ahora y luego hacer el cambio cuando volvamos a Peninsula y supongo que no deberiamos pagar IVA, o directamente comprarla y domiciliarla en peninsula pagando IVA y estar aqui hasta fin de año con ella con el permiso de 6 meses y volvernos. Aunque no sabemos si tendriamos que pagar IGIC tambien al ser nueva y venir con ella aqui y al estar empadronados aqui. A Canarias nos la mandarian en roro sin matricular y tendriamos que hacer todo nosotros aqui. Nos podéis ayudar? Gracias!!
Hola Héctor,
si la compráis en Canarias, tendríais efectivamente que pagar el IGIC.
Tienes que revisar que cumpliriais todas las condiciones de la exención por cambio de residencia cuando volváis, y las implicaciones que tiene (como no venderla durante un periodo de tiempo).
Si al final decidís comprarla mientras estéis viviendo en Canarias, ¿por qué no intentar comprarla en un concesionario de allí?
Hola, en primer lugar gracias por explicarlo tan claramente, es la mejor güia que he encontrado en internet, en segundo lugar, mi caso es sencillo, pero tengo una duda, por motivos personales me voy a vivir a la Península, soy residente aquí hace 30 años y allá me empadronaré en cuanto llegue, pero tengo un coche nuevo comprado en Tenerife hace 2 meses, en septiembre cumpliría los 6 meses, quería llevármelo en julio para allá, pero veo que en la excepciones debo de tenerlo al menos 6 meses de comprado, mi duda es, me lo puedo llevar en Julio y a mediados de Septiembre una vez cumpla los 6 meses de comprado, ¿hacer la documentación? o debo mantenerlo aquí hasta Septiembre y enviarlo una vez cumpla estos requisitos; Gracias
Hola Hugo,
El coche debe estar en las islas un mínimo de 6 meses, si lo llevas en Julio, cuando aún no ha cumplido los seis meses, no tendrás exención por cambio de residencia.
Un saludo.
Hola Virginia. Gracias por tu aporte porque por más llamadas que he hecho a diferentes sitios, no me lo aclaran tan bien en ningún lado como tú.
Seguramente me puedas ayudar un poco con mi caso, que es un poco atípico.
Verás, actualmente soy residente con mi mujer en las islas desde Septiembre del 2020 y nos queremos ir a vivir a una Furgo camper. El tema es que la vamos a comprar en Barcelona y traerla. Yo actualmente trabajo aquí, pero también tenemos residencia en Galicia. No sé cuanto tiempo estaremos en las islas viviendo, pero espero que unos 6-7 meses más como mínimo. Mi duda es: Debería hacer todos los trámites para comprar la Furgo sin Iva y pagar Igic aquí y que me la manden, domiciliándola aquí en las islas, pagando aduanas y obligándome a estar mínimo 6 meses con el vehículo aquí y nosotros empadronados mínimo un año, para poder volver en algún momento a península y domiciliar la Furgo allí sin tener que pagar nada?
O sería mejor, seguir empadronados en las islas, domiciliar y matricular la Furgo en nuestro domicilio en Galicia, pagar IVA y traernosla a las islas para estar con ella aquí y si pasan más de 6 meses pedir una ampliación o incluso ir a España y volver con ella para tener otros 6 meses?
La Furgo es nueva.
Mil gracias y espero que puedas ayudarme con este lío.
Un saludo!
Buenas Virginia, gracias por el artículo, queda bastante claro, a pesar de todo me surge una duda que a ver si me puede solucionar. Mi caso en resumen es que he comprado coche nuevo (km.0) aquí en Canarias como residente y me voy a mudar a la península con cambio de residencia cumpliendo los plazos para la exención del IVA, pero me surge la duda de si después del plazo de un año de tener el coche ya en la península tras hacer la importación cuando lo vaya a querer vender a un particular habría que pagar algo más que el impuesto de transmisiones patrimoniales por ser el vehículo de origen canario.
Muchas gracias de antemano.
Hola Álvaro,
Una vez que hayas traído el coche a la península, ya no será canario. No habrás pagado IVA porque estás exento, pero es como si lo hubieras hecho. Podríamos decir que tu vehículo tiene residencia permanente en la península, por lo que la venta se llevará a cabo como cualquier otro coche.
Espero haber sido de ayuda, un saludo.
Buenas tardes,
Ante todo muchas gracias por este servicio que prestan, es de mucha utilidad, y a continuación pedir disculpas si esta pregunta ya ha sido planteada con anterioridad, pero no lo he encontrado.
Acabo de adquirir una autocaravana de segunda mano en Canarias, del año 2019, y he pagado los impuestos correspondientes. Me gustaría trasladarla a la península y dejarla fija allí, y yo seguir residiendo en Canarias. Me han dicho que si la llevo después de dos años de comprada no tendría que pagar IVA. ¿es cierto esto? Si tuviera que pagar IVA, ¿cómo podría saber cuánto? en las tablas de Hacienda no están recogidas y a lo mejor me conviene usarla aquí un par de años para que baje el porcentaje?
Lo dicho, muchas gracias
Hola Jaime,
es un caso complejo porque para tendrás que registrar el vehículo en algún municipio de la península, y claro, lo habitual es que tengas que estar empadronado allí…
la única exención que conocemos para la importación es en el caso de que traslades la residencia a la península y que explicamos en el artículo.
Si el vehículo no está en tablas, tendrás que realizar una valoración a precio de mercado de la misma. Algunas Comunidades publican valoraciones de autocaravanas que podrían serte de referencia. En este artículo sobre la valoración de vehículos hacemos referencia a algunas de estas valoraciones. Si no, tendrás que buscar y guardar anuncios de furgonetas similares para poderlo justificar.
Muchas gracias por su respuesta. A ver si lo he logrado entender. Supongamos que ubico la autocaravana en Cataluña, si declaro la importación ¿debería utilizar las tablas de dicha Comunidad o las de Canarias -si las tuviera, que no las tiene-?, ¿tendría que calcular el IVA aplicable (21%) a autocaravanas sobre el valor que dicha tabla indicase según los años que tuviera el vehículo, independientemente del valor de compra?
Hola Jaime,
en general se puede usar o el valor de mercado o el valor en tablas.
Como la importación la declaras en Aduanas, que es un ente «nacional», deberías usar las tablas de Hacienda «nacionales», pero como las autocaravanas no están en esas tablas, la única opción que te queda es usar la valoración de mercado.
Si tienes el contrato de compraventa, puedes presentarlo, pero eso no evita que Hacienda pueda cuestionarlo y decirte que la autocaravana vale más. En estos casos, tienes que encontrar como explicarle a Hacienda que la valoración que has puesto es correcta, y una forma de hacerlo es enseñarles que está en línea con la valoración que hacen de la misma algunas comunidades autónomas.
Muchas gracias de nuevo. Tendré que confiar en que admitan las tablas de Cataluña o Euskadi, porque bajan mucho más que el valor que observo en las webs de segunda mano. Con lo que cuesta llevar la autocaravana en ferry a la Península, según las tablas catalanas sería rentable para aquellas con más de cinco años de antigüedad… pero si miramos los anuncios de reventa… no.
Buenas,
Llevo un año en tenerife, cuando vine hice el DUA (importación) pero nunca fui a la DGT a cambiar el docimilio. En septiembre volveré a la península por tema de trabajo y me quedaré allí definitivamente. Al volver que papeleos tendría que hacer? Tendré algún problema al coger el barco de vuelta a la península ?
Muchas gracias
Hola Eva,
imagino que cumples las condiciones para acogerte a la exención, por lo que creo que lo mejor es que lo hables con Aduanas para intentar dejarlo solucionado ahora que sería «gratis».
Buenas noches Virginia,
Muchas gracias por tu estupendo articulo
Mi problema es el siguiente, y me esta siendo imposible encontrar la respuesta.
Hace 1 año me empadrono en Las Palmas de Gran Canaria, pero no me doy cuenta del tema fiscal y no cambio mi residencia fiscal, así que la declaración de la renta este año se hizo automáticamente en el País Vasco.
El 18 de junio compró un vehículo, y el día 28 de ese mes, cuando van a matricularlo, me dicen que hay un problema, que mi domicilio fiscal está en Bilbao y lo tengo que cambiar, no me da tiempo de hacerlo antes del día 30 de junio, y ellos sin consultarme finalmente lo matriculan en bilbao.
La pregunta es: ¿es requisito tener domicilio fiscal en Canarias además de empadronamiento para comprar el coche y después estar exenta del IVA si dentro de 1 año por ejemplo quiero volver a la península?
Y por otro lado: ¿ Puedo tener problemas con hacienda al ir con el coche a la península despues de 1 año?
Muchas gracias por tu gran ayuda
Hola Ainhoa,
En principio, si tienes un certificado de empadronamiento que demuestre que has vivido en Canarias durante el último años, no deberías tener problemas. Sin embargo, lo más recomendable es que pidas una cita en Agencia Tributaria y les expongas el caso. Un saludo.
Hola Virginia, antes de nada felicitarte por tu web.
Quisiera consultarte mi caso, tengo un coche que compre usado hace 3 años cuando llegue a Tenerife procedente de Venezuela, ahora quiero irme a la peninsula, concretamente a Lugo, quisiera llevarmelo conmigo y segun entendí al leer tu articulo no deberia pagar ningun impuesto, creo que solo debo subir en el barco y luego en la peninsula dirigirme a aduanas para regularizarlo en un plazo de 6 meses, pero mis pregunta son:
1. Puedo darme de baja en el padron en Canarias luego de estar en la peninsula o tengo que darme de baja antes de irme de Tenerife?
2. Pienso irme en barco por Huelva, tengo que ir a la aduana en Huelva o puedo hacerlo en Lugo donde voy a vivir?
3. Que documentos tendría que presentar en la aduana?
Muchas gracias por tu apoyo, soy nuevo en esto y no quiero meter la pata 🙂
Hola Armando,
La exención de IVA tienes que solicitarla en la propia DUA. No estoy seguro de si podrás hacerlo en Lugo en vez de en Huelva.
Creo que lo mejor es que llames a la Dependencia de Aduanas e Impuestos Espceciales de Lugo y les plantees tu caso.
Buenas, he tratado de informarme de todas las maneras.
Mi caso es algo particular, traje mi coche de canarias a la península por que mi madre enfermó de Cancer, después de meses falleció, pero ahora hasta final de septiembre no tengo mi trabajo y mi vivienda allí(canarias). Osea, me pasaría 2 meses los 6 permitidos. Tengo alguna opción de no hacer todos estos trámites?
Sería hacer todo para en nada volver a hacerlos. Además del coste que supone… gracias de antemano!
Buenas Juan,
Primero que todo decirte que lamentamos mucho tu pérdida 🙁
Respecto a tu duda, en el artículo explicábamos que si necesitas quedarte mas se seis meses por turismo (que imagino es la opción que elegiste al venir a península), puedes dirigirte a aduanas en el puerto por donde entró tu coche y pedir una prórroga, en este caso por dos o tres meses. Así no tendrás que volver a hacer todo el papeleo.
Esperamos haberte ayudado,
Un saludo.
Hola Virginia,
es tan largo este post que no se si se ha preguntado, hi lo he visto.
Que ocurre si es un coche de segunda mano Hibrido. La segunda mano tiene IVA? Tiene otros impuestos (Transmisiones) El valor del coche está en tablas o es el que me certifique el vendedor.
Muchas gracias.
Hola Leopoldo,
la segunda mano tiene IVA si lo vende una empresa e ITP si lo vende un particular.
Para el ITP puedes usar el valor del contrato de compraventa (o factura) o el de las tablas de Hacienda.
Buenas, antes de nada enhorabuena por el artículo, se ve que hay un buen trabajo de base y agradecerte tus respuestas y colaboración.
Comento mi caso porque hay cosas que no termino de entender.
Por trabajo me mudo a Melilla, con empadronamiento y cambio de domicilio fiscal. Voy a comprar un coche nuevo híbrido y tengo que esperar 6 meses para poder matricularlo.
Voy a residir mínimo un par de años hasta que pueda cambiar de destino por lo que entiendo que cumplo los requisitos para cuando vuelva a la península no pagar IVA y entiendo que ningún otro impuesto, no ??
Por el trabajo viajo con asiduidad a la península, estando una semana en Melilla y una en la península y mi duda es si cada vez que transporte el coche tengo que hacer el DUA y de que manera controla aduanas/hacienda si el coche ha estado los seis meses en Melilla o no … porque los que residen en Melilla y viajan a la península no rellenan ningún documento, ni hay más control más allá de si se es residente y coincide el vehículo con la matrícula. Y cada vez que viaje a la península tengo que solicitar el permiso para circular durante 6 meses ?? Perdón por el tocho y gracias de nuevo.
Hola Dani,
no entiendo bien porqué dices lo de que tienes que esperar 6 meses para poder matricularlo, tengo la idea de que podrías comprarlo desde que estés empadronado allí.
Puedes viajar a la península por turismo si no estás más de 6 meses. Si viajas con el propio coche, no tienes que hacer nada. Si no viajas con él, tendrías que hacer una importación temporal.
Lo de la matriculación me lo explicaron en el concesionario; si no se tiene el domicilio fiscal desde hace seis meses te ponen problemas para matricularlo.
Para lo demás entiendo que no habría problema no ? gracias
Hola Virginia , tengo una duda existencial .
Llegue de Ceuta a algeciras con un coche nuevo de mi padre comprado en Ceuta él reside ahí ( yo no, yo resido en algeciras) me lo he traído para pasar una semanita hasta que él venga a recogerlo dentro de 1 semana.
llegando al control de aduana me lo han parado , me han dicho que no puedo conducir ese coche ya que yo soy residente en algeciras y el coche es de Ceuta que tengo que tener una sanción y pagar todos los impuestos junto con el iva ,
Me dijo que me iban a llamar de la agencia tributaria y hacienda
Si devuelvo el coche que pasa? O que tengo que hacer ahora?
Que es lo mejor en estos casos?
Hola Lourdes,
siento mucho lo que te ha pasado. La verdad es que es un caso bastante extremo. Creo que lo mejor es esperar a que te llegue la notificación (si es que te llega), y luego alegar.
Buenas noches. Para importar un vehiculo desde canarias a peninsula si el titular es discapacitado con movilidad reducida, ¿ ha de pagar el mismo iva del 21% o solo el 4%?. ( En peninsula cuando un discapacitado compra un vehiculo solo paga el 4% de iva en lugar del 21%).
Espero su respuesta. Gracias anticipadas.
Hola Pablo,
Esta reducción del IVA en personas con discapacidad se limita a vehículos nuevos, es decir, a coches aún no matriculados. Al haberlo comprado en Canarias ya habrá disfrutado de una reducción del 6 % en el pago del IGIC. Al llegar ya matriculado a la península, no disfrutará de la reducción en el IVA, aunque sí del resto de ventajas para discapacitados, como la exención del pago del Impuesto de Circulación. Un saludo.
Buenas noches,
Trás leer este magnífico post y aclarar muchas dudas, no he encontrado mi caso, y por ello se lo cuento a continuación.
Soy de península pero vivo en Gran Canaria por trabajo desde hace 2 años, me quiero comprar un coche nuevo, pero se llama multiestreno( das una entrada, tiene unas cuotas dependiendo de los años y al final decides que haces con el; es parecido a un renting pero dependiendo de la casa tiene un nombre diferente.)
Mi duda viene aquí, podría llevarme el coche cuando pase dos años y estaría exenta de IVA? Los coches con este tipo de «renting» quedan libre de IVA?
No encuentro nada claro y al consultarlo en los concesionarios me han dicho que no habría problema, que la financiera es nacional, pero no me quiero aventurar.
Espero que puedan ayudarme y muchísimas gracias de antemano.
Un saludo.
Hola Laura,
creo que dependerá de si ponen o no el coche a tu nombre. Si está a tu nombre, creo que sí que podrías hacerlo.
No obstante, habla con Aduanas y confírmalo para no llevarte luego sorpresas desagradables.
Hola Virginia! De antemano, muchísimas gracias por el post… Es EXCELENTE…mi duda es la siguiente, a ver si me la puedes resolver. Soy residente en Canarias desde hace un par de años y voy a comprar un coche híbrido que aquí, está exento de IGIC… La idea en dos años es volver a península por trabajo y establecer mi residencia allí… En principio cumpliría con los requisitos de exención pero… Al estar el vehículo exento de IGIC cuando lo compre ¿Tendria que pagar algún tipo de impuesto al llevarlo a península???
Gracias!
Hola Javier,
no debería afectar el que haya que pagar o no IGIC para poder aplicar la exención, pero en estos casos en los que puede haber bastante dinero de por medio, mi recomendación es que hables con aduanas directamente para asegurarte.
Hola, en primer lugar gracias por la explicación. Mi caso no sé si se repetirá pero no lo leí. COmpré una furgoneta de carga en marzo de 2021 en la isla de la Palma y en mayo me tuve que ir a la península a trabajar. Leí que no podía estar mas de 6 meses en la península o tendría que pagar el IVA correspondiente, por lo que tendría que estar en las islas antes del 13 de Noviembre (salí de las islas el 13 de Mayo de 2021). Tengo que decir que no me pidieron ningún documento en aduanas al salir. Debido a razones ovbias de peligrosidad por el volcán en erupción, crees que hay alguna manera de poder aplazar esos 6 meses pudiéndolos alargar unas semanas hasta que todo se calme un poco, aunque no haya constancia de que fecha partí de la isla? Hay alguna diferencia si es vehículo turismo o de carga? donde debería proponer ese aplazamiento? En aduanas de la península o en la de Canarias? Muchas gracias!
Hola Santi,
Aduanas es un ente «nacional» por lo que podrías llamar o preguntar en cualquiera de ellas.
En la situación en la que está la isla, parece razonable que no sean muy estrictos con este tema.
Hola buenas , por favor necesito que alguien me pueda decir si me an estafado o no .. compre un BMW Z4 este año el día 11 de septiembre de 2021 y aora me dice la compra venta que no me puede hacer el cambio de nombre Asta que no pague DUA que me dice que me mandará la carta , que la pagué y luego se la mandé … Yo creía que podía hacerlo todo eso en Valencia cuando me llegará el permiso de circulación ya Ami nombre …. Puede alguien por favor decirme si me están tomando el pelo o es así … Por qué estoy en Valencia con el coche y solo un justificante provisional ….
Hola David,
si el vendedor no te había informado de que el coche estaba en Canarias y que tendrías que pagar la DUA, evidentemente te está intentando engañar.
Hola buenos días. Gracias por vuestra información y ayuda que es de mucha utilidad, GRACIAS.
Tengo una duda. El caso es que hace más de un año que me mudé a Tenerife, traje conmigo mi coche (comprado en la península con IVA etc) y me empadroné en Canarias, hice las gestiones de importación del vehículo con exención de costes de importación. Hasta ahora, que necesito llevarlo de vuelta a la península y dejarlo en mi casa allí, hasta que regrese yo, que aún tardaré en hacerlo en más de un año.
Doy por hecho que tengo que hacer las gestiones de importación para regularizar la situación del vehículo, pero, ¿Estoy exento de pagar otra vez el IVA?
LO DICHO, MUCHAS GRACIAS Y FELIZ NAVIDAD.
Hola Juanjo,
si cumples las condiciones, podrías aplicar la exención para la importación, pero si envías el coche un año antes, no creo que cumplas las condiciones. No obstante, consulta con Aduanas para ver si pueden darte una solución.
Hola, hace 3 años volví de canarias a la península. Por desconocimiento no hice las gestiones de dua, cumplo los requisitos de exención de Iva ya que estuve trabajando allí empadronado 2 años, tuve el coche más de 6 meses y después me viene a península. Puedo acreditar toda la documentación, tengo alguna posibilidad de quedar exento del pago del Iva? Un saludo
Hola Jerónimo,
deberías haberlo hecho en los primeros doce meses desde que trasladaste la residencia.
Puedes intentar hablar con Aduanas a ver si se puede hacer algo, aunque lo veo muy difícil.
Hola, si compro una caravana de segunda mano en Las Palmas y quiero matricularla en otro país de Europa, la matricularé en mi lugar de residencia, ¿sí?
Gracias por su respuesta Roman
Hola Román,
tendrías que comprobar la legislación de tu país.
Buenas noches, antes de nada muchas gracias por tus aclaraciones. Mi situación es la siguiente: soy residente en Tenerife y he comprado una caravana nueva en la península que pienso dejar siempre ahí en un parking, como puedo matricularla teniendo la residencia en la isla. Muchas gracias
Hola Vicente,
no sabría decirte con seguridad.
Los vehículos tienen que estar domiciliados en el municipio en el que esté empadronado su titular, y la DGT se suele fijar en que el vehículo y el nuevo titular vivan en el mismo sitio (Canarias o península) al cambiar la titularidad.
Tengo la impresión de que, salvo que vendas el vehículo, no se está «persiguiendo» a los vehículos domiciliados en Canarias que están circulando sin haber realizado la importación a la península, por lo que podrías importarlo y ponerlo a tu nombre en Canarias y luego dejarlo en la península, pero con el cada vez mayor control que le gusta ejercer a la Administración, es algo que en cualquier momento pueden cambiar.
Hola, me he llevado el coche de mi hermana desde a Madrid a Tenerife hace 2 meses y no rellené DUA en el ferry, ya que entiendo que tengo hasta 6 meses de turismo hasta realizar el trámite de importación.
Lo que quiero es dejar ese coche indefinidamente en Tenerife, donde he comprado una vivienda, pero donde no me puedo empadronar por la simple razón de que mi residencia habitual está en Madrid.
No estoy seguro de qué es mejor o qué es obligatorio hacer
1) ¿Cambiar primero el titular del coche a mi nombre y luego pagar la importación del DUA con la dirección de mi segunda residencia en Tenerife?
2) ¿Importarlo directamente a nombre de mi hermana usarlo normalmente como hasta ahora? ya que mi hermana me lo deja de forma indefinida y el seguro está a mi nombre desde hace 3 años.
Muchas gracias por todas ayuda. ¡El mejor post del tema!
Hola Pedro,
el domicilio del vehículo tiene que ser el domicilio donde está empadronado su titular, por lo que la opción 1 no sería viable. Si tu hermana tampoco vive en Tenerife, la opción 2 tampoco sería posible.
Tu caso es bastante frecuente en personas con una segunda residencia en Canarias, pero creo que hay cierto vacío legal. Te recomendaría comentarlo con una gestoría o en Aduanas.
Buenos días,
Muchas gracias por toda la información.
Cuando en el artículo indica que se aplica el 0% para coche eléctrico… quiere decir que si lo importo de Canarias a la península no pago IVA?
Si el coche está en 22000€ entre papeleo e impuestos… cuanto debería pagar aproximadamente?
Muchas gracias.
Hola Javier,
No quiere decir eso. Se está refiriendo a que si compras un eléctrico y vives en Canarias, no pagarías IGIC.
El IVA de la importación a la península sí tendrías que pagarlo.
Buenas
Muy buen trabajo,gracias de antemano.Me queda una duda.Vivo en Cadiz.Quiero comprar una furgoneta a un particular en Tenerife,Hyundai h1 4×4,del 2003,según las tablas de hacienda,su valor es de 2300€,lo voy a comprar por 6000€.Que IVA tengo que pagar(2300 o 6000)?
Un saludo
Tienes que pagar el IVA de 6000
Buenas tardes y gracias por la información.
En mi caso soy residente en Canarias y quiero dejar mi moto en la Península para recorrerla por etapas aprovechando las vacaciones que puedo disponer durante uno o dos años Mi intención es viajar a la Península en ferry.
Qué trámite me corresponde?
Hola Ismael,
en rigor entendemos que no se podría hacer lo que planteas, aunque es algo que creo que no se está «persiguiendo».
Muy buenas Virginia, a través de mis dudas he llegado aquí, te cuento mi caso a ver si me puedes orientar.
Originariamente estaba empadronado en Salamanca y aprobé una oposición en la que fui destinado por un año a Las Palmas de Gran Canaria donde me empadroné y tuve que hacer gestiones para cambiar tambien mi Carnet de conducir allí. Tenia un vehículo el cual me llevé conmigo y nunca tuve que hacer más gestión que la de cambiar el domicilio fiscal a Las Palmas ya que leí que no se podía circular con el estando yo empadronado allí y el coche figurar en el censo de Salamanca.
Por cosas del destino conocí a mi pareja allí en Las Palmas y posteriormente fui destinado a Madrid donde me encuentro ahora mismo por motivos laborales.
Estoy manteniendo la residencia en Las Palmas por temas de poder beneficiarme para el tema de los vuelos ya que voy y vengo a menudo a ver a mi pareja.
Ahora quiero comprar un vehículo a otro particular en la península y no sé como he de proceder uñya que sigo empadronado en Las Palmas. Sería para usarlo en Madrid.
¿Habría algún problema al no querer llevarme el vehículo a Las Palmas?
¿Debería renunciar a la residencia de Las Palmas y empadronarme en Madrid para evitar problemas?
P.D.: El otro vehículo tambien lo uso en Madrid.
Un saludo y gracias por tu atención.
Hola Sergio,
cuando vas a hacer el cambio de titularidad del vehículo en la DGT, lo normal es que les «salten las alarmas» cuando un vehículo se quiere matricular un vehículo de Canarias en la península, o viceversa, y no hacen el trámite hasta que no esté resuelto el tema.
Hola!
Estaba pensando comprarme un coche electrico nuevo en Canarias, que ya he visto en vuestro articulo que no paga impuesto de compra al ser electrico. La duda es el pago de IVA a la entrada puesto que el titular (mi padre) que compraria el vehiculo es minusvalido con derecho a IVA reducido del 4%. Al entrar en aduanas nos aplicarian el IVA correcto o no aplica en la importacion? Otra duda es si los tramites los podria hacer yo y mi padre no tendria que estar presente (imagino que si) por razones obvias.
Gracias!
Hola Ivana,
es un caso especial y no sabría decirte. Creo que lo mejor es que preguntes en Aduanas.
Virginia, en primer lugar agradecerte la explicación y fácil comprensión de tu magnífico artículo.
En segundo lugar tengo una duda y es que vivo en la península y estoy planteándome adquirir un coche en subasta pública en Las Palmas y no sé si tendría que pagar algún impuesto al traerlo a la península, en caso de adjudicación del mismo.
¿ Sabrías informarme ?
Gracias de antemano
Hola Celso,
creo que tendrías que pagar los mismos impuestos que los que pagaría un coche que estuviese matriculado en Canarias, pero lo mejor es que preguntes a la casa de subastas, ya que podría ser un coche que ni siquiera esté matriculado en España.
Hola Virginia.
Soy residente canaria pero vivo en Barcelona por trabajo temporalmente. Quiero comprar un coche nuevo en la península sin perder la residencia canaria. Me informan en un concesionario que no es posible comprar un coche en la península que hay que matricular porque la matriculación va asociada a mi Padrón y al ser en canarias no sería posible hacerlo. Esto es así? Gracias
Hola Marina,
es bastante probable que al concesionario le resulte problemático hacerlo así.
Hola Virginia,
Soy residente en península y pienso en comprar un coche en Canarias para usar por Canarias donde paso algunos meses del año
Podré venderlo/entregarlo por compra de otro posteriormente aquí en Canarias sin hacer más trámite que la compraventa?
Podría llevarlo a península durante esos 6 meses máximo?
En caso de ser más y acogerme a la franquicia debería empadronarme aquí, entiendo bien?
Sería más conveniente me empadronarse en Canarias?
Culquier otro extremo o consejo que se me pase para el caso que te planteo es bienvenido.
Saludos
Hola Rubén,
es algo que nos consultáis con frecuencia y que no sabríamos darte una respuesta ya que, aunque frecuente, es bastante extremo.
Confírmalo en algún concesionario, pero nuestra opinión es que si eres residente en la península, no deberías poder matricular un coche en Canarias. Recientemente otro lector ha comentado que le pasaba lo contrario: no le permitían comprar un coche en la península por ser residente de Canarias.
Ten en cuenta que para cumplir con la franquicia tienes que cumplir varias condiciones (tiempo empadronado, tiempo con el vehículo, etc.), con lo que no vale sólo con empadronarse.
Hola Virginia buenas noches tengo una pregunta, he comprado recientemente un coche con matricula de Albacete pero resido en Canarias, el dueño del coche no dispone del documento DUA y se trajo el coche sobre el 2015, si a fecha de hoy 12/2022 se tuviera que pagar el Dua tendría que ser por el valor por el que compre el coche? O por el valor del 2015 que se importó a Canarias y no se pago? gracias
Hola,
aunque tenga matricula de Albacete, si su domicilio es Canarias, no deberías tener problema. Si no, creo que lo suyo sería hacerlo al precio actual del coche.
Vale muchas gracias, osea que sería por el valor que pague por el coche? O el valor que le daría un tazador?
Perdona una pregunta que no sé si se ha hecho ya pero hay que leer demasiado
El Iva que pagas por el coche que compras, me refiero a segunda mano, es por el valor de compra del coche o por el valor que calcula hacienda que tiene el coche en el momento de la compra ??
Hola Diego,
el IVA es por el precio que has pagado por el coche, siempre que no sea menor de lo que considera Hacienda
Hola Virginia, casualmente he encontrado tu blog y tengo una duda, yo actualmente estoy en Tenerife llevo 1 año empadronado aquí, y me compré un coche hace 3 meses, pero me ha salido una oferta de empleo en Madrid y la voy a aceptar, por lo que voy a mudarme (realmente soy de Madrid) de nuevo para allá. Si yo, por llevar 1 año empadronado, me voy con el coche a península, y quiero quedármelo allí, que papeles y dónde debo pedirlos? entendí que puedo alegar que voy de vacaciones a península y como mi coche cumplirá 6 meses estando allí, no necesito declarar mucho más, cierto?
Hola Luis,
lo que tendrías que hacer es «importarlo» a la península. Tiene pinta de que si no te precipitas a mudarte a la península, podrías cumplir con los requisitos de la exención, con lo que se reduce mucho el coste.
Buenas!
Me vine a vivir a la peninsula y traje el coche hice el DUA correspondiente y lo traje todo el regla.
Con el covid y el teletrabajo me empadrone en canarias, para poder ir, y estar alli un año. El coche no se ha movido de la peninsula en este tiempo, ni cambie la direccion fiscal del coche. En verano volvi a la peninsula, hace unos 6 meses pero no me he empadronado de nuevo ya que al poder viajar mas a menudo, deje mi empadronamiento en canarias, y claro el coche sigue con la direccion de peninsula. Mi pregunta es que consecuencias puede tener esto a la hora de llevarme el coche a canarias en un futuro.
Cuales son mis opciones?
Hola Gravi,
es un caso bastante extremo y la verdad es que no sabría decirte.
hola muy buenas , una pregunta si cuentas con una discapacidad de mas un 33% el porcentaje de iva puede ser que solo sean un 3% , en vez de un 21%
Hola David,
nunca se me ha dado el caso. Mirando por encima la ley, parece que sí sería aplicable, pero confírmalo antes con aduanas.
Buenas tardes! Doy las gracias de antemano.
Quería comentar mi caso: mi tío me ha regalado su coche en península, y nos lo hemos traído a Gran Canaria.
Queremos tenerlo aquí durante más de seis meses. Mi duda es, para registrar el coche en Gran Canaria, tiene que estar a mi nombre (residente canaria, trabajando aquí y soy quien lo conduce) o puede estar a nombre de mi madre (residente peninsular, no coge el coche y el seguro del coche está a su nombre).
Hola Ángela,
consideramos que el coche tiene que estar domiciliado donde está su propietario, con lo que tendrías que cambiarlo antes de nombre (y pagar ITP), hacer la importación, etc.
Al final hacerlo bien te saldría por un «pico». Mi recomendación es que le deis una pensada para ver si podéis acogeros de algún modo a la exención por cambio de residencia.
Hola,
tu artículo está muy detallado, pero no me acaba de quedar clara la secuencia de pasos. Os explico: Soy residente en la peninsula y he comprado un coche de 2a mano en Lanzarote (tengo el contrato de compraventa firmado por ambas partes y pago por transferencia realizado). Tengo pensado ir en vuelo y traermelo en un barco, pero me gustaría hacerlo ya con el cambio de nombre en la DGT (o al menos con la documentación entregada a la gestoría), pero la gestoría me solicita el DUA. ¿Puedo hacer el DUA si el coche no está a mi nombre y antes de traermelo? Además, para hacerle el seguro la aseguradora me solicita que haya solicitado el cambio de nombre. Os agradecería si me pudiéseis indicar que orden debería seguir.
Hola Felipe,
si no vives en Canarias, no creo que puedas hacer el cambio de titular antes de haber hecho la DUA. De todas formas, te recomiendo que llames a Aduanas por si pueden ofrecerte alguna alternativa.
Gracias por vuestra ayuda. Necesito una aclaración, para poder vender el coche traído de Canarias por cambio de domicilio tiene que pasar un año. Un año a contar desde cuando. Desde la entrada del vehículo en la península, desde la fecha de empadronamiento del titular de vehículo o desde la presentación del DUA?
La normativa establece «Que los bienes importados con exención no sean transmitidos, cedidos o arrendados durante el plazo de doce meses posteriores a la importación» por lo que debería ser desde que se realiza la importación.
Buenos días quería preguntarte, cuando pagas el IVA al importar el coche a la península, mencionas que es el valor del coche. Ese valor puede ser inferior o se guía hacienda por las tablas que tienen del valor del vehículo? Me refiero si en la factura se puede hacer un importe menos, o da igual…
Gracias
Hola Paul,
debería tenerse en cuenta el importe de la factura, pero si es menor a las tablas de Haciendo probablemente tengan algo que decir.
Buenos dias
Soy canaria, Tengo un coche matricula de GC , de hace 25 años, comprado en 1999, en el año 2012 como ya estaba viejo lo llevé a la peninsula porque tengo una casa alli de verano para usarlo alli por el pueblo . Lo llevamos en barco con billete de pasajero y coche. Ahora despues de 25 años quiero venderlo por 1000 euros en la peninsula, porque está viejito y ya no lo quiero, pero claro al ir a hacer el comprador el cambio de titular le piden el DUA, ¿tengo que hacerlo yo y pagarlo yo? ¿cual seria el importe de este DUA sabiendo que se trata de un coche muy viejo de 25 años. Por cierto siempre ha pasado desde 2012 todas las ITV en la peninsula y nos ha parado alguna vez la guardia civil por controles y jamas no han dicho nada de que tenga la matricula de Gran Canaria, nunca, estaba todo en regla en mis datos de la DGT sin ninguna incidencia. ¿que puedo hacer para poder hacer el cambio de titular? Solicito el DUA y lo pago en una gestoria o lo tiene que hacer el comprador.?
Hola María,
creo que lo lógico es que el trámite lo haga el vendor, salvo que avise al comprador de este hecho y ajuste el precio en consecuencia.
Para el DUA habría que pagar en torno a un 21% del valor actual del vehículo.